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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Las embarcaciones anteriores al marcado CE que ya estaban "navegando" en cada país no tienen que obtener esa homologación.
Las embarcaciones que ya estaban matriculadas en España, siguen navegando con los requisitos técnicos que se exigían en el momento de su matriculación. Por simplificar, hay dos tipos de homologaciones, antes del marcado CE cada país tenía una homologación "nacional" y cuando aparece el marcado CE la homologación es común a todos los países. Con un barco sin marcado CE te puedes encontrar "simplificando" en tres situaciones: 1ª.- Si procede de un país tercero (No UE) tendrás que adaptarla a la normativa actual y pasar por un proceso que acredite que cumple con la normativa CE. 2ª.- Si procede de otro país UE tendrás que acreditar que o bien cumple el marcado CE ó 3ª.- Si procede de otro país UE y no cumple con el marcado CE hay dos situaciones: a) Ese barco en su día fue homologado en España, el procedimiento es más sencillo porque para ese barco ya existe una homologación "nacional". b) Si no estaba ya homologado te toca hacer una homologación para tu barco y eso es bastante complicado y costoso (En realidad ninguno de los dos casos es barato ni sencillo) |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a LP706 | ||
Chemaximus (13-11-2018) | ||
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#2
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Gracias LP706. La gracia de la homologación española y lo que exige, obliga a gastarse un pastizal al propietario de la embarcación. Podríamos poner lo que exigen en otros países de la UE de nuestro entorno económico y geográfico. Seguro que se permite con una simple ITV o incluso ni eso. Pero esto es España.
A ver si abrimos los ojos y exigimos que cambien de una vez la normativa que afecta a los barcos de RECREO |
| 2 Cofrades agradecieron a ARIELON este mensaje: | ||
Chemaximus (13-11-2018), Planeta Agua (26-11-2018) | ||
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#3
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No sé que precios puede haber en otros países UE, pero la base tiene que ser la misma, homologación nacional o marcado CE.
Ningún país serio permite matricular o abanderar una embarcación que no cumpla los requisitos técnicos que establezcan sus normas y homologar un barco no creo que sea sencillo ni barato en ningún sitio. Para homologar una embarcación harán falta planos, ensallos y algún técnico capaz de certificar que se cimple con una normativa. No es algo que un funcionario o técnico de ITB pueda hacer a ojo. Y aunque alginos nos quieran hacer creer que en Europa atan los perros con longaniza estoy seguro de que el procedimiento debe ser parecido y el costo similar o superior. |
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#4
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Exactamente, seguro que tienes razón en el proceso de homologación, debe ser complicado en otros países. La diferencia es en qué casos piden ese proceso.
Esa es la diferencia. Y te digo más, la longaniza es un producto español, no existe como tal en otros países. |
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#5
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En muchos países ni siquiera hace falta matricular/registrar una embarcación de recreo hasta determinada eslora (12-15m). Pero por supuesto es necesario para salir al extranjero.
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incerti quo fata ferant, ubi sistere detur ...sin saber a dónde nos llevarán los hados, dónde nos será dado establecernos. |
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#6
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"...la longaniza es un producto español, no existe como tal en otros países..."
![]() ![]() ![]() ![]() Como bien han dicho, hay que ir a ver que hacen en paises serios, del que España hoy por hoy, no entra. |
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#7
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Cita:
De momento no me ha contestao nada. Así que me espero tomándome una longaniza....Eeepaaañooola 😂😂😂 Enviado desde mi MYA-L11 mediante Tapatalk |
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#8
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Cita:
Ni los comerciantes, importadores o distribuidores "honrados" ponen en el mercado artículos que no cumplan las normas. De modo que embarcaciones que no cumplan las normas serán habas contadas, autoconstrucción o importaciones que hayan hecho directamente los propietarios, etc. Es posible que en muchos casos no haya un control previo como ocurre en España, pero eso no significa que haya absoluta libertad para hacer lo que quieras, aunque haya cosas que se dejan a la responsabilidad del ciudadano. Si quieres, te puedes construir una balsa con troncos y lanzarte a navegar, pero si ocasionas un accidente y tu balsa no reunía las condiciones para navegar con seguridad.................prepárate. |
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#9
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Si lo compras de 2ª mano anterior al 98, no tienes que hacer nada porque se supone que ya estaba legal desde antes. Y si es de 1ª (de serie) ya cumple la normativa CE. Y aunque varía según países, en muchos prácticamente puedes navegar en cualquier cosa que flote, por supuesto, "at your own risk". Efectivamente, con el seguro (que es opcional en la mayoría de los países, aunque muchos puertos lo requieren) ya es otro cantar porque ahí ya te lo valorará la compañía según sus propios criterios.
Por poner un ejemplo, aquí va la normativa danesa. Sólo se requiere marcado CE para los más recientes del 98, y para los autoconstruidos sólo si se venden a un tercero antes de los cinco años de su construcción. https://www.dma.dk/SkoleFritidssejla...aerkning.aspx#
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incerti quo fata ferant, ubi sistere detur ...sin saber a dónde nos llevarán los hados, dónde nos será dado establecernos. |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Bertie | ||
Chemaximus (14-11-2018) | ||
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