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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Sí, que el material de seguridad necesario para la zona hay que llevarlo no ofrece ninguna duda. El problema es el famoso "despacho" que figura anotado en el certificado de navegabilidad, y lo que según comentaba el instructor ya no es relevante.
P.ej., si tienes una embarcación que figura despachada para zona 6, pero llevas material de seguridad para zona 5, ¿te pueden multar si estás en zona 5? Si dependiese de la categoría de navegación lo entiendo, pero pongamos que es de categoría C, lo que la hace válida para hasta zona 4.
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incerti quo fata ferant, ubi sistere detur ...sin saber a dónde nos llevarán los hados, dónde nos será dado establecernos. |
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#2
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Es asi tu puedes navegar hasta el maximo de tu zona de navegacion siempre que lleves el material necesario.
No hay despacho especifico para cada zona, es una responsabilidad del patron. |
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#3
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Como siempre las normativas se van sucediendo sin un sentido claro. Se llega a un nivel de concreción muy grande en cada una pero hay solapamientos que te hacen dudar. Si a eso se suma la discrecionalidad en su aplicación nadie sabe a qué atenerse. Yo creo que sería mejor una legislación más abierta y general. Pero hay lo que hay...
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#4
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Cita:
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Se alzarán nuevos vientos, hincharán tus velas, y yo, dejaré el ánimo resuelto para abrazar a tu lado Horizontes... Editado por Fuerza 7 en 27-02-2017 a las 11:47. |
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#5
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OK, ¡muchas gracias!
Ahora me queda la duda de cómo se aplica la categoría de diseño a barcos anteriores a la normativa CE, es decir, los que no la tienen. Pero igual encuentro algo investigando...
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incerti quo fata ferant, ubi sistere detur ...sin saber a dónde nos llevarán los hados, dónde nos será dado establecernos. |
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punen (12-09-2019) | ||
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#6
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Cita:
Yo tengo un pequeño barco antiguo. Capitanía me dió zona 5. Solicité zona 4 y me la denegó al carecer de categoría de diseño. Solución que me dieron : Informe de empresa o ingeniero con pruebas de estabilidad y tal y tal. Suerte y ya contarás.
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![]() En cada mariñeiro dorme un ser mitolóxico
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Bertie (04-03-2017) | ||
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#7
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Cita:
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incerti quo fata ferant, ubi sistere detur ...sin saber a dónde nos llevarán los hados, dónde nos será dado establecernos. |
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#8
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Cita:
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Bertie (04-03-2017) | ||
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#9
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Algo hemos comentado en un tema reflotado.
http://foro.latabernadelpuerto.com/s...40&postcount=8 ![]() ![]() Agustín |
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#10
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Cita:
De lo que estamos hablando, entiendo que en tu caso para pasar de zona 6 a 5 solo tienes que pasar por caja para adecuar la seguridad, no por tasas ni trámites Enviado desde mi iPhone utilizando Tapatalk |
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Bertie (04-03-2017) | ||
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#11
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Es que no lo tengo claro. Si tiene marcado CE ya está claro por qué zonas puedes navegar. Pero si no lo tiene, parece ser que efectivamente la que viene en el certificado es la que manda *independientemente* del material de seguridad... Y si quieres ampliarla, a llamar al ingeniero.
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incerti quo fata ferant, ubi sistere detur ...sin saber a dónde nos llevarán los hados, dónde nos será dado establecernos. |
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#12
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Cita:
POr eso enarbolo hoy en dia la belga, porque no habia manera no con la mas chicha de las calmas que me legalizaran el andar a mas de 12 millas. ![]() |
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Bertie (04-03-2017) | ||
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#13
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Yo hice el cambio de nombre hace un año de una motora pequeña y le cambié el certificado de navegabillidad al nuevo ya que me lo recomendaron los de capitanía marítima de Valencia, el coste es de unos 80 euros aunque supongo que eso irá dependiendo de la comunidad autónoma.
En el nuevo certificado de navegabilidad no se despachan los barcos a las zonas, sino que dependiendo de la categoría de navegación (A,B,C,D), podrás navegar en una zona u otra, eso si, siempre como máximo hasta la zona a la que puedas según la categoría de construcción; y aunque tu barco tenga categoría oceánica (A) deberás llevar el equipo necesario para la zona en la que estés navegando, no en la que marca la categoría. Bueno no soy muy bueno explicando pero espero que te sirva de algo. |
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Bertie (04-03-2017) | ||
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#14
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Cita:
Pues no sabes qué alegría me da leer esto, este mes tenía que pasar la itb, mi Jeanneau so 24,2 tiene categoría c (apto hasta zona4) y en papeles se registró pra zona 5. Estaba en estos días moviéndome para ver el procedimiento de cambio de zona (tenía claro que debo llevar la seguridad requerida y soy patrón de yate) por lo que ya no debo realizar ningún trámite, solo adecuar la seguridad a la zona de navegación sin sobrepasar 12 millas. De todas formas consultaré con mi seguro para dejar todo atado y que un rescate a 7 millas no me cueste una ruina Enviado desde mi iPhone utilizando Tapatalk |
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