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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Gracias por tu respuesta
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#2
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tengo entendido que : 250 matrícula, 249 no
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#3
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Eso mismo. Aunque he leído por aquí que alguno se ha acercado a su capitanía a registrar su neumatica de 250 y lo han mandado pa casa.
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#4
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Buenas noches, parece claro que si no tiene mas de 2,5 metros de eslora no hay que registrar/matricular, entiendo que tampoco es necesario equipo de seguridad, pero el seguro, se puede ir sin seguro, a remo? a motor? a Vela? Yo no lo tengo claro. Un saludo
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#5
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Cita:
Salvo mejor opinión ... |
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#6
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En principio si tiene menos de 2,5 metros, no se considera embarcación de recreo y pasa a ser un artefacto flotante de recreo (artículo 3 del Real Decreto 875/2014), entiendo que en este caso no tenemos que llevar equipo de seguridad, estaríamos en la mismas condiciones que un kayak a remo, ya que a motor parece que es necesario el seguro, (artículo 2 del Real Decreto 607/1999) "Tienen la consideración de embarcaciones de recreo o deportivas, a los efectos de este Reglamento, los objetos flotantes destinados a la navegación de recreo y deportiva propulsados a motor".
En cualquier caso, viendo las recomendaciones de salvamento marítimo parece que necesitas hasta cartas de navegación y copia de derrroteros... http://www.salvamentomaritimo.es/seg...uticas/kayaks/ |
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#7
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Buenas compañero,
He tenido un caso similar de un vecino, y en mi caso con una lancha de mayor tamaño. El motor ya no has de registrarlo, pero si llevar contigo la documentación. Con embarcación de 2,5 en documentación y placa has de registrar o matricular, si no sales de territorio nacional te recomiendo registrar en la capitanía que elijas, este tramite es gratuito y lo puedes hacer tu mismo, tan solo necesitas adjuntar junto al impreso que te han de facilitar o descargar en: http://www.fomento.es/mfom/lang_cast...riculacion.htm DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR EN LOS EXPEDIENTES DE CAMBIO DE DOMINIO DE EMBARCACIÓN YA REGISTRADA, EN EL CASO DE ADQUISICIÓN DE UN PARTICULAR - Instancia solicitando el cambio de dominio. - Fotocopia del DNI de comprador y vendedor o autorización para consulta en el sistema de verificación de datos. - Contrato de compraventa firmado por ambos (se admite documento privado). - Copia de la declaración del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (Modelo 600 ó 620, según Comunidades Autónomas) que acredite su liquidación. - Copia impresa de la declaración del Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte (Modelo 565 ó 576), siempre que concurran todos los requisitos señalados a continuación: se trate de embarcaciones de lista séptima con eslora superior a 8 metros o de lista sexta con eslora superior a 15 metros. no hayan transcurrido más de cuatro años desde su matriculación definitiva. y exista modificación de las circunstancias o requisitos determinantes de los supuestos de no sujeción o exención en la primera matriculación. DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR EN LOS EXPEDIENTES DE CAMBIO DE DOMINIO DE EMBARCACIÓN YA REGISTRADA, EN EL CASO DE ADQUISICIÓN A UN PROVEEDOR - Instancia solicitando el cambio de dominio. - Fotocopia del DNI de comprador, o autorización para consulta en el sistema de verificación de datos. - Contrato de compra-venta liquidado del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (Modelo 600 ó 620, según Comunidades Autónomas) que acredite su liquidación, o - Factura de compra con especificación de: La denominación social de la empresa vendedora Precio de venta con IVA desglosado Fecha de la factura y firma - Copia impresa de la declaración del Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte (Modelo 565 ó 576), siempre que concurran todos los requisitos señalados a continuación: se trate de embarcaciones de lista séptima con eslora superior a 8 metros o de lista sexta con eslora superior a 15 metros. no hayan transcurrido más de cuatro años desde su matriculación definitiva. y exista modificación de las circunstancias o requisitos determinantes de los supuestos de no sujeción o exención en la primera matriculación. Mas info en el link: https://www.fomento.gob.es/MFOM/LANG..._compra-venta/ |
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