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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Por aclarar un poco más
Un policía puede subir a bordo, aún sin permiso en barcos españoles-------> Si Un policía puede subir a bordo en barcos extranjeros---> si hasta las 12 millas por infracciones administrativas 24 millas por infracciones fiscales , si está más allá tiene que pedir permiso al estado del pabellón si hay sospecha de drogas Un policía puede entrar a un camarote a realizar una inspección técnica y comprobar si hay personas escondidas ,fugas de agua, etc---->SI Un policía puede registrar un camarote, abrir armarios, cajones, etc---->No (salvo permiso del titular, autorización judicial o flagrante delito) Editado por whitecast en 26-06-2017 a las 15:51. |
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#2
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Cita:
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Se alzarán nuevos vientos, hincharán tus velas, y yo, dejaré el ánimo resuelto para abrazar a tu lado Horizontes... |
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#3
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Cita:
Por eso te he puesto varias sentencias de la sala 2a del Tribunal Supremo en las que se reconoce la condición de domicilio entre otros de camarotes habitaciones de hotel autocaravanas, etc yo no veo donde está la polémica!!lo que diga el TS va a misa |
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