Cita:
Originalmente publicado por pbs046
Un pequeño detalle.
Lo podrá alquilar mucha gente, pero TU no podrás navegar con él y con tu familia. No se si podrás alquilar tu propio barco, pero lo que si se seguro es que TU no puedes disfrutarlo como si estuviera el 7ª.
Me parece (corregidme) que cuando quieras trasladar el barco, tu, si no tienes el PPER no podrás hacerlo legalmente, deberás contratar un titulado comercial.
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Si has pagado el impuesto de matriculación si que puedes navegar en un 6ª, al igual que si ya ha prescrito (4 años) por eso es recomendable no comprar un 6ª que tenga menos de 4 años.
Si no lo has pagado ni tu ni ningún familiar hasta 2º grado, si es una sociedad ningún socio ni familiares hasta segundo grado.
El barco siempre que salga a navegar tiene que llevar un contrato de alquiler, otra cosa es que luego lo eleves a factura y la presentes, te lo haces y si ese día no te para nadie al llegar a puerto lo rompes.
Puedes trasladar el barco, salir a probar el radar ir a poner gasolina etc antes la guardia civil se pulía a la gente en la gasolinera por ir abordo el armador y no haber pagado el 12% pero tras varias protestas y escritos se admitió que el armador y dueño de un negocio de alquiler puede efectuar este tipo de salidas para puesta a punto, repostajes y traslados para entregar el barco en otro puerto.
Puede haber cambiado algo pues yo hace ya dos años que ya no tengo barcos en 6ª y ya no me preocupo de estar al día de las incongruencias y psicopatías del sistema
