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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Tengo un amigo belga, actualmente en Brasil y se ve qué en Bélgica, no existe ningún tipo de licencia para poder navegar.
Si no me equivoco, en América del Norte tampoco... En Francia, la titulación equivalente a CY se consigue fácilmente. Se saca la licencia de permiso costero y se pide la extención a navegación de altura. Es un cuarto de la mitad de la milésima parte menos de estudio qué aqui. Sería equivalente a nuestro PER, más o menos. Spain is different... ![]() |
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#2
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unas rondas ..... sobre los titulos españoles decir mi opinion .no valen para nada solo pagar y pagar , os pongo este ejenplo...NO SE NECESITARÁ TITULACIÓN NÁUTICA DE RECREO
Para el gobierno de embarcaciones a motor con una potencia máxima de 11,26 kilovatios y hasta 5 metros de eslora, las de vela hasta 6 metros de eslora y los artefactos flotantes o de playa, a excepción de las motos náuticas, siempre que no se alejen más de 2 millas náuticas de un puerto, marina o lugar de abrigo y la actividad se realice en régimen de navegación diurna. Los interesados deberán haber cumplido 18 años de edad. No será necesario cumplir con los requisitos de edad ni de titulación regulados en este real decreto a efectos de la preparación y participación en competiciones marítimo-deportivas oficiales. AUTORIZACIONES FEDERATIVAS Gobierno de embarcaciones de recreo, hasta 6 mts. de eslora y una potencia máxima de motor de 40 kW (54 CV), en navegaciones diurnas en zonas delimitadas por la Capitanía Marítima. LICENCIA DE NAVEGACIÓN Las federaciones de vela y motonáutica y las escuelas náuticas de recreo podrán expedir licencias para el gobierno de motos náuticas de clase C y embarcaciones de recreo de hasta 6 metros de eslora y una potencia de motor adecuada a las mismas según su fabricante, que habilitarán para la realización de navegaciones diurnas siempre que no se alejen más de 2 millas náuticas en cualquier dirección de un puerto, marina o lugar de abrigo............osea que con un barco de vela de 6m sin titulo ....porque pagar por una licencia o autorizacion federativa ?????si es el mismo perro pero con distinto collar......el resto del mundo esta equivocado o los españoles son mu listos que yo sepa corregirme.... solo es en españa es obligatorio tener titulo |
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#3
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Yo navego sin titulación alguna, como residente inglés podemos morirnos en el mar sin pedir permiso.
En esta situación, me abordaron los de la Agencia Tributaria del mar, mi barco tenía bandera holandesa. Pidieron los papeles del barco, el seguro, mi DNI y se fueron sin poder sancionarme. Sin embargo la ley española sobre estos asuntos viene a decir (escribo de memoria) que cualquier cosa que flote si tiene bandera española, se pedirá titulación española, si es bandera extranjera se requerirá aquella titulación requerida en el país de residencia del patrón o en su defecto (me encantan estos giros castellanos tan...) de la nacionalidad del patrón. Al final, estoy navegando bajo la titulación RYA (con lo orgulloso que me sentía de poder navegar sin titulación).
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