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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Buenos días.
No se si ya se ha tratado este tema, pero yo no he encontrado nada sobre esto. Mi duda es la siguiente: La licencia de pesca desde embarcación con licencia a nombre de los pescadores entiendo que no hay problema. Pero ¿que pasa con comunidades que han comenzado a dar licencias por barco? ¿como hacemos respecto al ANEXO III ("Autorización para embarcaciones dedicadas a la captura de especies sometidas a medidas de protección diferenciadas en pesca marítima de recreo")? ¿hay problemas o no los hay? ¿como se actúa? Estas son mis dudas. Gracias de antemano. |
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#2
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Tomo asiento y quedo a la escucha que me interesa
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Para navegar con éxito por el mundo que nos rodea, debemos mirar en nuestro interior. Cuando cambies tu forma de ver las cosas, las cosas que ves cambian. ![]() ANAVRE: Socio 1928 ![]() Vendo mi barco. Más info aquí oceanis350.wordpress.com |
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#3
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Te la dan como a un barco extranjero, pero primero tienes que inscribir tu barco en la lista segunda de buques en tu comunidad.
Primero el barco tiene que estar censado en la lista segunda de buques en la comunidad. Cuando tengas eso vas al ministerio de pesca y alimentacion, y con los datos de la lista segunda te dan de alta para especies de proteccion diferenciada ( la licencia te la mandan por e mail).. Primero esto, que es la licencia que faculta a tu barco para pescar en aguas interiores, esto lo tienen que tener todos los barcos que se dedican a la pesca deportiva, es gratuito y no caduca nunca. http://www.euskadi.eus/registro-emba...1-a2arraku/es/ ![]() Editado por trabañarru en 09-02-2018 a las 14:17. |
| 3 Cofrades agradecieron a trabañarru este mensaje: | ||
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