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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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A si son de chulos. en mi trabajo pagas la tasa de refrigerante mas iva.
Tu les haces de recaudador. |
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#2
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http://www.tributolocal.es/el-iva-en...cios-publicos/
Extraigo de ahi... En el supuesto de que la contraprestación que se abone por los usuarios del servicio tenga la consideración de tasa, la operación en principio se encontrara no sujeta al IVA, conforme a lo establecido en el artículo 7.8 de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del IVA (las entregas de bienes y prestaciones de servicios realizadas directamente por los entes públicos sin contraprestación o mediante contraprestación de naturaleza tributaria) siempre y cuando la prestación la realice directamente el ente público, ya que la tasa tiene la consideración de contraprestación de carácter tributario, excepto para una serie de actividades que se relacionan en el citado artículo. Cuando la contraprestación que se abone por el usuario tenga la consideración de tasa, la operación no se encontrará sujeta al IVA cuando se realice directamente por el Ayuntamiento. En el supuesto de que la operación se realice por los entes públicos por medio de empresa pública, privada, mixta de carácter mercantil, la operación se entenderá en todo caso sujeta al impuesto. En cambio, si la contraprestación abonada por los usuarios del servicio tiene la consideración de precio público, se tratará en todo caso de una operación sujeta al impuesto, ya que el precio público no tiene la consideración de tributo, con independencia de quien realice la operación. |
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#3
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Hola,
Por el hecho de que sea "legal" no deja de ser un despropósito y un auténtico abuso aplicar un impuesto a otro impuesto. Es un acto digno de los mejores corsarios al servicio de facinerosos gobiernos, pero vuelvo a lo de antes, la culpa es sólo nuestra por permitirlo. Salu2 ![]()
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"Crecí en el mar y la pobreza me fue fastuosa, luego perdí la mar y entonces todos los lujos me parecieron grises, la miseria intolerable.” |
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#4
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resultado: Hala con vuestros puertos y diles que las tasas que corresponden, que te lo indican y los pagarás tu directamente en las administraciones. Así dejas de "donarles" más impuestos.
Una pena pero al menos la taberna tienes unas cervezas fresqueras ![]()
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Para navegar con éxito por el mundo que nos rodea, debemos mirar en nuestro interior. Cuando cambies tu forma de ver las cosas, las cosas que ves cambian. ![]() ANAVRE: Socio 1928 ![]() Vendo mi barco. Más info aquí oceanis350.wordpress.com |
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#5
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No se puede confundir impuesto y tasa, son dos cosas diferentes. Un Impuesto NUNCA esta sujeto a IVA y una tasa, puede estar sujeta a IVA como lo comentaba un cofrade en una respuesta.
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#6
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Como dicen más arriba, puede ser legal, pero no legítimo. El IVA (hasta donde sé) es un impuesto sobre bienes o servicios prestados. ¿Aplicar el IVA a una tasa? No parece lo correcto...
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#7
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Cita:
. Tributos son de tres clases: Impuestos, Tasas y Contribuciones. ![]()
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En el mar el peligro es la tierra (Geoffrey Williams) Ganador OSTAR 1968
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