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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#3
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legalmente no puedes, salvo que evites el registro español.
las motos de agua sólo estan autorizadas en las zonas que cada año determina la correspondiente capitania maritima. tampoco nos permiten navegar de noche ni remolcar. y sin embargo está permitido arrastrar un esquiador. es una legislación un poco erratica. por otro lado no se me ocurre que moto tendria autonomia para esa singladura, salvo que llevaras un barco de apoyo o algunos bidones de gasolina. otra opción seria que la matricularas fuera de España, entonces no te afectaria la normativa. yo tengo moto de agua y creo que me daría un poco de yuyu ese viaje. saludos .ahora recuerdo que ese viaje ya lo hizo Marichalar. Editado por barbarella en 18-02-2018 a las 19:35. Razón: ampliar |
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