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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Una ronda por mi cuenta de ron caliente.
Por aclarar y ver si he entendido bien... He comprado un barco de charter en Francia. Me lo vende una empresa nautíca. Hemos hecho un documento de compraventa por un valor xx.xxx€ Si ahora le pido al vendedor que me haga una factura con el IVA desglosado, ya dispondré de un justificante de pago de IVA y a la vez me evitaré pagar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP). ¿ es así? ¿ o he entendido algo mal? espero a vuestra respuesta y gracias de antemano. |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a mareton | ||
Franclavi (13-03-2018) | ||
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#2
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Por lo que he podido saber a traves de un abogado especialista en derecho maritimo,me ha comentado que aqui en España el primer comprador de un barco paga la factura con el IVA correspondiente,este pago queda reflejado en la hoja de asiento del barco dejando acreditado que este impuesto quedo pagado.Como han dicho anteriormente es dificil con el paso del tiempo que el primer comprador guarde la factura.El siguiente comprador solo tendra que pagar el ITP del valor de compra de dicha embarcacion.Asi me ocurrio a mi con la compra de mi barco,teniendo este cuatro años de antiguedad,como estaba reflejado en dicha hoja de asiento no tube que demostrar el pago del IVA .la hoja de asiento siempre actualizada obligatoriamente contiene todos los movimientos del barco durante toda la vida de este.
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| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a YAVILA | ||
Franclavi (13-03-2018) | ||
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#3
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Cita:
![]() ![]() salud! |
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