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  #1  
Antiguo 08-11-2017, 13:16
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Predeterminado Re: Es legal remolcar?

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Originalmente publicado por pablo.rus Ver mensaje
donde dice el rd 875 que en las atribuciones de una embarcacion de recreo, pueda remolcar a otra embarcacion
donde dice que en las atribuciones de un Patron de recreo, puede remolcar otro barco, si la mayoria NO saben llevar el suyo saludos
No dice que no se pueda hacer.

Y por cierto, remolcar un barquito de recreo de 5-6 metros tampoco requiere ser ingeniero aeronautico, o cosmonauta, en realidad solo requiere algo de paciencia y una pizca sentido comun.

Al final resulta que somos mas papistas que el Papa.

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Slava Ukrayini!.
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  #2  
Antiguo 08-11-2017, 13:18
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Predeterminado Re: Es legal remolcar?

Presuponer que; la mayoria NO saben llevar el suyo Ya me parece bastante atrevido y sesgado.

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Slava Ukrayini!.
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  #3  
Antiguo 08-11-2017, 21:53
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Predeterminado Re: Es legal remolcar?

Buenas tardes, cofrades


Simplificando mucho: claro que es legal y desde tiempo inmemorial (faltaría más). Desde mi experiencia:


1.- ¿En dónde se regula? Pues, sin meternos en convenios internacionales, fundamentalmente en la Ley 60/1962 Sobre auxilios, Salvamentos, Remolques, Hallazgos y Extracciones marítimas; en la Ley 14/2014, de 24 de julio, de Navegación Marítima, que en buena medida la ha sustituido, así como en las normas concordantes y que las desarrollan.

2.- ¿Quién puede remolcar? Salvamento marítimo, un profesional o, incluso, un tercero particular que no se dedique a ello.

3.- ¿Por qué se dice entonces que te pueden sancionar por remolcar a otro barco?. Porque las circunstancias de la mar pueden hacer del remolque una actividad muy peligrosa para remolcador y remolcado. Es preferible dar aviso y esperar instrucciones, pues corresponde a la Administración, autoridades y funcionarios competentes, la supervisión de los salvamentos y remolques, pudiendo impartir instrucciones de obligado cumplimiento. Si todas las circunstancias ayudan (viento en calma, buena mar, cercanía de puerto...) y el remolcador tiene años de mar y/ o actúa con sensatez, no suelen poner pegas, aunque éste no sea un profesional sino un buen samaritano.

4.- ¿Entonces es obligatorio remolcar?. Pues no, no es obligatorio. Todo capitán tiene obligación legal de prestar auxilio, de forma altruista y sin remuneración, a las personas cuya vida corra peligro en la mar pero, para entendernos, cuando no se trata de salvar vidas sino un barco, hablamos de remolque y ese deber legal ya no existe.

5.- ¿El remolque es gratuito o no? Sólo es gratuito si las partes así lo acuerdan

6.- ¿Y si hay que pagar, por cuánto sale? . Lo que cobra SM por ello está regulado por una norma del Ministerio de Fomento (Orden FOM/1634/2013, de 30 de agosto, por la que se aprueban las tarifas por los servicios prestados por la Sociedad de Salvamento y Seguridad Marítima)
Si lo hace un tercero, el precio será pactado entre remolcador y remolcado, teniendo en cuenta el valor del barco, de su contenido (excepto las vidas de las personas que lo tripulen porque, recordemos, existe el deber legal de salvarlas gratuitamente) y de los gastos y peligros que asuma el remolcador.

7.- ¿Y si hay que pagar, quién lo paga? El remolcado, lógicamente, pero normalmente las pólizas de seguros de barcos de recreo lo incluyen entre sus coberturas.

8.- ¿Y si, durante el transporte, se producen daños, qué seguro responderá? En alta mar el del barco remolcador y, en puerto o cerca de éste, el seguro del barco remolcado, salvo que se demuestre que los daños fueron causado por una negligencia del remolcador.



Buena proa a todos (y siempre salvo mejor criterio y a título meramente divulgativo y sin constituir asesoramiento legal en modo alguno)

Editado por Juan de Nova en 09-11-2017 a las 01:14.
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3 Cofrades agradecieron a Juan de Nova este mensaje:
LSV (28-01-2024), SpitfireAntonio (28-01-2024), srtxema (09-03-2022)
  #4  
Antiguo 09-11-2017, 07:36
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Predeterminado Re: Es legal remolcar?

Cita:
Originalmente publicado por Juan de Nova Ver mensaje
Buenas tardes, cofrades


Simplificando mucho: claro que es legal y desde tiempo inmemorial (faltaría más). Desde mi experiencia:


1.- ¿En dónde se regula? Pues, sin meternos en convenios internacionales, fundamentalmente en la Ley 60/1962 Sobre auxilios, Salvamentos, Remolques, Hallazgos y Extracciones marítimas; en la Ley 14/2014, de 24 de julio, de Navegación Marítima, que en buena medida la ha sustituido, así como en las normas concordantes y que las desarrollan.

2.- ¿Quién puede remolcar? Salvamento marítimo, un profesional o, incluso, un tercero particular que no se dedique a ello.

3.- ¿Por qué se dice entonces que te pueden sancionar por remolcar a otro barco?. Porque las circunstancias de la mar pueden hacer del remolque una actividad muy peligrosa para remolcador y remolcado. Es preferible dar aviso y esperar instrucciones, pues corresponde a la Administración, autoridades y funcionarios competentes, la supervisión de los salvamentos y remolques, pudiendo impartir instrucciones de obligado cumplimiento. Si todas las circunstancias ayudan (viento en calma, buena mar, cercanía de puerto...) y el remolcador tiene años de mar y/ o actúa con sensatez, no suelen poner pegas, aunque éste no sea un profesional sino un buen samaritano.

4.- ¿Entonces es obligatorio remolcar?. Pues no, no es obligatorio. Todo capitán tiene obligación legal de prestar auxilio, de forma altruista y sin remuneración, a las personas cuya vida corra peligro en la mar pero, para entendernos, cuando no se trata de salvar vidas sino un barco, hablamos de remolque y ese deber legal ya no existe.

5.- ¿El remolque es gratuito o no? Sólo es gratuito si las partes así lo acuerdan

6.- ¿Y si hay que pagar, por cuánto sale? . Lo que cobra SM por ello está regulado por una norma del Ministerio de Fomento (Orden FOM/1634/2013, de 30 de agosto, por la que se aprueban las tarifas por los servicios prestados por la Sociedad de Salvamento y Seguridad Marítima)
Si lo hace un tercero, el precio será pactado entre remolcador y remolcado, teniendo en cuenta el valor del barco, de su contenido (excepto las vidas de las personas que lo tripulen porque, recordemos, existe el deber legal de salvarlas gratuitamente) y de los gastos y peligros que asuma el remolcador.

7.- ¿Y si hay que pagar, quién lo paga? El remolcado, lógicamente, pero normalmente las pólizas de seguros de barcos de recreo lo incluyen entre sus coberturas.

8.- ¿Y si, durante el transporte, se producen daños, qué seguro responderá? En alta mar el del barco remolcador y, en puerto o cerca de éste, el seguro del barco remolcado, salvo que se demuestre que los daños fueron causado por una negligencia del remolcador.



Buena proa a todos (y siempre salvo mejor criterio y a título meramente divulgativo y sin constituir asesoramiento legal en modo alguno)
Buena aportación. Pero quería aclarar que el seguro (al menos el mío) no cubre el remolque si no va respaldado por una factura.
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  #5  
Antiguo 09-11-2017, 12:31
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Predeterminado Re: Es legal remolcar?

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Originalmente publicado por moryak Ver mensaje
Buena aportación. Pero quería aclarar que el seguro (al menos el mío) no cubre el remolque si no va respaldado por una factura.

Algo bastante logico.


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