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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Hola Floki
![]() Si eres español y resides en España según la ley tienes que tener un título español para poder navegar en estas aguas. Dicho lo cual entenderás que el per es lo mejor que puedes hacer, a partir de el ya decidirás que otras titulaciones te convienen más. Con respecto a tu pregunta de navegar en Noruega o Suecia desconozco la legislación de estos paises pero si lees lo que dice la ley española al respecto entiendo que existirá una reciprocidad sobre todo dentro del espácio comun europeo y cito según Real Decreto 875/2014, de 10 de octubre, por el que se regulan las titulaciones náuticas para el gobierno de las embarcaciones de recreo. Disposición adicional tercera. Alquiler de embarcaciones de recreo españolas. 1.Las embarcaciones de recreo españolas se podrán alquilar a cualquier personafísica siempre que ésta disponga de un título de recreo o un certificado habilitante en vigor, pudiendo ejercer el gobierno de dichas embarcaciones dentro de las atribuciones que el título o el certificado le confieran; el cual, deberá estar expedido por el país de sunacionalidad o el de su residencia y siempre que éstos pertenezca al espacio económico europeo o estén recogidos en el anexo IX de este real decreto.... Disposición adicional cuarta. Autorización de titulaciones extranjeras. La Dirección General de la Marina Mercante, a través de las capitanías marítimas, autorizará a los ciudadanos del espacio económico europeo, así como a aquellos de los países reconocidos en el anexo IX de este real decreto, para el gobierno de embarcaciones de recreo de pabellón español, siempre que dispongan de un título de recreo expedido por el país de su nacionalidad o el de su residencia, debiendo éste pertenecer también a dicho espacio o ser de los reconocidos en el anexo IX de este real decreto; con sujeción a los requisitos a los que se hace referencia en la disposición adicional tercera de este real decreto. Por si le quieres echar un vistazo lo puedes enontrar aquí https://www.boe.es/boe/dias/2014/10/...2014-10344.pdf P.D. En el anexo IX entre otras están reconocidas las titulaciones suecas Espero que te sirva la información Saludos |
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