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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Somos miles de barcos ya abanderados en belgica y no hay ningun problema, es mas la cobertura aumenta significativamente y el precio baja. No digo por aqui que compañia tengo por no hacer publicidad, pero si me mandas un privado te amplio datos. Por supuesto hay mas compañias que aseguran barcos extranjeros. ![]() ![]()
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. Slava Ukrayini!.
Editado por markuay en 02-02-2017 a las 11:26. |
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#2
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Yo lo voy a poner aqui. Si no esta bien me lo edite o me lo haga editar el moderador.... mas que nada por que al igual que hablamos de un maltrato de tal o cual puerto o de un mecanico etc, creo que un seguro merece igual trato
Yo hablo de allianz, la cual no contempla que no se tenga título y exige certificado de navegabilidad en caso de siniestro. Ese documento o se si es solo español. ... pero belgica no lo tiene |
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#3
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En el tema de la titulacion no lo se porque en mi caso al tenerla..... Igual es mas un tema de agentes despistados. ![]() ![]() ![]()
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. Slava Ukrayini!.
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#4
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Mi aseguradora (les pregunté la semana pasada por el cambio de bandera y su afectación en el seguro) me dice que
En referencia a la consulta que haces sobre el seguro de tu embarcación si cambias de bandera, no afecta para nada al seguro que tienes contratado. Lo único que habría que hacer es comunicar el cambio de matrícula para que todos los datos sean los correctos. Te adjunto el párrafo de la normativa que regula los seguros en España. BOE 103/1999 Reglamento del seguro de responsabilidad civil de suscripción obligatoria para embarcaciones de recreo o deportivas. Artículo 4. Seguro de embarcaciones extranjeras. 1. Los navieros o propietarios de embarcaciones extranjeras de recreo o deportivas que naveguen por el mar territorial español y por sus aguas marítimas inte*riores. siempre que tengan entrada o salida en un puerto español, deberán asegurar la responsabilidad civil en que puedan incurrir con motivo de la navegación o acreditar, en su caso, la existencia de un seguro, con el alcance y condiciones que para los navieros o propietarios de embarcaciones españolas se prescriben en este Reglamento. 2. En caso de suscripción del seguro a la entrada de la embarcación en el ámbito territorial de aplicación de la presente cobertura obligatoria, el documento acreditativo de la misma deberá contener, como mínimo, las siguientes indicaciones: a) La indicación de que la garantía se concede dentro de los límites y condiciones previstos como obligatorios en este Reglamento. b) La indicación de que, en caso de siniestro, se aplicarán los límites y condiciones previstos como obligatorios en la legislación española y, en concreto, en el presente Reglamento. c} Las indicaciones establecidas en el artículo 12 de este Reglamento.
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Always be yourself... unless you can be a pirate, then be a pirate!
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#5
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Hola, si tu programa de navegación es de corta distancia, o sea península e Islas creo que cualquier compañía seria que te haga buen precio te vale, de hecho creo recordar que en la taberna se izo una comparativa y se opto por Axa a través de un cofrade que era muy competitivo y operativo en tu defensa; pero si tu programa de navegación te lleva mas lejos en tiempo y distancia, creo que ninguna puede competir con Pantaenius en fiabilidad y cobertura, de hecho cuando hacia regatas era un suplicio y carisimo conseguir contratando entre varias compañías el total de cobertura de responsabilidad civil que te exigían, por ejemplo en esta tienes un minimo de 6.000.000€, con lo que multiplicas por un monton los minimos exigidos y a un precio total del seguro mas barato que los extras que te obligaban a contratar mas del máximo de tu compañía con otra.
Saludos y buen viento |
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#6
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Probare con esta que comentas y con lloyd, os tengo informados |
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#7
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Puedo mandar la poliza por email a quien la pida, no puedo extraer el trozo donde lo pone por que es un pdf, y estoy con la tablet. Hoy justamente me han llamado de allianz para decirme, qje no se pueden quitar esas dos clausulas como les pedi para contartar, todo riesgo con ellos. Ademas no solo lo pone 1 vez lo pone varias a lo largo de las 12 paginas de la poliza. Eso es lo que hay, no es una opinion es un echo. |
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#8
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. Slava Ukrayini!.
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#9
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Al pasarlo de español a belga me ha bajado la prima. Solo tengo terceros y remolque unos 150€ o así con Axa. Aux de 5 cv y 2,70 m incluida y no matriculada al ser auxiliar de barco belga
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#10
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Ante la duda surgida en el hilo referente a una clausula que le aparece al cofrade Marcos Montesier, me he puesto en contacto telefonico esta mañana con la compañia de seguros que tiene tante el cofrade como yo, exigiendo me aclararan el tema.
ademas de aclararmelo perfectamente por telefono, me han mandado un E-mail esto y ademas me llegara por escrito en los proximos dias, aunque en mi poliza no tengo esa clausula: Buenos días Álvaro; Con respecto al tema que hemos estado tratando del abanderamiento belga, la póliza dice lo siguiente: En cualquier caso, todas las coberturas otorgadas por la presente póliza están condicionadas al mantenimiento en vigor del Certificado de Navegabilidad de la embarcación, así como a la aprobación de los reconocimientos técnicos y periódicos a los que legalmente está sujeta la misma; caso de no ser así, la cobertura no surtirá efecto y por consiguiente ningún siniestro será aceptado con cargo a esta póliza. La Legislación Belga indica que los barcos dedicados a la náutica de recreo, sin fines comerciales, y que enarbolen el pabellón belga, las autoridades de Bélgica no le exigen pasar la conocida como ITB o Inspección Técnica de Buques y como Usted lo puede comprobar directamente en el apartado de navegación del gobierno belga: http://mobilit.belgium.be/fr/navigat...aisance/bateau Por lo tanto si el barco tiene bandera belga se rige por esa legislación, lo que concuerda perfectamente con las condiciones de nuestras pólizas. Espero haber sido de ayuda aclarando este tema, aún así si tiene cualquier otra consulta, estoy a su disposición. Saludos cordiales El nombre del responsable, asi como el logo de la empresa y mas datos no los muestro aqui por aquello de la publicidad. ![]() Espero que sirva para aclarar las dudas de los cofrades. Adjuntos 74244 ![]() ![]()
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. Slava Ukrayini!.
Editado por markuay en 25-03-2017 a las 12:31. |
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#11
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Esto último es importante, a no ser que las coberturas requisitadas a efectos de responsabilidad civil en Bélgica para Nautica de Recreo sean superiores a las requeridas aquí...en cuyo caso no haría falta...de todas maneras yo que estoy para hacerme belga, también solicitaré esta inclusión en el articulado de mis condiciones particulares a mi compañía actual, Metrópolis Yates, que por ahora no he tenido que usar pero llevo años con ellos si me la introducen y me emiten con esa cláusula una nueva copia seguiré con ellos con la misma cobertura que tengo ahora, 200 millas al territorio de cualquier país de la UE (incluido insular) remolque, asistencia legal, etc... pagando 97€ por un 31 pies...si no me la introducen me cambio de compañía y quizás explore la posibilidad de contratar con una compañía en Bélgica pero ampliando si es necesario la cobertura por responsabilidad civil a los límites previstos en España...contratando en Bélgica el seguro no habrá estos problemas, y Markuay, te recomiendo que te incluyan esa cláusula en las condiciones particulares y te la sellen y firmen... cuando luego hay siniestros van a intentar siempre agarrarse a lo que sea para no pagar... ![]()
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Se alzarán nuevos vientos, hincharán tus velas, y yo, dejaré el ánimo resuelto para abrazar a tu lado Horizontes... Editado por Fuerza 7 en 12-02-2017 a las 11:22. |
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