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Antiguo 03-07-2017, 11:48
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Predeterminado Re: Aclaracion de Capitanía Zona 5.

Saludos cofrade Markuay, una rondita para el calor.

Entonces segun tu interpretacion, cualquier playa balizada o no seria playa accesible, en mi caso concreto, podria ir desde Alicante a Benidorm costeando.

Joer que lio, no me gusta tener que depender de la "interpretacion particular"

Un saludo.
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"Qué es mi barco mi tesoro, que es mi dios la libertad, mi ley la fuerza del viento, mi única patria, la mar".
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  #2  
Antiguo 03-07-2017, 12:15
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Predeterminado Re: Aclaracion de Capitanía Zona 5.

Cita:
Originalmente publicado por Isengard Ver mensaje
Saludos cofrade Markuay, una rondita para el calor.

Entonces segun tu interpretacion, cualquier playa balizada o no seria playa accesible, en mi caso concreto, podria ir desde Alicante a Benidorm costeando.

Joer que lio, no me gusta tener que depender de la "interpretacion particular"

Un saludo.

No es mi interpretacion, es lo que dice el BOE.

Si tienes playas accesibles, desembocaduras de rios que permitan refugiarse, o puertos (deportivos o comerciales) dentro de un rango de 5 millas, no hay problema.

Si cuando estas a 4,7 millas de tu puerto de salida, ya tienes a menos de cinco millas el siguiente abrigo no hay problema.

Lo que no dice la norma por ningun sitio es que tengas que estar confinado en una circunferencia de cinco millas desde tu puerto base.

Se trata de tener cerca un refugio, basicamente por las caracteristicas de diseño y tamaño de la embarcacion que en principio "no podria" soportar ciertas condiciones de mar y viento, asi podria refugiarse, bien metiendose en un puerto, o desenbarcando en una playa.

Naturalmente, no todas las playas son accesibles, cualquiera que conozca La costa do morte entendera que de accesible poco.

En el caso de la zona 5, son 5 millas, y en el caso de la zona 6, son 2 millas.


Es que no veo que es lo que hay que interpretar, es bastante simple y escueto;

Zona «5». Navegación en la cual la embarcación no se aleje más de 5 millas de un abrigo o playa accesible.

Por eso el material de seguridad es tan diferente entre las zonas 4 y 5, porque en el caso de la zona 4, te tendras que comer el temporal durante horas ya que igual estas a 5 millas de la costa, pero a 50 millas del primer abrigo.

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Isengard (03-07-2017)
  #3  
Antiguo 03-07-2017, 21:40
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Predeterminado Re: Aclaracion de Capitanía Zona 5.

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Originalmente publicado por markuay Ver mensaje

Por eso el material de seguridad es tan diferente entre las zonas 4 y 5, porque en el caso de la zona 4, te tendras que comer el temporal durante horas ya que igual estas a 5 millas de la costa, pero a 50 millas del primer abrigo.

Pues no es tan diferente, según http://www.salvamentomaritimo.es/seg.../normativa.pdf

A simple vista parece que sólo se trata de:
- bengalas: 6 contra 3.

Sólo zona 4:
- compás
- prismáticos
- cartas
- campana
- linterna
- reflector radar
- balde contraincendios

Y lo de la radio (copio de http://foro.latabernadelpuerto.com/s...d.php?t=107315, aunque por lo visto no está nada claro con tanta orden, contraorden, decreto y circular)

Cita:
Para zona 4 es obligatorio VHF fijo sin DSC, para zona 5, uno fijo sin DSC o bien un portatil NO-SOLAS.
Pero si en zonas 4 o 5 deseas llevar una VHF CON DSC, deberás obligatoriamente conectarla a un GPS y solicitar tu LEB.
Vamos, como que no le veo mucha lógica a que una campana y un balde marquen tanta diferencia entre estar seguro a más de cinco millas de puerto.
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incerti quo fata ferant, ubi sistere detur
...sin saber a dónde nos llevarán los hados, dónde nos será dado establecernos.
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  #4  
Antiguo 04-07-2017, 02:34
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Predeterminado Re: Aclaracion de Capitanía Zona 5.

En zona 5 no se exige VHF fija ni DSC, vale un walky IPX7.

Solo se piden tres bengalas que además son de un formato mas pequeño.

En zona 4 se exigen 6 bengalas de mano, 6 cohetes con paracaídas y un bote de humo.

Los chalecos son de 150 en vez de 100, la radio tiene que ser fija y con DSC, y además el barco debe tener una homologación suficiente.

Hombre, me parece que hay diferencias importantes.

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Bertie (04-07-2017), patron91 (06-07-2017)
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Predeterminado Re: Aclaracion de Capitanía Zona 5.

OK, no me había leído la letra pequeña...

De todas formas, sobre las VHF recuerdo algún mensaje en esta casa con una circular que modificaba la normativa o su interpretación, y además, como dice en el otro hilo que he citado parece que la mismísima web de Fomento no está actualizada, así que es un buen lío ya sólo saber lo que necesitas para estar en regla.

Sobre categorías de diseño y zonas autorizadas a una embarcación también habría bastante que escribir. Por lo que me han contado, la cosa es bastante arbitraria y depende de lo que te pongan en la ITB en base a no sé qué criterios. Por ejemplo, hay casos de que el mismo barco en una capitanía lo autorizan para 6 personas y zona 4, y en otra para 4 y zona 5, y no por solicitud del armador para 'bajar' de zona. Y uno que he estado mirando estaba para zona 6 en navegación diurna... primera vez que me entero de que también se puede limitar en función de la luz solar. Igual está previsto en alguno de los cientos de folios de la legislación náutica, quién sabe.

Ya que parece imposible que se simplifique la normativa, al menos los organismos competentes podían recoger en una web el estado actual de una forma comprensible para el común de los mortales.
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markuay (04-07-2017)
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Predeterminado Re: Aclaracion de Capitanía Zona 5.

Cita:
Originalmente publicado por Bertie Ver mensaje
OK, no me había leído la letra pequeña...

Sobre categorías de diseño y zonas autorizadas a una embarcación también habría bastante que escribir. Por lo que me han contado, la cosa es bastante arbitraria y depende de lo que te pongan en la ITB en base a no sé qué criterios. Por ejemplo, hay casos de que el mismo barco en una capitanía lo autorizan para 6 personas y zona 4, y en otra para 4 y zona 5, y no por solicitud del armador para 'bajar' de zona. Y uno que he estado mirando estaba para zona 6 en navegación diurna... primera vez que me entero de que también se puede limitar en función de la luz solar. Igual está previsto en alguno de los cientos de folios de la legislación náutica, quién sabe.

Ya que parece imposible que se simplifique la normativa, al menos los organismos competentes podían recoger en una web el estado actual de una forma comprensible para el común de los mortales.
El problema es que tenemos la normativa mas farragosa del planeta, nada menos que 7 zonas de navegacion y 5 titulaciones distintas.

Ademas en material de seguridad tambien somos los mas liosos del mundo y eso provoca confusion incluso entre los que legislan y los vigilandos.

por ejemplo, Aqui no basta con pasar la inspeccion del extintor, ademas debes llevar la factura, el timbre y un certificado.

Cuando yo traje mi barco de francia, estaba autorizado para 9 personas, al matricularlo aqui me lo bajaron a 6, y 13 años despues al pasarlo a pabellon belga, automaticamente vuelve a estar autorizado para 9.

Cuando hace años empezaron con el lio de las emisoras DSC y los depositos KK, nadie sabia en concreto lo que hacer, ni siquiera en capitania, aquello obligo a comprar emisoras con DSC a precio de oro, que unos meses despues ya no valian.

Ante tal desastre unido al lio de los WC, miles de barcos se pasaron a zonas 5 y 6 simplemente para que les dejaran en paz, resultaba grotesco ver barcos cojonudos de 40 pies en zona 5.

Aquello fue tan gordo, que tuvieron que suavizar las exigencias, de alli vino lo de permitir que solo tubieramos que llevar el material de seguridad exigible en la zona donde navegaramos en cada momento, y otras mejoras.

El problema es la sobreregulacion absurda, por ejemplo en la mayoria de paises europeos solo hay 1 o 2 zonas de navegacion maritima.

En paises con gran volumen de navegacion fluvial suele existir una reglamentacion para rios y canales con unas exigencias completamente distintas, de hecho se parece mas a un codigo de circulacion, ni siquiera se aplica el RIPA.

Suele haber una titulacion, muchas veces optativa, o directamente ninguna, excepto en navegacion fluvial.

Este exceso de reglamentacion propicia las sanciones, ademas desorbitadas por estar pensadas para la MM y una inseguridad juridica total.

yo me imagino si en cualquier ciudad española le pusieran a la gente multas de 30000 € por aparcar mal, pues en el mar lo pueden hacer por cualquier chorrada.

En fin, asi nos va.

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Antiguo 04-07-2017, 19:35
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Predeterminado Re: Aclaracion de Capitanía Zona 5.

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Originalmente publicado por Bertie Ver mensaje
OK, no me había leído la letra pequeña...

De todas formas, sobre las VHF recuerdo algún mensaje en esta casa con una circular que modificaba la normativa o su interpretación, y además, como dice en el otro hilo que he citado parece que la mismísima web de Fomento no está actualizada, así que es un buen lío ya sólo saber lo que necesitas para estar en regla.

Sobre categorías de diseño y zonas autorizadas a una embarcación también habría bastante que escribir. Por lo que me han contado, la cosa es bastante arbitraria y depende de lo que te pongan en la ITB en base a no sé qué criterios. Por ejemplo, hay casos de que el mismo barco en una capitanía lo autorizan para 6 personas y zona 4, y en otra para 4 y zona 5, y no por solicitud del armador para 'bajar' de zona. Y uno que he estado mirando estaba para zona 6 en navegación diurna... primera vez que me entero de que también se puede limitar en función de la luz solar. Igual está previsto en alguno de los cientos de folios de la legislación náutica, quién sabe.

Ya que parece imposible que se simplifique la normativa, al menos los organismos competentes podían recoger en una web el estado actual de una forma comprensible para el común de los mortales.
En efecto, te refieres a la nota informativa 1/2011 (Aclaraciones al RD 1435/2010) según la cual en zona 4 no es obligatorio DSC, ni mmsi, ni LEB, ni autorización de instalación ni notificación de la misma.
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  #8  
Antiguo 06-07-2017, 09:44
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Originalmente publicado por markuay Ver mensaje
En zona 5 no se exige VHF fija ni DSC, vale un walky IPX7.

Solo se piden tres bengalas que además son de un formato mas pequeño.

En zona 4 se exigen 6 bengalas de mano, 6 cohetes con paracaídas y un bote de humo.

Los chalecos son de 150 en vez de 100, la radio tiene que ser fija y con DSC, y además el barco debe tener una homologación suficiente.

Hombre, me parece que hay diferencias importantes.

Y el detector de radar para que nos vean el resto de barcos
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  #9  
Antiguo 06-07-2017, 12:00
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Y el detector de radar para que nos vean el resto de barcos
yo no confiaria demasiado en que me vean por llevar esa piltrafilla de detector de radar que exige la legislacion española.

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