Tal como lo enfocas y por lo que leo.
Hay dos posibilidades u opciones:
Titular, bien sea armador o vendedor. Si el comisionista no tiene titularidad, se necesita contrato de compraventa con el titular, de no ser así va a ser una fuente de futuros problemas.
Documento que justifique la adquisición y la nueva titularidad, por embargo, incautación, subasta, dejadez, abandono.....A ser posible por autoridad competente.
Si alguien vende algo de lo que no tiene titularidad, entramos en..............

Un saludo
