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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#51
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En breve:
Para que sirva como instrumento fuente limpia de verificación, y tomando como premisa, para simplificar, que se trata de un velero de bandera española, de 10 metros de eslora, que en algunos casos navega con arrancada a motor y/o a motor y vela, le son de aplicación según el Instrumento de Adhesión de España al Convenio sobre el Reglamento Internacional para prevenir los abordajes, ratificado por las Partes Contratantes (sic) del mismo en Londres el 20 de octubre de 1972, y publicado en el «BOE» núm. 163, de 9 de julio de 1977: Regla 20. Ámbito de aplicación. b) Las Reglas relativas a las luces deberán cumplirse desde la puesta del sol hasta su salida, y durante ese intervalo no se exhibirá ninguna otra luz, con la excepción de aquellas que no puedan ser confundidas con las luces mencionadas en este Reglamento o que no perjudiquen su visibilidad o carácter distintivo, ni impidan el ejercicio de una vigilancia eficaz. Regla 20. Ámbito de aplicación. e) Las luces y marcas mencionadas en estas Reglas cumplirán las especificaciones del anexo I de este Reglamento. Regla 21. Definiciones. a) La «luz de tope» es una luz blanca colocada sobre el eje longitudinal del buque, que muestra su luz sin interrupción en todo un arco del horizonte de 225 grados, fijada de forma que sea visible desde la proa hasta 22,5 grados a popa del través de cada costado del buque. b) Las «luces de costado» son una luz verde en la banda de estribor y una luz roja en la banda de babor que muestran cada una su luz sin interrupción en todo un arco del horizonte de 112,5 grados, fijadas de forma que sean visibles desde la proa hasta 22,5 grados a popa del través de su costado respectivo. En los buques de eslora inferior a 20 metros, las luces de costado podrán estar combinadas en un solo farol llevado en el eje longitudinal del buque. c) La «luz de alcance» es una luz blanca colocada lo más cerca posible de la popa que muestra su luz sin interrupción en todo un arco del horizonte de 135 grados, fijada de forma que sea visible en un arco de 67,5 grados, contados a partir de la popa hacia cada una de las bandas del buque. Regla 21. Definiciones. e) La «luz todo horizonte» es una luz que es visible sin interrupción en un arco de horizonte de 360 grados. Regla 23. Buques de propulsión mecánica en navegación. a) Los buques de propulsión mecánica en navegación exhibirán: i) una luz de tope a proa; ii) una segunda luz de tope, a popa y más alta que la de proa, exceptuando a los buques de menos de 50 metros de eslora, que no tendrán obligación de exhibir esta segunda luz, aunque podrán hacerlo; iii) luces de costado; iv) una luz de alcance. Regla 23. Buques de propulsión mecánica en navegación. d) i) Los buques de propulsión mecánica de eslora inferior a 12 metros podrán exhibir, en lugar de las luces prescritas en el párrafo a) de esta Regla, una luz blanca todo horizonte y luces de costado; Regla 23. Buques de propulsión mecánica en navegación. d) iii) En los buques de propulsión mecánica de eslora inferior a 12 metros, la luz de tope o la luz blanca todo horizonte podrá apartarse del eje longitudinal del buque si no es posible colocarla en dicho eje, a condición de que las luces de costado vayan combinadas en un solo farol, que se llevará en el eje longitudinal de buque o colocado tan cerca como sea posible de la línea proa-popa en que vaya la luz de tope o la luz blanca todo horizonte. Regla 25. Buques de vela en navegación y embarcaciones de remo. a) Los buques de vela en navegación exhibirán: i) luces de costado; ii) una luz de alcance. b) En los buques de vela de eslora inferior a 20 metros, las luces prescritas en el párrafo a) de esta Regla podrán ir en un farol combinado, que se llevará en el tope del palo o cerca de él, en el lugar más visible, c) Además de las luces prescritas en el párrafo a) de esta Regla, los buques de vela en navegación podrán exhibir en el tope del palo o cerca de él, en el lugar más visible, dos luces todo horizonte en línea vertical, roja la superior y verde la inferior, pero estas luces no se exhibirán junto con el farol combinado que se permite en el párrafo b) de esta Regla. Regla 25. Buques de vela en navegación y embarcaciones de remo. e) Un buque que navegue a vela, cuando sea también propulsado mecánicamente, deberá exhibir a proa, en el lugar más visible, una marca cónica con el vértice hacia abajo. Regla 38. Exenciones. Siempre que cumplan con los requisitos del Reglamento internacional para prevenir los abordajes en el mar, 1960, los buques (o categorías de buques) cuya quilla haya sido puesta, o se encuentre en una fase análoga de construcción, antes de la entrada en vigor del presente Reglamento, quedarán exentos del cumplimiento de éste, en las siguientes condiciones: h) El cambio de emplazamiento de las luces todo horizonte como consecuencia de lo especificado en la sección 9 b) del Anexo I del presente Reglamento: exención permanente. ANEXO I Posición y características técnicas de las luces y marcas 2. Posición y separación vertical de las luces. d) Los buques de propulsión mecánica de eslora inferior a 12 metros podrán llevar su luz más elevada a una altura inferior a 2,5 metros sobre la regala. Pero si llevan una luz de tope además de las luces de costado y de la luz de alcance, o si llevan la luz todo horizonte prescrita en la regla 23 c) i) además de las luces de costado, la luz de tope o la luz todo horizonte deberá estar por lo menos a 1 metro por encima de las luces de costado. ANEXO I Posición y características técnicas de las luces y marcas 2. Posición y separación vertical de las luces. f) i) La luz o las luces de tope prescritas en la Regla 23 a) irán colocadas de forma que queden claras y por encima de las restantes luces y obstrucciones, salvo en el caso indicado en el apartado ii) ii) Cuando sea imposible llevar las luces todo horizonte prescritas en la Regla 27 b) i) o en la Regla 28 por debajo de las luces de tope, se podrán llevar por encima de la luz o de las luces de tope de popa o verticalmente entre la luz o las luces de tope de proa y la luz o las luces de tope de popa, a condición de que, en este último caso, se cumpla con lo prescrito en la sección 3 c) del presente Anexo. ANEXO I Posición y características técnicas de las luces y marcas 2. Posición y separación vertical de las luces. g) Las luces de costado de los buques de propulsión mecánica irán colocadas a una altura por encima del casco, no superior a las tres cuartas partes de la altura de la luz de tope de proa. No deberán estar tan bajas que se interfieran con las luces de cubierta. h) Si las luces de costado van en un solo farol combinado, cuando lo lleve un buque de propulsión mecánica de eslora inferior a 20 metros, irá colocado a una distancia no inferior a un metro por debajo de la luz de tope. ANEXO I Posición y características técnicas de las luces y marcas 2. Posición y separación vertical de las luces. i) ii) En los buques de eslora inferior a 20 metros tales luces estarán separadas entre sí por una distancia no inferior a 1 metro y la más baja de ellas estará colocada a una altura no inferior a 2 metros por encima de la regala, salvo cuando esté prescrita una luz de remolque. ANEXO I Posición y características técnicas de las luces y marcas 3. Posición y separación horizontal de las luces. d) Cuando sólo se prescriba una luz de tope para un buque de propulsión mecánica, esta luz se exhibirá a proa del centro del buque, salvo que un buque de eslora inferior a 20 metros no necesita exhibir esta luz a proa del centro del buque, debiéndola exhibir lo más a proa que sea factible. ANEXO I Posición y características técnicas de las luces y marcas 9. Sectores horizontales. b) i) Las luces todo horizonte, excepto las luces de fondeo prescritas en la Regla 30, que no precisan ir colocadas a gran altura sobre cubierta, estarán situadas de manera que no queden obstruidas por palos, masteleros o estructuras en sectores angulares superiores a seis grados.
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Sailing is better than waiting for a perfect day to ship. _/) https://youtu.be/hJlojXdQVDQ |
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#52
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Me caigo una vez mas de la burra. Como han coincidido la mayor parte de cofrades:
A: es correcta (buque de vela en navegación) Regla 25a B: es correcta (buque de vela en navegación) Regla 25b D: es correcta (buque de propulsion mecanica en navegación) (recomendable con niebla) Regla 23, d/ i Anexo I/ 2. d Anexo I/ 9. b/ i F: es correcta (buque de propulsion mecanica en navegación) Regla 23, i, iii, y iv; Anexo I/ 2. d, i; Anexo I/ 2. g; Anexo I/ 3. d C y E: son incorrectas Incumplen el Anexo I/ 2. d En resumen, y como han dicho varios cofrades con toda claridad: “Cuando enciendas el motor apaga la tricolor” Cofrade Keixo, y resto de cofrades; ahora que ya hemos atado a la mosca por el rabo... como ya he dejado dicho arriba solo tengo tricolor. Que alternativas tengo para instalar tope, alcance y costado sin tener que pasar cables? Gracias.
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#53
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Amigo yo estoy igual, solo tengo la tricolor y la de tope.
estoy pensando en cablear proa y popa para poner costados y alcance, mientras tanto tengo unas portátiles, van a pilas, para poner o sacar, si me pilla la noche, o de respeto, si algún problema eléctrico me deja sin luces. ![]() sin cablear creo que es la única opción. ![]() |
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#54
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Tope guay
Pero solo veo dos Br, Sr y alcance? No haría falta además luz de tope o luz todo horizonte?
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#55
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Cita:
![]() Las hay portátiles y a pilas, pero son un co*azo: colócalas y luego solo duran una noche de verano. Valen para una emergencia y punto, y para eso casi mejor una flash en el brazo. Pero como apunte antes depende de la eslora de tu barco: si menor de 7 metros y menos de 7 nudos de velocidad puedes navegar a motor solo con una todo horizonte: es mi caso. PICÓN (6,60 m eslora, velero con motor) monta una triclor y superpuesta una todo horiozonte, que sirve para el fondeo y para navegar a motor.Y si tu eslora es menor de 12 m puedes navegar con la todo horizonte pero además luces de costado. ![]() |
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#56
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¿Y por qué no lo hacéis al revés? Quitad la ilustración, dejad solo las luces e intentad averiguar qué tipo de buque o embarcación sería con esas luces.
Enviado desde mi Aquaris X Pro mediante Tapatalk |
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#57
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Cielos! Otra vez no!
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#58
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Cita:
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| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Joanet78 | ||
Xenofonte (17-10-2018) | ||
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#59
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todas me parecen correctas porque se habla de embarcacion menor de 12m.
http://foro.latabernadelpuerto.com/s...d.php?t=136275 https://www.google.com/search?q=luce...EY3qSNgcW1Q4M:
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. Slava Ukrayini!.
Editado por markuay en 24-10-2018 a las 18:54. |
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#60
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La D me hace dudar.
![]() aunque creo que en realidad tambien es correcta.
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. Slava Ukrayini!.
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#61
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#62
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Mi barco lleva la configuracion F.
Muchos veleros procedentes del mercado frances de segunda mano no llevan luz todo horizonte en el tope de palo, ![]() particularmente los anteriores al 2000.
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. Slava Ukrayini!.
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#63
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por aquí se llegó a la conclusión de que D es correcta, barco menor de 12 m navegando a motor= todo horizonte + costados
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#64
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La única conclusión a la que yo llego es que el cerebro detrás del ripa estaba un poco tocado.
Nadie lo tiene claro No debería ser tan complicado ni dar lugar a tantas dudas...no? Enviado desde mi SM-N770F mediante Tapatalk
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