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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Se alzarán nuevos vientos, hincharán tus velas, y yo, dejaré el ánimo resuelto para abrazar a tu lado Horizontes... |
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#2
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Grcs eso me temia. En este caso ni me valdria la autorización q suelo solicitar todos los años para patronear uña embarcacion de pabellón español con un titulo extranjero. Enfin vaya chapuza de leyes para sostener a los lobbies implantados.
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"Born to sail, but forced to work..." |
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#3
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Bien como letrado y con experiencia suficiente en derecho maritimo, afirmo que lo que dice Markuay es totalmente correcto, es más fuera de las 12 millas, las labores de control se limitan a aduanas y policia, para lo demás un barco belga fuera de las 12 millas de jusrisdiccion exclusiva, no esta sometido a la legislación española sino Belga, e internacional, y en todo caso a policia y aduanas por parte de España eso si, por lo que tanto lo comentado por Agapenol como por Markuay es absolutamente correcto.
Se crea una paradoja en este caso, y aclaro, cuando un Per cuyo barco lleva bandera belga, habilitado a vela y con las atribuciones complementarias (24 mts y Baleares etc), realiza un viaje excediendo las 12 millas, en el momento que las excede, no puede ser abordado para multarle, simplemente porque una vez salido de las 12 millas, solo podrian abordarle por razones de policia y aduanas (drogas, etc) pero no para aplicar normativa interna, el hecho es que si navega pongamos entre peninsula y canarias, con su barco de bandera belga, no pueden multarle por haber excedido las 12 millas, ya que desde que las excede ya no es aplicable la legislación Española, y cuando arriba en cuanto esta dentro de las 12 millas en canarias o dentro de las aguas interinsulares, pueden requerirle la titulación, pero no multarle por las millas que ha recorrido fuera de las 12 millas de aguas jurisdiccionales, ya que en todo caso en esas aguas es la legislación belga la que rige el barco, y la española es inaplicable (a excepcion de lo mentado para policia y aduanas)...este asunto como bien dicen MARKUAY y AGAPENOLya esta muy manido en el foro y no caben mas dudas al respecto, pero es que al cofrade withecast le va la marcha y se cree que es el interprete number one de la legislación aplicable...jajajajaja ![]() ![]() y eso del seguimiento por satelite, creo que lo vi en alguna peli de james bond, claro, la guardia civil tienen pocas cosas que hacer y se van a poner a monitorizar a todo bicho viviente que se sale de las 12 millas, no sea que vaya a incumplir la titulacion que lleva... jajajajajaja este WHITECAST ha visto muchas pelis...jajajajaja
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Se alzarán nuevos vientos, hincharán tus velas, y yo, dejaré el ánimo resuelto para abrazar a tu lado Horizontes... Editado por Fuerza 7 en 22-01-2017 a las 00:10. |
| 3 Cofrades agradecieron a Fuerza 7 este mensaje: | ||
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#4
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En cuanto al tema de fondo del post de Jolly, decir que efectivamente, existe una posible discriminación y es meridianamente clara, en el hecho de que el famoso artículo sobre la titulación, esta realizando una discriminación positiva al aplicar el hecho de la nacionalidad o residencia como diferenciador para la aplicación de una posible sanción, sin obviar que un barco de bandera de un pais cualquiera en todo lo concerniente a la normativa aplicable a todo lo que en dicho barco acontece, (excepción hecha de MARPOL, aduanas, policia etc) debería responder al derecho del pais de abanderamiento, inclusive en la titulación requerida para patronearlo, la cabriola de el precepto mentado, es importante, y lo que hace es determinar la aplicación intuitu personae, es decir por un criterio personalista basado en la residencia y nacionalidad, pero con aspectos doctrinalmente muy discutibles juridicamente hablando...
En todo caso, si ANAVRE u otra asociacion o grupo promoviera una demanda en este sentido en Estrasburgo, es posible que pudiera prosperar, pero yo si os digo la verdad, soy partidario de que cualquiera que lleve un barco tenga una mínima formación, por lo que no sere yo el que promueva una iniciativa de este tipo...independientemente de constatar lo antedicho por supuesto... ![]()
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Se alzarán nuevos vientos, hincharán tus velas, y yo, dejaré el ánimo resuelto para abrazar a tu lado Horizontes... |
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#5
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Cita:
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incerti quo fata ferant, ubi sistere detur ...sin saber a dónde nos llevarán los hados, dónde nos será dado establecernos. |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Bertie | ||
jolly-roger (22-01-2017) | ||
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#6
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El PER puede llegar a 12 millas de la COSTA. La GC por las agus territoriales españolas que son a 12 millas de la línea base. Ver el archivo que adjunto. Un PER (el ejemplo es sin Balearica, pero seguro que hay ejemplos en Baleares) solo se puede desplazar a 12 millas PARALELAS a la costa y las agua territoriales , por lo que la GC puede estar a mas de 19 millas de la costa y estar dentro de las aguas territoriales. A HA!!!! y esto es válido para zona 4!!! Editado por pbs046 en 29-03-2018 a las 12:35. |
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#7
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Yo este tema ya me cansa un poco, esta conversación la tuve con gente del SMGC, en mas de una ocasión, y ellos me dicen que fuera de las 12 Nm, nada de nada, es mas ni salen, salvo que sea por cuestiones que nada tienen que ver con los títulos administrativos de la náutica de recreo y es que la legislación internacional es clara en este tema, solo pueden abordar barcos de Pabellón extranjero, fuera de las 12 Nm, por motivos concretos, como trafico de drogas, inmigración ilegal, carecer de bandera, ctr.y casualmente eso lo suele hacer La Armada o Aduanas principalmente, nada de títulos náuticos, pero bueno seguiremos con el tema por mucho tiempo
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| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a llanera | ||
vecino (23-01-2017) | ||
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#8
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No le des mas vueltas al asunto, las aguas territoriales son dentro de las 12 millas PARALELAS a la costa, y son igual para la G.C. que para cualquier otro barco, fuera de ellas, es zona contigua, y en esa zona prevalece la "soberanía" del pabellón del barco, lo demás .....¡¡¡voces en castañeo¡¡¡¡ ![]() |
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#9
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En España también se ha seguido el criterio arriba mencionado, así que las aguas territoriales llegan hasta 12 millas de la línea base (excepto en el estrecho). Al final tenéis el enlace al BOE en el que se definen las líneas base. Todo lo que se encuentra desde estas líneas hacia la costa son aguas interiores. Y 12 millas de esta mar a dentro mar territorial. Por lo tanto SI puede darse el caso de estar a más de 12 millas de la costa y estar aún en el mar territorial. En cuanto al tema de si te pueden parar, no parar, multar o no multar, Fuerza7 lo explica perfectamente un poco más arriba. BOE - Líneas de base España Edito: en este enlace tenéis la Convención de las Naciones Unidas sobre Derecho del Mar. Es la principal normativa internacional al respecto, y en ella se definen las distintas zonas del mar, derecho de paso, derechos de los estados sobre las distintas zonas, etc. Convenio de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar Editado por JuanD21 en 23-01-2017 a las 08:14. Razón: Añadir información |
| 2 Cofrades agradecieron a JuanD21 este mensaje: | ||
Apagapenol (23-01-2017), markuay (23-01-2017) | ||
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#10
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. Slava Ukrayini!.
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#11
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También dentro de las aguas interinsulares, es decir en los archipiélagos Canario y Balear, si existe jusrisdicción territorial fuera de las 12 millas, por ejemplo, con la titulación antigua antes de que a un PER se le permitiera la navegación en aguas interinsulares, no podria saltar entre islas, pues por ejemplo en canarias hay distancias de 40, 80, y mas millas entre islas, dándose la paradoja, de que un PER, que hoy, si esta habilitado para navegación interinsular, puede estar en su barco en navegación a 20 millas de la costa de la isla mas cercana o más, por lo que siendo su barco Español, lo tiene que llevar equipado para zona 3 o 2 dependiendo de la navegación que vaya a realizar, pero llevandolo con su titulo de PER, tambien para navegación entre peninsula y baleares por supuesto... Y SI, si eres PER en un barco de bandera española, en las 12 millas de la zona contigua, te crujen bien crujido...
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Se alzarán nuevos vientos, hincharán tus velas, y yo, dejaré el ánimo resuelto para abrazar a tu lado Horizontes... Editado por Fuerza 7 en 24-01-2017 a las 01:39. |
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#12
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Hola Jolly Roger
como pirata frances tengo muchas soluciones para los pobres espanoles navigando ... desde poco ... con la bandera belga ( de primero tengo que decir que nosotros l'armada francesa tenemos todos la bandera belga, del pescador de sardinas al portavion nuclear Charles De Gaulle, porque en Belgica pais fantastico si sabes cocinar papas y mejillones te dan el permiso de navigacion ! solucion 1 : apprende el frances con l'accento belga solucion 2 : pide la nacionalidad belga solucion 3 : navegas en Belgica (de verano) |
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