![]() |
|
|
|
| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
![]() |
![]() |
![]() |
![]() |
|
#13
|
||||
|
||||
|
Cita:
El Plan de Usos de temporada del dominio publico marítimo terrestre del termino municipal de Rosas para las temporadas 2017-2021, cuya memoria consta de 13 paginas, ademas de sus anejos, hace referencia al ordenamiento de los usos que se le puede dar a las playas, calas y paseo marítimo, en su capitulo 11 y con un contenido de menos de una pagina hace referencia a las boyas autorizadas. En ningún lugar hace mención de la prohibición de fondear con ancla y menos la sanción correspondiente. De no haber mas información al respecto, esto se contradice con lo dicho por el vigilante "puedo pero no lo voy a sancionar". Desde mi visión de máster en ingeniera y gestión ambiental del ICT te digo que no es oro todo lo que reluce y a mi no me mueve lo políticamente correcto. He tenido muchas discusiones con mediambientalistas de corte talibán. Yo creo que es importante cuestionar todo aquello en lo que tengamos dudas, independientemente de si es a favor o en contra de nuestras creencias. Personalmente siempre fondeo mirando no arrastrar poseidonia, pero no por una cuestión de sanción, sino porque considero que cuanto menos influyamos sobre el medio mejor. Lo de la función de la poseidonia es porque he leído cosas contradictorias. Y como siempre derivamos hacia otros mares, vuelvo a la pregunta : - La guardia civil multa por fondear en zonas de poseidonea, aunque no tengas el ancla entre ella ![]() - Sabéis si las disposiciones municipales en cuestión tienen asociadas sanciones económicas ![]() - Medio ambiente tiene competencia sancionadora en la zona marítimo terrestre ![]() -Creo que existe un mapa de fondeo permitido, al menos en las islas los he visto, sabríais indicarme donde encontrarlo ![]() ![]() ![]() ![]() |
| Herramientas | |
| Estilo | |
|
|