![]() |
|
|
|
| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
![]() |
![]() |
![]() |
![]() |
|
|
|
#1
|
||||
|
||||
|
Pues depende de la comunidad autónoma donde esté el puerto, de las condiciones de concesión y prorroga y de los contratos de cesión que tengáis con el concesionario.
O sea que, yo al menos, no puedo decir nada sobe el caso particular sin conocer detalles. Pero antes de contestar yo me leería bien esos tres documentos por que parece que el concesionario tiene demasiada prisa en que adquirais compromisos que os vinculen. Pero es solo mi opinión y habrá otras mejores. Tomás |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a TGDR | ||
Simsolo (14-11-2017) | ||
|
#2
|
||||
|
||||
|
El puerto pertenece al Estado, TGDR. Las concesiones y prórrogas se tramitan en el Ministerio de Fomento. No disponemos, por el momento, de ningún documento oficial ni privado que aclare nuestras dudas. Entendemos que la prórroga se concede a cambio de adecuación y mejoras, pero da la impresión de que solo vamos a financiar el asunto los amarristas, incluyendo un beneficio extra bastante exagerado para el concesionario teniendo en cuenta lo que nos ofrecen. De ahí mi pregunta acerca de las diferencias entre prórroga y nueva concesión, caso, este último, en el que indudablemente habría que someterse a la oferta y demanda imperantes al final de la actual concesión y comienzo de la nueva.Pero se trata, insisto, de una prórroga de las condiciones actuales a cambio de inversiones. Gracias por participar y un saludo
![]() |
|
#3
|
||||
|
||||
|
Veo que es una instalación no transferida a las comunidades autonomas, pues ir a hablar con autoridades portuarias estatales.
Que es una prorroga parece claro, ya lo explico bien fuerza7, el problema es que los contratos suelen indicar si el fin de la concesión a los amarristas coincide con el fin de la concesión original o de las posibles prorrogas y eso es importante. Las condiciones de la prorroga se publicaran, pero para entonces ya habreis aceptado o no las condiciones del concesionario. Lo que yo haría, pero cada uno es cada uno: Vería si económicamente me compensa el importe anual que me va a suponer la cantidad solicitada dividida por el número de años de prorroga más los gastos de mantenimiento anual, que sí pues aceptaria, que no pues NO CONTESTARIA y llegado el vencimiento intentaría hacer valer mis posibles derechos de prorroga. pero es solo mí opinión y habrá otras mejores. Tomás |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a TGDR | ||
Simsolo (14-11-2017) | ||
|
#4
|
||||
|
||||
|
TGDR, gracias por precisar ese matiz sobre los contratos que tenemos en la actualidad. Yo lo elevé en su momento a escritura pública. Hoy mismo he intentado (sin éxito) hablar de este asunto telefónicamente con la autoridad portuaria. Es un tema complicado, por lo que tocará pedir cita. Ya iré contando las novedades. Mil gracias de nuevo
![]() |
![]() |
Ver todos los foros en uno |
| Herramientas | |
| Estilo | |
|
|