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Antiguo 06-11-2018, 08:42
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Vidal Mestre
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Predeterminado Re: Proyecto De Real Decreto Por El Que Se Regulan Las Titulaciones Profesionales Y P

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Originalmente publicado por scampolo Ver mensaje
No entiendo bien que diferentes requisitos exigen para un PPER categoría 1 y un PPER categoría 2.
No son los mismos requisitos para uno u otro , según se desprende del borrador que se ha puesto?
En Resolución de 12 de julio de 2017, de la Dirección General de la Marina Mercante, publicada el 5 de septiembre de 2017 en BOE, se amplian a 2 las Categorías de PPER.

I. Atribuciones relativas a la navegación:
Para el gobierno de embarcaciones de recreo de bandera española matriculadas en las listas sexta o séptima, siempre que no lleven más de 12 personas a bordo incluida la tripulación, de eslora igual o inferior a 24 metros, en las siguientes categorías:

1. Navegaciones a lo largo de la costa dentro de la zona comprendida entre ésta y la línea de 60 millas paralela a la misma.
2. Navegaciones de cabotaje y a lo largo de la costa dentro de la zona comprendida entre ésta y la línea de 150 millas paralela a la misma.

1. En la categoría del párrafo 1 podrán navegar aquellos poseedores del certificado de especialidad de PPER, además de los certificados necesarios en vigor.
2. En la categoría del párrafo 2 podrán navegar aquellos poseedores del certificado de especialidad de PPER con los certificados necesarios en vigor. Estarán en posesión de la tarjeta profesional de operador general del Sistema Mundial de Socorro y Seguridad Marítima, en vigor. Además de lo anterior, deberá acreditar un período de embarque no inferior a 24 meses en el ejerciendo como patrón.

Vidal Mestre
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scampolo (06-11-2018)
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Antiguo 06-11-2018, 19:42
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Predeterminado Re: Proyecto De Real Decreto Por El Que Se Regulan Las Titulaciones Profesionales Y P

Alguien tiene el temario vigente para próximo examen ?
Mi mail es jose.velasco@hotmail.com .
Gracias
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  #3  
Antiguo 19-12-2018, 18:38
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Predeterminado Re: Proyecto De Real Decreto Por El Que Se Regulan Las Titulaciones Profesionales Y P

Cita:
Originalmente publicado por Vidal Mestre Ver mensaje
En Resolución de 12 de julio de 2017, de la Dirección General de la Marina Mercante, publicada el 5 de septiembre de 2017 en BOE, se amplian a 2 las Categorías de PPER.

I. Atribuciones relativas a la navegación:
Para el gobierno de embarcaciones de recreo de bandera española matriculadas en las listas sexta o séptima, siempre que no lleven más de 12 personas a bordo incluida la tripulación, de eslora igual o inferior a 24 metros, en las siguientes categorías:

1. Navegaciones a lo largo de la costa dentro de la zona comprendida entre ésta y la línea de 60 millas paralela a la misma.
2. Navegaciones de cabotaje y a lo largo de la costa dentro de la zona comprendida entre ésta y la línea de 150 millas paralela a la misma.

1. En la categoría del párrafo 1 podrán navegar aquellos poseedores del certificado de especialidad de PPER, además de los certificados necesarios en vigor.
2. En la categoría del párrafo 2 podrán navegar aquellos poseedores del certificado de especialidad de PPER con los certificados necesarios en vigor. Estarán en posesión de la tarjeta profesional de operador general del Sistema Mundial de Socorro y Seguridad Marítima, en vigor. Además de lo anterior, deberá acreditar un período de embarque no inferior a 24 meses en el ejerciendo como patrón.

Vidal Mestre
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Sólo para aclararme: en la categoría del párrafo 1 también hace falta una declaración de haber realizado 50 días y 2500 millas ¿no? ¿Es una declaración o un certificado de cada barco con el que hayas salido? No sé muy bien cómo se certifica esto. Gracias
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  #4  
Antiguo 19-12-2018, 23:57
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Vidal Mestre
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Predeterminado Re: Proyecto De Real Decreto Por El Que Se Regulan Las Titulaciones Profesionales Y P

Para la obtención del Certificado de Categoría 1, hace falta presentar una declaración responsable de haber navegado (al menos 50 días y 2.500 millas,) y realizado (5 travesías como mínimo de 60 millas) medidas a lo largo de la ruta navegable más corta, , de un puerto de zarpada a uno de destino, ejerciendo como patrón , esta travesía es de altura y tiene una duración ( mínima 48 horas)

Para la Categoría 2 deberá acreditar un período de embarque no inferior a 24 meses en el ejerciendo como patrón. ( Certificado de empresa naviera si eres por cuenta ajena, diferente si eres autónomo , más certificado de vida laboral del la S.S. ó I.S.M.

Saludos

Vidal Mestre
pper.sailorsdreams.com

Editado por Vidal Mestre en 21-12-2018 a las 11:30.
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Capitan Barbosa (15-07-2019)
  #5  
Antiguo 20-12-2018, 11:14
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Grumete Pirata
 
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Predeterminado Re: Proyecto De Real Decreto Por El Que Se Regulan Las Titulaciones Profesionales Y P

Buenos días y unos zumos de cebada para todos!


Estos de la marina mercante, no hay quien los entienda, regalan titulos a la gente, sin experiencia, sin saber hacer nudos, el 100% de todos practicas aprobadas ( es que somo unos maquinas todos eeeh) Esto de verdad es para pararse a pensar (todos) PRACTICAS,¿A que le llamais practicas y porque no se evalúan como deberían? en Inglaterra no es asi...y por ellos siempre estarán mas preparados que nosotros recreativamente y por eso cualquiera que venga aquí, nos infravalora o los mercantes.
Lo que se debería exigir es que sea todo mas legal. Que ANPPER, sean mas profesionales y exigentes y que intenten que este titulo valga de verdad y tenga su importancia, se están riendo de nosotros. Porque por lo que respecta a mi es de risa, y ellos lo saben...y al saberlo tarde o temprano no irán tocando los cojones como ellos quieran porque al saber lo ridicuo de fácil de sacarse el pper y jurar que has navegado tantos días o millas( Esto de jurar días..).se lo han sacado de la manga, para que esta libreta(Mas legal que eso y jurado no hay).
Y ellos saben que van a jugar con nosotros como les plazca, por eso no es titulo profesional es certificado y así pueden cambiar las atribuciones cuando quieran y como quieran o borrarlo del mapa, como ya han hecho con otros certificados.

Resumiendo... si quien nos defiende es ANPPER, deberían estudiar la manera que no regalen el titulo, que las practicas , sean practicas y no paseos y se califique las distintas aptitudes del marino abordo, porque salen sin experiencia( si se tiene que suspender que se suspenda) y así no lo infravaloren y sea mas seguro el mar, veo muy bien que quiten ciertos certificados, yo los tengo todos, de mucho antes, pero es normal.
Y de la declaración jurada, mejor ni hablamos. Pero me parece indígnate en el supuesto que ANPPER no haya mencionado estos casos super graves, de infravaloración y ridiculez de títulos, de seguridad marítima.
Esta bien quitar cosas, pero también hay que poner, por seguridad

Pienso que hay que tener autocritica y luchar, por la buena educación,exigencia y mas estando en el ma
Marino mercante,con muchas millas en libreta y no libreta estudiando PPer, con padre Capitan de marina mercante.

Un saludo a todos y nos vemso en la pista baile,...que siempre habrá de todo como en el mar.
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nautica23432 (21-12-2018)
  #6  
Antiguo 20-12-2018, 11:44
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Predeterminado Re: Proyecto De Real Decreto Por El Que Se Regulan Las Titulaciones Profesionales Y P

Amigo alejandroibiza, en mi opinión has dado en el clavo. las prácticas! Eso es la clave de todo.

En España los títulos tienen mucha carga lectiva, lo cual está bien. Pero nadie aprende a navegar con un libro. Nos encontramos con casos de gente, con título de Capitán de Yate, que no ha atracado un barco en su vida, ni hecho una maniobra hombre al agua. Eso es un disparate y es lo que degrada, en mi opinión, los títulos españoles de recreo. Luego claro, llegan para sacarse el PPER con nula experiencia, por muchos certificados de especialidad que se obtengan.

Es más que necesario un examen práctico de mínimos para todos los títulos, desde el PER.
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  #7  
Antiguo 26-12-2018, 06:47
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Predeterminado Re: Proyecto De Real Decreto Por El Que Se Regulan Las Titulaciones Profesionales Y P

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Originalmente publicado por ByMiki Ver mensaje
Amigo alejandroibiza, en mi opinión has dado en el clavo. las prácticas! Eso es la clave de todo.

En España los títulos tienen mucha carga lectiva, lo cual está bien. Pero nadie aprende a navegar con un libro. Nos encontramos con casos de gente, con título de Capitán de Yate, que no ha atracado un barco en su vida, ni hecho una maniobra hombre al agua. Eso es un disparate y es lo que degrada, en mi opinión, los títulos españoles de recreo. Luego claro, llegan para sacarse el PPER con nula experiencia, por muchos certificados de especialidad que se obtengan.

Es más que necesario un examen práctico de mínimos para todos los títulos, desde el PER.
en el País Vasco tienes esa opción. En vez de realizar las prácticas en una academia náutica, todos los años, por junio mas o menos, se realiza una convocatoria de exámenes prácticos de todas las titulaciones. pagas tasas unos 50€ para Capitán de Yate.
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  #8  
Antiguo 19-02-2019, 19:04
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Predeterminado Re: Proyecto De Real Decreto Por El Que Se Regulan Las Titulaciones Profesionales Y P

Muy buenas a todos y una ronda de mi cuenta.
La verdad es que, desde que me registré, no he estado muy activo pero no me arrepiento de haber mantenido el contacto porque siempre encuentro a compañeros que me echan una mano con las dudas. Gracias a todos!


El caso es que, aunque no necesito trabajar como patrón, estoy hartito de mi profesión y siempre es algo que tengo ahí pendiente. Es verdad que ya soy un abuelo pero sólo hay una vida y no hay que perderla trabajando en lo que ya estás cansado... En fin, menos rollo y al lío.


Estoy a punto de intentar sacarme el yachtmaster porque me han dicho que hay cierto proyecto que lo convalidaría con el PPER, es decir, que podría trabajar con el yachtmaster y los certificados del PPER, pero no he encontrado nada a parte cosas como lo que menciona el cofrade Vidal Mestre. Básicamente es la eliminación de alguno de los certificados.


Por supuesto, estoy apuntado al examen de abril pero se me pone cuesta arriba lo que abulta el temario y creo que no me aporta ya que no se preocupan por la capacitación de verdad, por gobernar un velero con pasajeros. Desde luego, tengo cierta experiencia y cuando navego con amigos me siento perfectamente cualificado pero me molesta que a la Administración no le preocupe la formación práctica.


El caso es que parece que para trabajar como patrón en barcos con bandera española tengo que sacarme el PPER, pero para trabajar con cualquier otra, puedo con el Yachtmaster. No es así?


A ver si me va a salir más a cuenta abanderar fuera y sacarme el Yachtmaster.


Alguien me ilustra?


Salut.
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