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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Estimados amigos PPER activos y aspirantes:
Este borrador no ha creado por arte de magia, es fruto de largas negociaciones de ANPPER, la Asociación Nacional de Patrones Profesionales de Embarcaciones de Recreo, con la Dirección General de Marina Mercante. Muy importante destacar la eliminación de los siguientes cursos de especialización: -Buques de Pasaje Solas -Avanzado en Lucha Contraincendios -Embarcaciones de Supervivencia y botes de Rescate (No rápidos). Otro tema VIP, es la ampliación: 12 pasajeros + tripulación Se mantienen las dos clases de PPER: 2.1. Atribuciones relativas a la navegación: Para el gobierno de embarcaciones de recreo de bandera española matriculadas en las listas sexta o séptima, siempre que no lleven más de 12 pasajeros más la tripulación con el límite de personas a bordo según la clasificación de la embarcación, y de eslora igual o inferior a 24 metros, en las siguientes categorías: 1. Categoría primera: Navegaciones a lo largo de la costa dentro de la zona comprendida entre ésta y la línea de 60 millas paralela a la misma. 2. Categoría segunda: Navegaciones de cabotaje y a lo largo de la costa dentro de la zona comprendida entre ésta y la línea de 150 millas paralela a la misma. https://anpper.es/borrador-del-rd-so...profesionales/ Un cordial saludo, Javichi ![]() |
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#2
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No entiendo bien que diferentes requisitos exigen para un PPER categoría 1 y un PPER categoría 2.
No son los mismos requisitos para uno u otro , según se desprende del borrador que se ha puesto? ![]() |
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#3
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Cita:
I. Atribuciones relativas a la navegación: Para el gobierno de embarcaciones de recreo de bandera española matriculadas en las listas sexta o séptima, siempre que no lleven más de 12 personas a bordo incluida la tripulación, de eslora igual o inferior a 24 metros, en las siguientes categorías: 1. Navegaciones a lo largo de la costa dentro de la zona comprendida entre ésta y la línea de 60 millas paralela a la misma. 2. Navegaciones de cabotaje y a lo largo de la costa dentro de la zona comprendida entre ésta y la línea de 150 millas paralela a la misma. 1. En la categoría del párrafo 1 podrán navegar aquellos poseedores del certificado de especialidad de PPER, además de los certificados necesarios en vigor. 2. En la categoría del párrafo 2 podrán navegar aquellos poseedores del certificado de especialidad de PPER con los certificados necesarios en vigor. Estarán en posesión de la tarjeta profesional de operador general del Sistema Mundial de Socorro y Seguridad Marítima, en vigor. Además de lo anterior, deberá acreditar un período de embarque no inferior a 24 meses en el ejerciendo como patrón. Vidal Mestre pper.sailorsdreams.com |
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scampolo (06-11-2018) | ||
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#4
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Alguien tiene el temario vigente para próximo examen ?
Mi mail es jose.velasco@hotmail.com . Gracias |
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#5
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Cita:
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#6
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Para la obtención del Certificado de Categoría 1, hace falta presentar una declaración responsable de haber navegado (al menos 50 días y 2.500 millas,) y realizado (5 travesías como mínimo de 60 millas) medidas a lo largo de la ruta navegable más corta, , de un puerto de zarpada a uno de destino, ejerciendo como patrón , esta travesía es de altura y tiene una duración ( mínima 48 horas)
Para la Categoría 2 deberá acreditar un período de embarque no inferior a 24 meses en el ejerciendo como patrón. ( Certificado de empresa naviera si eres por cuenta ajena, diferente si eres autónomo , más certificado de vida laboral del la S.S. ó I.S.M. Saludos Vidal Mestre pper.sailorsdreams.com Editado por Vidal Mestre en 21-12-2018 a las 11:30. |
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Capitan Barbosa (15-07-2019) | ||
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#7
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Buenos días y unos zumos de cebada para todos!
![]() Estos de la marina mercante, no hay quien los entienda, regalan titulos a la gente, sin experiencia, sin saber hacer nudos, el 100% de todos practicas aprobadas ( es que somo unos maquinas todos eeeh) Esto de verdad es para pararse a pensar (todos) PRACTICAS,¿A que le llamais practicas y porque no se evalúan como deberían? en Inglaterra no es asi...y por ellos siempre estarán mas preparados que nosotros recreativamente y por eso cualquiera que venga aquí, nos infravalora o los mercantes. Lo que se debería exigir es que sea todo mas legal. Que ANPPER, sean mas profesionales y exigentes y que intenten que este titulo valga de verdad y tenga su importancia, se están riendo de nosotros. Porque por lo que respecta a mi es de risa, y ellos lo saben...y al saberlo tarde o temprano no irán tocando los cojones como ellos quieran porque al saber lo ridicuo de fácil de sacarse el pper y jurar que has navegado tantos días o millas( Esto de jurar días..).se lo han sacado de la manga, para que esta libreta(Mas legal que eso y jurado no hay). Y ellos saben que van a jugar con nosotros como les plazca, por eso no es titulo profesional es certificado y así pueden cambiar las atribuciones cuando quieran y como quieran o borrarlo del mapa, como ya han hecho con otros certificados. Resumiendo... si quien nos defiende es ANPPER, deberían estudiar la manera que no regalen el titulo, que las practicas , sean practicas y no paseos y se califique las distintas aptitudes del marino abordo, porque salen sin experiencia( si se tiene que suspender que se suspenda) y así no lo infravaloren y sea mas seguro el mar, veo muy bien que quiten ciertos certificados, yo los tengo todos, de mucho antes, pero es normal. Y de la declaración jurada, mejor ni hablamos. Pero me parece indígnate en el supuesto que ANPPER no haya mencionado estos casos super graves, de infravaloración y ridiculez de títulos, de seguridad marítima. Esta bien quitar cosas, pero también hay que poner, por seguridad Pienso que hay que tener autocritica y luchar, por la buena educación,exigencia y mas estando en el ma Marino mercante,con muchas millas en libreta y no libreta estudiando PPer, con padre Capitan de marina mercante. Un saludo a todos y nos vemso en la pista baile,...que siempre habrá de todo como en el mar. |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a alejandroibiza | ||
nautica23432 (21-12-2018) | ||
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#8
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Amigo alejandroibiza, en mi opinión has dado en el clavo. las prácticas! Eso es la clave de todo.
En España los títulos tienen mucha carga lectiva, lo cual está bien. Pero nadie aprende a navegar con un libro. Nos encontramos con casos de gente, con título de Capitán de Yate, que no ha atracado un barco en su vida, ni hecho una maniobra hombre al agua. Eso es un disparate y es lo que degrada, en mi opinión, los títulos españoles de recreo. Luego claro, llegan para sacarse el PPER con nula experiencia, por muchos certificados de especialidad que se obtengan. Es más que necesario un examen práctico de mínimos para todos los títulos, desde el PER. |
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