![]() |
|
|
|
| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
![]() |
![]() |
![]() |
![]() |
|
|
|
#1
|
||||
|
||||
|
Cita:
Por ejemplo uno de los puntos que suelen estar siempre en los pliegos suele ser que deberá haber un marinero las 24 horas, pendiente de cualquier barco que tenga en cercanias del club nautico algun problema y deba de amarrar por alguna emergencia, y que tendra una radio de largo alcance conectada al canal 16 para recibir los avisos nauticos etc... ![]()
__________________
Se alzarán nuevos vientos, hincharán tus velas, y yo, dejaré el ánimo resuelto para abrazar a tu lado Horizontes... Editado por Fuerza 7 en 02-08-2018 a las 11:36. |
|
#2
|
||||
|
||||
|
Yo entiendo que es inconstitucional el negar amarre a un barco, por motivo de lista, raza, bandera, el color de los ojos del patrón, etc...
Es más, he navegado años, llevando los catas de la península a Baleares, para dejarlos allí charteando. Y he amarrado varias veces en Calpe, sin el problema que se comenta. Aunque eso fue antes de llevar El Temido lll al Caribe. Lo que haría en un caso de estos, es negarme a marcharme (como me he visto obligado a hacer en algún caso, por no querer darme amarre por ser catamarán). A mí me dió resultado. Salud y ![]()
__________________
![]() El cruce del Atlántico y posterior estancia en el Caribe de El Temido lll (2014/2016) http://foro.latabernadelpuerto.com/s...d.php?t=145184 |
|
#3
|
||||
|
||||
|
Cita:
Por es ninguna administración debería de permitir que prohíba conceder o dar amarres a barcos de la lista 6, ya sea un Juan Nadie que ha alquila un barco lista sexta como a una empresa que tenga barcos en lista sexta, ya sea una concesión como con sus mismos puertos que ellos mismos gestionan. Otra cosa sería que la administración, limitasen la concesión del número amarres a empresas de alquiler, indicando un % máximo de amarres para esas empresa, para evitar que dichas empresas desplacen a los Juan Nadie que quieren tener su propio barco. Eso lo vería correcto. Pero el prohibir me parece que debería de ser algo ilegal e inconstitucional, al igual que no se debería permitir que una empresa se presenta a una concesión, en su proyecto se indique que la eslora mínima sean 12m (por poner un ejemplo). O que los puertos que gestiona la propia administración, si tienes pabellón de la UE (que no sea el español), no te concedan un amarre. Sin embargo, la administración hace dejación de funciones y permite que cada uno tenga su pequeño reino de taifa (empezando por la propia administración). Ese tipo de cosas no deberían de estar permitidas ya que se está gestionando algo que es público (costa) |
![]() |
Ver todos los foros en uno |
| Herramientas | |
| Estilo | |
|
|