La Taberna del Puerto Almayer
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  #1  
Antiguo 05-02-2018, 21:20
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Predeterminado Re: Proyecto Habilitaciones Profesionales

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Originalmente publicado por Bengala de mano Ver mensaje

4º Para mi en absoluto es lógico pensar que un PER que obtiene esa supuesta acreditación profesional tiene suficiente experiencia. Que sepas que para un profesional de la náutica la experiencia se mide en días de mar que son meses y años y no en suposiciones.

Saludos
En mi humilde opinión diré que quien se basa en suposiciones tarde o temprano se equivoca, porque ni todos los profesionales tienen tanta experiencia ni todos los deportivos tienen tan poca.

Si yo pensara como Ud. no embarcaría nunca en un crucero, no vaya a ser que todos los capitanes profesionales sean como aquel del Costa Concordia...

Por favor, que no somos niños, que somos mayores de edad, que incluso podemos votar (y eso si que es una responsabilidad de bemoles), hay una cosa que se llama sentido común, y eso querido cofrade, no lo da la experiencia, con eso se nace.

Salu2
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Editado por Polizón en 05-02-2018 a las 21:25.
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  #2  
Antiguo 06-02-2018, 12:18
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Predeterminado Re: Proyecto Habilitaciones Profesionales

Hola hola.

Visto todo lo que habéis dicho, ahora me surge una duda.

El RD 875/2014 establece en su art. 4.2, por activa y por pasiva, que los títulos que regula no permiten la realización de actividades comerciales a bordo ni el gobierno de buques.

El RD 804/2014 establece que un Capitán de Yate puede gobernar un buque para los solos efectos del uso privado y que para lo demás un título profesional (art. 7). Puedo entender que el principio de especialidad hace que esta norma tenga virtualidad, porque si no... apaga y vámonos con la chapuza a otro lado.

Entonces, ahora, con esta reforma que comentáis, ¿los capitanes de yate pueden realizar actividades comerciales si hacen ese cursillo, aunque restringidas a aguas interiores? No me queda nada claro, porque el art. 34 de la reforma tan solo dice que podrán llevar gente a otra embarcación o buque.

Un saludo.
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  #3  
Antiguo 06-02-2018, 14:29
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Predeterminado Re: Proyecto Habilitaciones Profesionales

Leelo bien, también indica que podrán realizar excursiones marítimas y actividades de pesca y recreo con un límite de 5 millas desde el puerto, en este punto hemos hecho desde Anavre alegaciones para aumentar el límite para PY y CY y que se considere la distancia desde la costa.

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k9slater (06-02-2018)
  #4  
Antiguo 06-02-2018, 23:37
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Originalmente publicado por RICARDOT Ver mensaje
Leelo bien, también indica que podrán realizar excursiones marítimas y actividades de pesca y recreo con un límite de 5 millas desde el puerto, en este punto hemos hecho desde Anavre alegaciones para aumentar el límite para PY y CY y que se considere la distancia desde la costa.

Buenas noches RICARDOT, cuando se podría saber más o menos una fecha en la que se haga firme el proyecto con las alegaciones?, esperemos que tomen en cuenta el tema de la distancia para los PY y CY. Se dice que puede estar para antes del verano incluso antes de semana santa según un artículo de ¨Passió per la mar¨, unos , y esperemos pronto esas buenas nuevas.
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¨ No puedes cambiar el viento, pero puedes ajustar las velas para alcanzar tu destino. ¨
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  #5  
Antiguo 13-02-2018, 12:08
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Originalmente publicado por k9slater Ver mensaje
Buenas noches RICARDOT, cuando se podría saber más o menos una fecha en la que se haga firme el proyecto con las alegaciones?, esperemos que tomen en cuenta el tema de la distancia para los PY y CY. Se dice que puede estar para antes del verano incluso antes de semana santa según un artículo de ¨Passió per la mar¨, unos , y esperemos pronto esas buenas nuevas.
Es difícil hacer especulaciones sobre ello, hay presiones en contra de los sectores profesionales. Personalmente pienso que saldrá antes del verano si deciden sacarla como está.

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k9slater (13-02-2018)
  #6  
Antiguo 26-02-2018, 18:41
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Predeterminado Re: Proyecto Habilitaciones Profesionales

En Francia se han adelantado diseñando 3 nuevos titulos para el ejercicio de actividades comerciales de navegación diurna hasta 6 millas de la costa y máximo 12 metros y 12 pasajeros. Serían títulos inferiores al Capitaine 200 (que allí exigen periodo de embarque contratado para dártelo)

Arrêté du 28 décembre 2017 relatif à la délivrance du brevet restreint d'aptitude à la conduite de petits navires, du brevet d'aptitude à la conduite de petits navires et du brevet d'aptitude à la conduite de petits navires à voile

Así que no creo que aquí tarden mucho en aprobar y publicar la reforma.
https://www.legifrance.gouv.fr/affic...tion=rechTexte

Editado por Mateando en 26-02-2018 a las 18:46.
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Polizón (27-02-2018)
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