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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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¡Cuando podrá salir una norma,Ley o similar,en sociedades,Comunidades y otros estamentos,que diga : ¡PROHIBIDO.....PROHIBIR ¡ ¿Como viviríamos sin tanto legislador salvavidas....no tendremos bastantes normas ,leyes y obligaciones para detener ya el BOE y similares ¿ ![]() ![]() ![]() |
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#2
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Hola,
A mi con barcos de lista 6a me ha pasado en algunos puertos que te cobran por el amarre de cortesía para bajar a comer (que a los lista 7a no). Pero nunca que no te dejen amarrar para pernoctar. Me parece una locura... ![]() Saludos ![]() |
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#3
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A un lista 7ª si le dejan pagando y a un lista 6ª no porque sean los clubes entidades sin ánimo de lucro???
Donde han estudiado estos pobres desgraciados??? Desde luego está la cosa muy desvariada!!! No brindo por esta incultura, intransigencia y estulticia por no decir gilipollez!!! |
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#4
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Porque lo dice el cofrade, pero a mi me cuesta creer que eso sea asi.
![]() Igual es alguna melonada individual, incluso una escusa (ocultar), o excusa ( eludir una obligación). Pero bueno, seguiremos pendientes. Por cierto, el termino; sin animo de lucro, no tiene nada que ver con cobrar un servicio, basicamente indica que los beneficios de la explotacion de ese bien, deben revertir en el mismo. sacado del wikipedia; una asociación de tipo no lucrativo es un agrupamiento de al menos dos o tres personas, que deciden poner recursos económicos y materiales en común, con el fin de ejercer una actividad cuyo objetivo principal no es el enriquecimiento personal. El carácter desinteresado de la actividad, impide la distribución de beneficios a los asociados, ni aun en caso de disolución, aunque no implica obligatoriamente que la actividad sea no comercial, o que la misma tenga que ser deficitaria. El objeto de la asociación bien puede ser comercial (como por ejemplo, distribución de productos al minoreo, distribución de productos surgidos de un comercio justo, etc; por otra parte, los beneficios que se obtengan pueden ser reinvertidos en la propia actividad a efectos de mejor desarrollarla).
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. Slava Ukrayini!.
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#5
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otra noticia al respecto , está en mallorquín/catalán , si alguno necesita traducción no tengo problema en hacerlo
https://ib3.org/ports-prohibeix-lus-...marrament.html
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Antes de criticar mi forma de ser molestate en saber como es la tuya ![]()
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#6
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Cita:
Traducido; Puertos de las Islas ya no permite utilizar las rampas de ninguno de sus muelles de Baleares a las empresas de alquiler de barcas que no tengan un amarre de base. El organismo portuario ha decidido este año denegar estas autorizaciones porque había masificación en lugares como la culata del puerto de Ciutadella. La proliferación de marinas secas que alquilan pequeñas embarcaciones sin patrón provocaba atascos a la hora de llevarlas a al agua, y los usuarios particulares salían perjudicados. Emplear los llenegalls de gestión directo de Puertos de las Islas costaba 350 euros anuales, mientras que la alternativa que tienen ahora es emplear la grúa, que vale 600 euros cada vez, o desembarcar las por muelles de gestión indirecta, también con una tarifa más cara.
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. Slava Ukrayini!.
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#7
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En ese club náutico no han entendido bien la normativa, salvo que en Valencia sea distinta e ilógica. Normalmente, lo que se prohíbe o no está permitido a los clubes náuticos es servir de puerto base a flotas de chárter, pero lo que sí esta permitido es que un usuario de un barco de chárter pueda amarrar en un club náutico uno o varios días.
Es decir, si yo, Jaime Darder, alquilo un barco y llego a un club náutico en mi condición de usuario, la normativa me permite amarrar en ese puerto uno o varios días. Sin embargo, si yo, (ojalá) soy propietario de una empresa de chárter con su correspondiente flota, entonces no puedo utilizar ese puerto como base para mi flota, por cuanto se trata de una operación comercial que sí choca con la condición de entidad sin ánimo de lucro que caracteriza a un club náutico. No sé si me he explicado con claridad pero, en cualquier caso, ![]() ![]() salud!!! |
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#8
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Cita:
Entiendo tus dudas porque efectivamente se trata de algo increible. Pero te cuesta comprobarlo tan solo el tiempo de un par de llamadas a los clubes de Santa Pola y/o Calpe. Unas copichuelas. |
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#9
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La lista 6ª en absoluto está discriminada, más bien todo lo contrario, entre otras cosas:
1.- Puede desgravar el IVA tanto en la compra de la embarcación como en los mantenimientos que les realice. Y lo más importante, además de poder usar combustible industrial, y aunque lo fuese del normal, también desgravaría el IVA. 2.- Están exentos del impuesto de matriculación. 3.- Exención en algunos casos del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales. 4.- Su puerto base puede ser cualquier club náutico que los acoja y pagando, a pesar de sus ventajas fiscales, el mismo importe que cualquier embarcación de la lista 7ª de iguales características y reintegrándose el susodicho IVA por lo que siempre pagarán menos, salvo que tengan tarifas especiales de mayor importe. Otra cosa diferente es que en algunos lugares discriminen a la persona que patronea en régimen de alquiler una embarcación de la lista 6ª fuera del puerto habitual de dicha embarcación o no cumplan con las normas de régimen interno de clubs marítimos subvencionados al menos en parte con dinero de los Presupuestos Generales del Estado y que están dirigidos a otro tipo de embarcaciones. Entiendo tu cabreo, es lógico, pero también entiendo leyendo tu intervención que es una situación que ya conoces, por lo que lo único que te queda es ser más previsor y cuándo programes tus salidas y reserves algún punto de atraque hagas saber dicha situación y poder asegurarte que tienes atraque en un puerto dónde admitan a barcos de la lista 6ª, al menos te evitarás tan desagradables situaciones. ¿Qué es injusto? Tal vez, tan injusto como el que un propietario de un barco de la 6ª no pueda usarlo para disfrute personal en esos días en que no alquila esa embarcación de su propiedad. El Estado o CC.AA. son especialistas en cagarla y en incentivar la ilegalidad, en este caso, propiciando que los interesados y sabiendo las limitaciones de la lista 6ª, alquilen barcos de la 7ª como bien sabemos que hacen muchos, aprovechando que algunos propietarios de barcos de la 7ª se lucran en alquileres en clara competencia desleal e ilegal con los negocios legales. Moraleja: Entre todos la mataron y ella sóla se murió. Es lo que pasa porque somos una pandilla desperdigada de país, dónde cada CC.AA. hace lo que le viene en gana, ya que tiene competencias para legislar, y lo peor de todo, que cuándo no legisla nada, son las entidades privadas o clubs los que poner las normas que les parecen adecuadas. Esto son las taifas a las que nos debemos enfrentar el ciudadano de a pie, vil cornudo de la historia y que siempre paga los platos rotos por una pandilla de incompetentes ilustrados. Con una legislación común a nivel nacional y de obligado cumplimiento para todos pues puede que al menos pudíesemos navegar con total seguridad en el conocimiento de las normas que nos serán de aplicación, pero de esta forma pues pasa lo mismo que con las licencias de pesca, que si te mueves de C.A., no tienes ni idea de qué especies puedes pescar legalmente y cuáles no. ![]()
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Mi blog: https://pescaenelmariate.blogspot.com/ Editado por Mariate en 23-07-2018 a las 17:09. |
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#10
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Saludos, siento lo ocurrido Maxipaco, otro ejemplo de como es mision imposible tener una vida normal y disfrutar de nuestras aficiones, siempre aparece una regulación, ley, norma ya sea del Gobierno, CCAA, Municipio, Puerto, asociacion, ONG o el soplagaitas de enfrente .....todo para incomodar y hacer las cosas difíciles.
Luego nos quejaremos que el turismo que viene es de sol, playa y borrachera y que la nautica esta infradesarrollada Vs otras zonas del mediterraneo y Caribe Nunca un pais tuvo tanta costa y se puso tantas restricciones, penalizando a sus habitantes (Vs extranjeros) en debates creados y discutidos solo en ESPAÑA (ie, titulaciones, material de seguridad, ITB, restricciones de fondeo, impuestos, abanderamiento, multas, inspecciones en puerto...... como ejemplo) Saludos. Coronadobx Editado por coronadobx en 23-07-2018 a las 17:21. |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a coronadobx | ||
Mariate (23-07-2018) | ||
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#11
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Cita:
Completamente de acuerdo con lo que cito que expones, con dos matices por mi parte: - Obviamente, el título del hilo es solo eso, el título. La lista 6a sí que está discriminada. Por supuesto que no en todo, pero sin duda alguna SÍ para aquellos que charteamos con ella por parte de la Comunidad Valenciana que ha impuesto esa obligación a los Club, como explicaba en la primera entrada. A eso solo me remito. Obligación que no es justa con los usuarios de barcos en lista 6a en comparación con la 7a, y que no se motiva en este caso, a pesar de lo dicho por el cofrade Marcos Montesier, en posibles casos de juerguistas incómodos, cuyo patrimonio no es por cierto exclusivo de una sola lista - La situación la he conocido in situ. No antes. Y claro que no me queda otra que planificarme y ajustarme a la situacion discriminatoria. Que no por haber muchas otras discriminaciones deja de serlo o lo es menos. Unas copichuelas. |
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#12
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En los clubs, son los socios quien deciden las normas, en este caso han decidido que no les conlleva ningun beneficio o peor que han tenido malas experiencias con barcos de charter y no los quieren ver, estan en su derecho.
he visto como socios de un club han tenido la desgracia de que le han puesto al al lado un barco con jovenes que solo querian juerga, en el barco, en las instalaciones.... y por eso lo de no admitirlos, otra cosa es que pagan justos por pecadores, llega una familia y tampoco puede, por no discriminar a unos si y a otros no, como los ingresos por ese concepto no son importantes pueden prescindir de ellos y lo hacen. por otro lado eso que parece un atropello, puede ser un atractivo para alguien que piense asociarse o llevar su barco alli. |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Marcos Montesier | ||
Mariate (23-07-2018) | ||
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