Cita:
Originalmente publicado por Fuerza 7
Esas cosas, como tu dices, no las digo yo jejejeje, faltaria más, las dice el Convemar, y la ley española que lo armoniza...
Estudiate tu la legislacion antes de confundir a la gente anda.
Convención sobre el Derecho del Mar de 1982, artículo 92.1:
" los buques privados son territorio del Estado al que pertenecen, en función de su abanderamiento, con sometimiento a las leyes de aquel".
No voy a seguir con esta polemica absurda te lo he explicado lo suficientemente claro incluso con ejemplos muy graficos. 
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Una anotación: En la generalidad de los casos, las unidades de la flota de recreo
no son buques ...