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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#10
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Hola a tod@s:
Resumiendo, de lo que creo que todos estaremos de acuerdo es que 1. El nombre de la embarcación, que será obligatorio para las de eslora superior a 12 metros, y potestativo para las iguales o inferiores a dicha eslora, se asignará, a propuesta del interesado. Eso se hará en el mismo acto de abanderamiento y matriculación. Y 4. Las embarcaciones llevarán el indicativo de matrícula pintado o fijado de forma permanente en ambas amuras Ahora bien, entiendo que las embarcaciones mayores de 12 tendrán que llevar su nombre en las amuras, en las aletas o en la popa -a elegir- y el resto, podrán llevarlo -también- potestativamente. ¿Y qué más da, por dos o tres vinilos más? ![]() Saludos, a navegar que ya tenemos el buen tiempo y ![]() ![]() ![]() |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Azimut000 | ||
xplanero (26-05-2017) | ||
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