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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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#2
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35 € no os doy yo a vosotros, 100 me comprometi a poner en su dia, para que alguien agarrara al toro por los cuernos y hiciera que españa reconociera la legalidad internacional, igual si haceis un planteamiento valido, con unas directrices de actuacion concretas os las tengo que dar a vosotros...ya teneis algo previsto aparte de las reuniones de rigor? Sabes por que no soy de Anavre, por que con solo mirar vuestra pagina web se ve a la larga de que esto no es lo mio, ni lo mio ni lo de los miles de usuarios de la nautica deportiva cantabrica que andamos con esloras de 6 a 8 metros.... Vuelvo a repetir la pregunta, que se ha hecho desde Anavre para tumbar la D5, y que conste que a mi no me afecta, la titulacion me da de sobra, Que habeis hecho aparte de conseguir descuentos para vuestros asociados con todas esas academias nauticas que presionaron para que este esperpento de ley ( verguenza de medio europa) se aprobara. |
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#3
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Cita:
Esto es un bucle sin salida.... espero que encuentres a ese alguien que agarre al toro por los cuernos. Yo ya he hecho mi elección. Por suerte tenemos claro quien es el enemigo. NO? ![]() ![]()
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#4
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#5
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...pues nada....que encuentres al torero que agarre al toro por los cuernos. A ver como se acaba todo esto. ![]()
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#6
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Hola
Desde aquí mi apoyo a ANAVRE, y si al final deciden abrir una cuenta bancaria para ayudar económicamente para ir a los tribunales para tirar esta Orden Ministerial, yo haré la aportación que buenamente pueda realizar, espero que no pongan aportación mínima de 100 euripides. Y si al final no consiguen los recursos económicos para llevar esta OM al los tribunales, pues perfecto, habré hecho mi pequeña contribución a ANAVRE y que esa aportación se la gaste en lo que mejor consideren. Sobre la famosa D5. Espero no meterme en camisa de once varas, según he leído, y como no soy jurista, lo que voy a escribir es lo que mis pocas entendederas han llegado a entender, por lo que evidentemente no es catedra. El problema es que según que juristas, te dicen que el estado puede actuar sobre sus ciudadanos (nacionales o residentes). Así que si por ser español (también puedes tener doble nacionalidad) o residente, el estado español dice que debes de tener un título náutico para navegar en sus aguas, debes de tenerlo. Pero hay otros juristas que defienden que hay que cumplir con las leyes del pabellón. Por lo que si entre ellos que son los que entienden no lo tienen claro, te puedes meter en tribunales, y te toca un juez que tiene la interpretación de que el estado puede legislar sobre sus ciudadanos, pues date por fastidiado. Otra cosa muy distinta es que el estado español legisle sobre cosas que no son suyas (buques, aeronaves, trenes, etc, etc). Ahí hasta nuestras propias leyes nos prohíben legislar sobre dichos asuntos, en este tema, por lo que he leído no hay ningún tipo de duda ni fisura. Sobre que ha hecho ANAVRE, pues que yo sepa, gracias a ellos, podemos abanderar en otros países miembros de la UE. |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a dr.spooky | ||
kuovadix (25-09-2018) | ||
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#7
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Cita:
Así, que de facto, aunque sobre el papel la Constitución es la máxima norma en el ordenamiento jurídico español, en la práctica son las directivas europeas. En caso de no ser incorporadas, el estado español tiene que pagar multas diarias hasta su incorporación al ordenamiento. La directiva que garantiza la igualdad de derechos de todos los ciudadanos de la UE, queda totalmente vulnerada con la D5. Pensemos en un ciudadano Belga que viene y navega en las aguas frente a Valencia el mes de agosto y, otro ciudadano Belga residente en Valencia el mes de agosto, para navegar por esas aguas tiene que tener un título. No se tu, pero yo veo claro que no hay igualdad de derechos. Ya no te digo nada, si se ponen a exigir material a unos barcos abanderados en otros estados y con distintas exigencias y, no digamos si entramos a estudiar las exigencias de dicho material, que en muchas ocasiones puede no ser compatible. Imaginemos una radio homologada por la DGMM y que no esté homologada en Bélgica. ¿que legislación es la aplicable? evidentemente la bandera. La normas han de ser generales y aplicables en todo tiempo y generalidad. Es evidente que ésta norma no es aplicable, por lo tanto ya aquí sería inválida. Y así podriamos ir sacando los colores a los lerdos que han pensado esto para contentar unos beneficios espúreos de cuatro, bajo la siglas de la seguridad. |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a kuovadix | ||
navegante 2007 (25-09-2018) | ||
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