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  #1  
Antiguo 26-07-2018, 15:19
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Predeterminado Re: Abanderamiento en la UE

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Entiendo que va por mi.?
Si no es así mil disculpas
Pero si va por mi ....podrías indicarme donde yo he indicado lo que Bélgica debe hacer o no con sus leyes.....
Y lo mismo en el siguiente párrafo de tu post ....

De antemano ya te digo que yo no he dicho esas barbaridades.

Yo solo he dicho , y es mi creencia personal , que no sienta ninguna jurisprudencia , que la concesión de abanderamiento debería estar relacionada con la residencia o con una ñrelaccion real pais /armador....solo he dicho esto
Por supuesto que si Bélgica ha otorgado a alguien una bandera es legal ....tienen su propio gobierno y jurisprudencia

Por esa razón inicié este post para que vierais que muchos países de la UE , la mayoría , relacionan abanderamiento con residencia , relaccion empresarial etz.

Pero es que nadie está hablando de jurisprudencia, todo este debate viene porque España pretende legislar sobre lo que no puede. Te lo pondré con un ejemplo más sencillo a ver si lo entiendes.

Tu eres ciudadano español (tengo entendido que es el caso, pero si no lo fueses asúmelo durante este ejemplo) y vives en Noruega (o en Alemania, Bélgica o Mozambique), allí te compras un velerito y lo preparas para irte al Caribe.

Como tu barco está abanderado en Noruega cumples las leyes noruegas en materia de seguridad, titulación, etc (que por cierto, nos podrías contar cuales son). Evidentemente en Noruega no venden equipos homologados por la DGMM, ni los exigen, por lo que tu, pobre mortal jubilado con tus ahorros compras lo que buenamente puedas para cumplir las leyes y sobre todo para ir navegar con seguridad.

Resulta ser que después de 1 semana de navegación llegas a A Coruña y paras a descanzar, viene la Guardia Civil, te hace una inspección y te cruje por no tener los equipos homologados según les parece a ellos y como eres ciudadano español y mucho español te lo tienes que tragar.

Si por el contrario, conocedor de estas leyes que nos permitimos tragar, decides no parar en tu país para que no te cruja la benemérita decides seguir camino y no parar en tu ruta hacia el Caribe ni en Galicia ni en Canarias pero tienes un incidente cerca de nuestras costas y necesitas recalar, crujimiento que ya conoces.


¿De verdad me estás diciendo que te parece justo?


Editado por manjuari en 26-07-2018 a las 15:24.
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Javi-Miss Regina (27-07-2018)
  #2  
Antiguo 26-07-2018, 17:37
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Predeterminado Re: Abanderamiento en la UE

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Originalmente publicado por manjuari Ver mensaje
Pero es que nadie está hablando de jurisprudencia, todo este debate viene porque España pretende legislar sobre lo que no puede. Te lo pondré con un ejemplo más sencillo a ver si lo entiendes.

Tu eres ciudadano español (tengo entendido que es el caso, pero si no lo fueses asúmelo durante este ejemplo) y vives en Noruega (o en Alemania, Bélgica o Mozambique), allí te compras un velerito y lo preparas para irte al Caribe.

Como tu barco está abanderado en Noruega cumples las leyes noruegas en materia de seguridad, titulación, etc (que por cierto, nos podrías contar cuales son). Evidentemente en Noruega no venden equipos homologados por la DGMM, ni los exigen, por lo que tu, pobre mortal jubilado con tus ahorros compras lo que buenamente puedas para cumplir las leyes y sobre todo para ir navegar con seguridad.

Resulta ser que después de 1 semana de navegación llegas a A Coruña y paras a descanzar, viene la Guardia Civil, te hace una inspección y te cruje por no tener los equipos homologados según les parece a ellos y como eres ciudadano español y mucho español te lo tienes que tragar.

Si por el contrario, conocedor de estas leyes que nos permitimos tragar, decides no parar en tu país para que no te cruja la benemérita decides seguir camino y no parar en tu ruta hacia el Caribe ni en Galicia ni en Canarias pero tienes un incidente cerca de nuestras costas y necesitas recalar, crujimiento que ya conoces.


¿De verdad me estás diciendo que te parece justo?

Voy a empezar por el final ...
Ayer noche solicité ser socio de Anarve...
No estoy de acuerdo con la norma que regula los container de salvamento ni las radiobalizas ni bengalas ni radios homologadas ni toda esta parafernalia ....ni tampoco con sus sanciones etz etz
Me da igual si Fulanito se abandera en el pais que sea porque las leyes de ese país se lo permiten
Y por supuesto que también me gustarían unas normas menos burocráticas en la náutica española....
Ahora vamos con el caso concreto que a mi me expones ,.... que es bastante similar al mío ...con la supuestamente OM d seguridad que quieren promulgar
La Autorridad marítima ( véase GC , aduanas etz) vendría al barco ... ..
Unas boyas a los lados para que no me manchen con el roce del casco de goma la blanca fibra ....y arriba ...bandera Noruega ...español perfecto en cubierta ...pasaporte noruego mi esposa y dueña y yo dni y pasaporte español...además de declaración de hacienda en Noruega y declaración de hacienda de no residente en España ...por si fuera poco Documento como q soy residente en Noruega y certificado de empadronamiento expedido por la embajada española en Noruega de Oslo ...
Pueden revisar lo que quieran hasta cierto límite ...no tenemos dinero en efectivo ni drogas ni otras cosas sujetas a impuestos especiales ....vamos en paso inocente a X ....y entramos en espacio de la comunidad europea hace x días por lo que nos quedan tantos meses y tantos días de permanencia en la EU.....y colorín colorado este cuento se ha acabado ....

La actual OM no se lo que dice pero la que piensan proponer dice ( y me la he tenido que leer para contestarte)
Ámbito de aplicación

c) Que naveguen por las aguas interiores marítimas españolas o el mar territorial español, cualquiera que sea su Estado de pabellón, y, que sean propiedad de personas físicas o jurídicas que tengan su residencia o domicilio social en España o cuyo patrón tenga su residencia en España.



Esa norma está. Redactada con un fin ....y no Es poner trabas a los residentes de la Eu o de otros estados del mundo que estén en paso inocente por aguas jurisdiccionales españolas ...sino a los que se abanderan fuera de España ( con la ley en la mano) y residen en España
.
Las protestas de los cofrades van por distintos barrios y anarve me parece que intenta llevarlas todas juntas ....

Yo creo q he sido claro desde el principio en mi posición , no la he tratado de imponer , ni he insultado y que cada uno haga lo que quiera y lo q le dicte su conciencia solo pido que respeten la mia sin insultar...

Editado por Noruego en 26-07-2018 a las 17:41.
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namornik (28-07-2018)
  #3  
Antiguo 26-07-2018, 22:05
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Predeterminado Re: Abanderamiento en la UE

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Voy a empezar por el final ...
Ayer noche solicité ser socio de Anarve...
No estoy de acuerdo con la norma que regula los container de salvamento ni las radiobalizas ni bengalas ni radios homologadas ni toda esta parafernalia ....ni tampoco con sus sanciones etz etz
Me da igual si Fulanito se abandera en el pais que sea porque las leyes de ese país se lo permiten
Y por supuesto que también me gustarían unas normas menos burocráticas en la náutica española....
Ahora vamos con el caso concreto que a mi me expones ,.... que es bastante similar al mío ...con la supuestamente OM d seguridad que quieren promulgar
La Autorridad marítima ( véase GC , aduanas etz) vendría al barco ... ..
Unas boyas a los lados para que no me manchen con el roce del casco de goma la blanca fibra ....y arriba ...bandera Noruega ...español perfecto en cubierta ...pasaporte noruego mi esposa y dueña y yo dni y pasaporte español...además de declaración de hacienda en Noruega y declaración de hacienda de no residente en España ...por si fuera poco Documento como q soy residente en Noruega y certificado de empadronamiento expedido por la embajada española en Noruega de Oslo ...
Pueden revisar lo que quieran hasta cierto límite ...no tenemos dinero en efectivo ni drogas ni otras cosas sujetas a impuestos especiales ....vamos en paso inocente a X ....y entramos en espacio de la comunidad europea hace x días por lo que nos quedan tantos meses y tantos días de permanencia en la EU.....y colorín colorado este cuento se ha acabado ....

La actual OM no se lo que dice pero la que piensan proponer dice ( y me la he tenido que leer para contestarte)
Ámbito de aplicación

c) Que naveguen por las aguas interiores marítimas españolas o el mar territorial español, cualquiera que sea su Estado de pabellón, y, que sean propiedad de personas físicas o jurídicas que tengan su residencia o domicilio social en España o cuyo patrón tenga su residencia en España.



Esa norma está. Redactada con un fin ....y no Es poner trabas a los residentes de la Eu o de otros estados del mundo que estén en paso inocente por aguas jurisdiccionales españolas ...sino a los que se abanderan fuera de España ( con la ley en la mano) y residen en España
.
Las protestas de los cofrades van por distintos barrios y anarve me parece que intenta llevarlas todas juntas ....

Yo creo q he sido claro desde el principio en mi posición , no la he tratado de imponer , ni he insultado y que cada uno haga lo que quiera y lo q le dicte su conciencia solo pido que respeten la mia sin insultar...
Pues tienes razón, si estás empadronado y no tienes residencia en España te librarías, tendrías que hacer unos papeleos adicionales que ningún otro ciudadano tiene que hacer pero tu, en tu caso particular, te librarías.

La "coartada" de que tu mujer es la propietaria del barco te valdría también a ti y 4 más, pero no a todos, por ahí también te libras, pero el resto puteados.

Tienes razón también en que es una ley para poner trabas artificiales a los ciudadanos residentes en España y si el hecho de que se redacte una ley para joder especificamente a los residentes de un país, discriminandolos con respecto al resto de los ciudadanos europeos no te parece razón suficiente para pelear contra dicha ley entonces no hay nada más que hablar.

En fin, yo me salgo de este debate estéril.
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  #4  
Antiguo 26-07-2018, 22:09
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Predeterminado Re: Abanderamiento en la UE

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Originalmente publicado por manjuari Ver mensaje
Pues tienes razón, si estás empadronado y no tienes residencia en España te librarías, tendrías que hacer unos papeleos adicionales que ningún otro ciudadano tiene que hacer pero tu, en tu caso particular, te librarías.

La "coartada" de que tu mujer es la propietaria del barco te valdría también a ti y 4 más, pero no a todos, por ahí también te libras, pero el resto puteados.

Tienes razón también en que es una ley para poner trabas artificiales a los ciudadanos residentes en España y si el hecho de que se redacte una ley para joder especificamente a los residentes de un país, discriminandolos con respecto al resto de los ciudadanos europeos no te parece razón suficiente para pelear contra dicha ley entonces no hay nada más que hablar.

En fin, yo me salgo de este debate estéril.
Yo me hice ayer socio de anarve ...que a mi hoy no me puedan pillar no quiere decir que en unos años no vuelva A ser residente en España ....
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  #5  
Antiguo 27-07-2018, 00:36
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Predeterminado Re: Abanderamiento en la UE

Sé que la discusión es un poco estéril, pero, un inglés, Yachtmaster, con su barco de toda la vida, superequipado y con base en un puerto inglés, pero él tiene residencia en España porque se ha jubilado y vive una buena parte del año en Mallorca, si se quiere ir al Caribe con su barco desde Inglaterra, ¿al parar en Canarias le pueden exigir el Capitán de Yate y que todos sus equipos estén homologados por la DGMM?, ¿no es bastante absurdo y desde luego contrario a la legalidad internacional?..


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  #6  
Antiguo 27-07-2018, 01:15
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Predeterminado Re: Abanderamiento en la UE

Aunque se consiguiera un acuerdo satisfactorio, en esta OM. Dentro de poco otro legislador le daria una vuelta de tuerca. Y estariamos en las mismas, dependiendo del gobierno de turno o del concepto de la nautica de no se que director.
La unica salida, es que no pudieran meter la zarpa, en los barcos con pabellon extranjero. Eso seria una valvula de alivio para la nautica.
Todos con pabellon belga, y despues cada uno que ponga el trapo que mas le guste , un poquito mas abajo. Pero eso se conseguirá en los tribunales de seguir asi
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ikaro (27-07-2018), josanvall (27-07-2018)
  #7  
Antiguo 27-07-2018, 08:05
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Sé que la discusión es un poco estéril, pero, un inglés, Yachtmaster, con su barco de toda la vida, superequipado y con base en un puerto inglés, pero él tiene residencia en España porque se ha jubilado y vive una buena parte del año en Mallorca, si se quiere ir al Caribe con su barco desde Inglaterra, ¿al parar en Canarias le pueden exigir el Capitán de Yate y que todos sus equipos estén homologados por la DGMM?, ¿no es bastante absurdo y desde luego contrario a la legalidad internacional?..


Con la nueva OM si...
Evidentemente los q redactaron tenían una cosa en mente y poca idea de los posibles casos....
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  #8  
Antiguo 27-07-2018, 08:52
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Predeterminado Re: Abanderamiento en la UE

Buenas y cafetín para la gente.
Sobre esto de los abanderamientos se dan muchas curiosidades. Eso sí me refiero en el tema a nivel profesional, tal cual son los segundos registros de las banderas comunitarias, donde en muchos aspectos difieren de la legislación española. Al final, salvo el 2º registro español(lista REBECA) o registro canario, el resto son banderas de chupachupa, o dicho de otro modo, banderas de mierda. Todas ellas tienen que estar ceñidas a normativa SOLAS y raro es que en la legislación de esos países esté más ampliada, pero eso sí, para lo que pueden, pues bajo mínimos. Por dar un ejemplo, en bandera de Madeira, 2º registro portugués, según tipo de barco, para cabotaje y dependiendo de la GT del barco, permite solo dos oficiales de puente(capitán y primer oficial), cosa que en España está prohibido, y las autoridades marítimas, como es lógico, no se meten. Eso, por poner un ejemplo. Otros podrían ser que en otras bandera se admite la inspección de los oficiales del barco sobre los extintores a bordo y su revisión es bianual, no anual como es obligatorio en España. Y así un sinfín de etc...
Sobre lo laxo de las banderas, la española no lo es, todo lo contrario, peeeroooo, en sus inspecciones de seguridad miran para otro lado para no parar los barcos de su bandera, dejan incumplir el nº de extracomunitarios de las tripulaciones(máximo del 50%) y dejan seguir navegando barcos asquerosos que tendrían que estar desguazados, con todos sus certificados al día.
Total, que esto del abanderamiento español, por lo menos a nivel profesional, no es garantía alguna de credibilidad de seguridad. de echo, a la administración española se la amenazó varias veces con sacarla de las listas blancas y pasarla a las grises a causas de las inspecciones que se realizan a nuestros barcos en puertos extranjeros comunitarios. Una de las preguntas que se le hacen al ministerio es la de como pueden tener todos sus certificados al día y pasadas todas sus inspecciones y que en puertos franceses, inglese, etc... se para el barco por deficciencias.

NOTA.: Por supuesto, los hay con bandera de Madeira haciendo cabotaje por España, sin salir de sus aguas y llevan así muchísimos años, no solo 18 meses(por lo del paso inocente) y en Portugal las empresas solo tienen un señor que es el representante de una compañía naviera inexistente en el plano palpable, solo un registro, pero igual eso sí vincula sobre lo comentado de la verdadera relación del barco con el país de bandera.

Como todo esto es lo que es y siempre se dijo que quien hace la ley hace la trampa, pues o jugamos todos o rompemos la baraja. Y lo digo con bandera española.

Editado por Zancarru en 27-07-2018 a las 08:59.
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  #9  
Antiguo 27-07-2018, 08:55
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Originalmente publicado por Noruego Ver mensaje
Con la nueva OM si...
Evidentemente los q redactaron tenían una cosa en mente y poca idea de los posibles casos....

No, son conscientes, te voy a decir como funciona:


Saca esta normativa y envía de paso una circular interna para que a los extranjeros residentes en España no se les toque..


Así es tan complicada la normativa española, para entenderse en ella hay que saber lo que salió y lo que dijeron después de como aplicar lo que salió...


Todo muy moderno, transparente, pensando siempre en el administrado..



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