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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Agradezco todos los comentarios
![]() Lo que no tengo muy claro es que al no ser mi compañía, sino la compañía del barco que ha hecho los daños. Yo supongo que tengo que reclamar al propietario del barco que ha causado los daños y ser él (que tiene el contrato con la aseguradora) el que exija a su compañía el pago. ![]() ![]() El lunes empezaré con el abogado ... ![]()
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#2
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Si claro, tu le reclamas al que ocasionó los daños.
A mi hace años, dejé el coche en un parking público y tras una tromba de agua el parking se inundó. El siniestro se considero catastrófico por lo que la reclamación la acabo atendiendo el consorcio. La putada fue que en aquellos años, 2002 creo recordar, el consorcio no te cubría la franquicia de mi seguro a todo riesgo. No me pagaron la reparación completa y tuve que pagar yo la franquicia. Si hubiese sido el seguro de la empresa concesionaria del parking si me habría cubierto todo. De todo esto lo que aprendí es que si me vuelve a pasar, peleare para que no me tenga que cubrir los daños el consorcio. |
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#3
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En las polizas de allianz lo pone bien clRo justo al lado de que te pediran el certificado , titulo etc. Pone que situaciones de conflicto, guerra civil, fuerza mayor, catastrofes naturales y vientos de fuerza 8/9. Eso a todo riesgo...
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#4
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Cita:
Saludos Rafa
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![]() RAFNI KAI www.RAFNI.es "Sean felices, porque la vida es urgente. La vida es una y ahora, así que hay que vivirla a tope y con intensidad" |
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#5
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No entiendo muy bien donde tienes el problema. Tu compañía de seguros hace una reclamación de daños, y si no paga su seguro, paga el propietario del barco. Y es evidente que un armador no puede declararse insolvente. Así que donde está el problema?
Los lios los tiene que tener el tomador del seguro si su compañía no se hace cargo, pero tu como damnificado no veo por donde te meten en este lio. |
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#6
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Si tu compañía fiera seria debería pagar inmediatamente los daños que has sufrido, luego repetir contra la compañía aseguradora del barco causante de lso daños y dejarte a tí al margen debla polémica.
Si algo positivo hay que sacar en claro de esa situación es que tan pronto la hayas resuelto, por vía extrajudicial o judicial en su cado, lo más sensato que puedes hacer es no renovar la póliza y cambiar de compañía. De lo contrario estarás pagando un seguro por algo inseguro... Saludos ![]() ![]() |
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#7
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Te has puesto en contacto con tu compañia?.
Esta debe poner el abogado y luchar por tí. ojo con los plazos de reclamación !!!! Hay veces que queremos hacerlo todo nosotros, cuando tenemos contratado una defensa jurídica con gente especializada en seguros y en seguros náuticos. eso sí. que te informen de los progresos y los pasos que van a seguir. Tu no debes pagar nada si la culpa es del contrario. |
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