La Taberna del Puerto Almayer
"Se navega por los astros, por la mar, por la tierra, por las gentes, por los sentimientos...Se navega." Altair
VHF: Canal 77   
Regresar   La Taberna del Puerto > Foro > Foros Náuticos > Cuestiones legales y Asociaciones

Avisos

Responder
 
Herramientas Estilo
  #1  
Antiguo 09-06-2017, 10:59
Avatar de fende_testas
fende_testas fende_testas esta desconectado
Capitán pirata
 
Registrado: 25-08-2014
Localización: Galicia
Edad: 61
Mensajes: 964
Agradecimientos que ha otorgado: 148
Recibió 460 Agradecimientos en 305 Mensajes
Sexo:
Predeterminado Re: Normativa remolques

Cita:
Originalmente publicado por dr.spooky Ver mensaje
Hola


https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2009-9481
[ e) El permiso de conducción de la clase B autoriza para conducir los siguientes vehículos:

Automóviles cuya masa máxima autorizada no exceda de 3.500 kg que estén diseñados y construidos para el transporte de no más de ocho pasajeros además del conductor. Dichos automóviles podrán llevar enganchado un remolque cuya masa máxima autorizada no exceda de 750 kg.

Conjuntos de vehículos acoplados compuestos por un vehículo tractor de los que autoriza a conducir el permiso de la clase B y un remolque cuya masa máxima autorizada exceda de 750 kg, siempre que la masa máxima autorizada del conjunto no exceda de 4.250 kg, sin perjuicio de las disposiciones que las normas de aprobación de tipo establezcan para estos vehículos.]


Para mi, esto es contradictorio, en un párrafo, me dice coche+remolque(<=750)<=3.500 puedo conducir con B, pero en el siguiente párrafo, pone que coche+remolque(>750)<=4.250 también puedo conducirlo, quizas el matiz, está en sin perjuicio de las disposiciones que las normas de aprobación de tipo establezcan para estos vehículos.

Según en este enlace http://blogs.elconfidencial.com/moto...de-mma_597762/, si el remolque es superior a 750 debes de pasar por caja y hacer una prueba de aptitudes.

Vamos que estamos como antes.


Así que lamentablemente, creo que tendrás que ir a una empresa de transporte para trasladar al innombrable.
No es contradictorio:
Primera parte: indica vehículo de hasta 3500 al que se le puede acoplar un remolque menor de 750. (3500+750).
Segunda Parte si el remolque es >750, la suma no puede superar el peso indicado antes (3500+750).

Ojo: Hay que tener en cuenta que los remolques de más de 750 necesitan matrícula, ITV, seguro, etc.
Citar y responder
  #2  
Antiguo 09-06-2017, 13:23
Avatar de markuay
markuay markuay esta desconectado
Fogonero del Titanic
 
Registrado: 29-10-2006
Localización: Valencia-castellon
Mensajes: 12,936
Agradecimientos que ha otorgado: 3,456
Recibió 8,145 Agradecimientos en 4,363 Mensajes
Sexo:
Predeterminado Re: Normativa remolques

Cita:
Originalmente publicado por fende_testas Ver mensaje
No es contradictorio:
Primera parte: indica vehículo de hasta 3500 al que se le puede acoplar un remolque menor de 750. (3500+750).
Segunda Parte si el remolque es >750, la suma no puede superar el peso indicado antes (3500+750).

Ojo: Hay que tener en cuenta que los remolques de más de 750 necesitan matrícula, ITV, seguro, etc.


Y el carnet para remolque, o sea el "E", necesario para remolques de mas de 750 kilos.

En tu caso creo que el BE.


http://www.dgttest.org/permiso-E/


__________________
.

Slava Ukrayini!.
Citar y responder
Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a markuay
faeton (10-06-2017)
  #3  
Antiguo 10-06-2017, 10:50
Avatar de faeton
faeton faeton esta desconectado
Piratilla
 
Registrado: 09-04-2008
Edad: 51
Mensajes: 27
Agradecimientos que ha otorgado: 15
Recibió 4 Agradecimientos en 4 Mensajes
Sexo:
Predeterminado Re: Normativa remolques

B + E, no te líes
__________________
Los peores temporales se pasan en los bares!!
Citar y responder
  #4  
Antiguo 11-06-2017, 07:20
Avatar de Azimut000
Azimut000 Azimut000 esta desconectado
Pirata
 
Registrado: 19-01-2013
Localización: Mare Nostrum
Edad: 61
Mensajes: 215
Agradecimientos que ha otorgado: 259
Recibió 85 Agradecimientos en 60 Mensajes
Sexo:
Predeterminado Re: Normativa remolques

Hola a tod@s:

Respecto a las condiciones de los conductures, como muy bien ha citado dr.spooky, se encuentran en el Real Decreto 818/2009, de 8 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento General de Conductores.

Bien el permiso de la clase B permite conducir automóviles de hasta 3500 kg. de MMA y arrastrar un remolque de los que llamamos ligerso, es decir, hasta 750 kg -no confundir MMA con tara, vaya vacío o cargado el conjunto no se pueden exceder los 4250 kg. de MMA-.

Pero, el permiso B, también permite arrastrar un remolque noligero, es decir, de más de 750 kg. de MMA -los que llevan matrícula propia-. Siempre y cuando el conjunto tampoco exceda de los 4250 Kg. de MMA. Pero -y ahí es donde os liais alguno- cuando se arrastre un remolque de más de 750 kg. de MMA y el conjunto supere los 3500 kg. de MMA -siempre que no supere los 4250 kg.- se necesita una autorización especial sobre el permiso B, que lleva el código comunitario 96. De ahí que se llame vulgarmente el B96.
Todo eso lo tenéis en el artículo 5 punto 5 del R.G. de Conductores. También podéis consultar allí las pruebas para la obtención de dicha autorización -exámen práctico "cerrado y abierto".

Si se quiere arrastrar algo más 3500 kg de vehículo tractor más 3500 kg. de remolque hay que irse, entonces, al B+E.

Si queréis saber cuanto puede sobresalir la carga indivisible y su señalización, en un vehículo destinados exclusivamente al transporte de mercancías -como es un remolque-, dependerá si es de hasta 5 metros de longitud o de más, lo tenéis en el artículo 15 del Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Circulación, sin perjuicio de que el conjunto no puede exeder de 18,75 m. de longitud -eso está en el R.G. de Vehículos, será por leyes, jaja...-.

Bueno espero que os haya ayudado en algo esta perorata.
Saludos y
Citar y responder
2 Cofrades agradecieron a Azimut000 este mensaje:
HadaPirata (11-06-2017), Joanet78 (13-06-2017)
  #5  
Antiguo 12-06-2017, 15:26
Avatar de markuay
markuay markuay esta desconectado
Fogonero del Titanic
 
Registrado: 29-10-2006
Localización: Valencia-castellon
Mensajes: 12,936
Agradecimientos que ha otorgado: 3,456
Recibió 8,145 Agradecimientos en 4,363 Mensajes
Sexo:
Predeterminado Re: Normativa remolques

Cita:
Originalmente publicado por faeton Ver mensaje
B + E, no te líes
Aunque se sobreentiende que es B+E, no me lio, al menos en el mio pone BE;

https://www.dropbox.com/s/3ftzvrf065...arnet.png?dl=0


__________________
.

Slava Ukrayini!.

Editado por markuay en 12-06-2017 a las 21:50.
Citar y responder
Responder Ver todos los foros en uno

Almayer

Herramientas
Estilo

Reglas del foro
No puedes crear discusiones
No puedes responder a mensajes
No puedes editar tus adjuntos
No puedes editar tus mensajes

BB code está activado
Emoticonos está activado
El código [IMG] está activado
El código HTML está desactivado
Ir a


Todas las horas son GMT +1. La hora es 00:59.


Powered by vBulletin® Version 3.7.0
Copyright ©2000 - 2026, Jelsoft Enterprises Ltd.
© La Taberna del Puerto