La Taberna del Puerto Osmosis
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  #1  
Antiguo 02-05-2019, 10:25
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Predeterminado Re: Aprobado habilitaciones anejas titulaciones

Por cierto, le lo que lay en el BOE, me parece bastante sencillo, lo de las habilitaciones y son para lista 6º y 7º, que era lo más lógico y natural
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  #2  
Antiguo 03-05-2019, 12:15
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Grumete Pirata
 
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Predeterminado Re: Aprobado habilitaciones anejas titulaciones

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Originalmente publicado por llanera Ver mensaje
Por cierto, le lo que lay en el BOE, me parece bastante sencillo, lo de las habilitaciones y son para lista 6º y 7º, que era lo más lógico y natural
Por supuesto, de lo mas lógico, si he sabido interpretar lo escrito, desde ahora se puede llevar pasajeros de pago en un barco de la 7ª sin tener que facturar ni declarar ni asegurar. Viva la nueva Ley!
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  #3  
Antiguo 03-05-2019, 12:22
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Predeterminado Re: Aprobado habilitaciones anejas titulaciones



pues va a ser que no, esta norma no modifica las diferencias entre 6ª y 7ª

para llevar pasajeros de pago, la 6ª

la autorización para la 7ª se refiere a otras habilitaciones, las propias de la lista, por ejemplo patronear para un propietario y algunas más que se me ocurren que no conllevan contratos con pasajeros que pagan por ese servicio
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  #4  
Antiguo 03-05-2019, 12:28
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Grumete Pirata
 
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Predeterminado Re: Aprobado habilitaciones anejas titulaciones

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Originalmente publicado por Bob Ver mensaje


pues va a ser que no, esta norma no modifica las diferencias entre 6ª y 7ª

para llevar pasajeros de pago, la 6ª

la autorización para la 7ª se refiere a otras habilitaciones, las propias de la lista, por ejemplo patronear para un propietario y algunas más que se me ocurren que no conllevan contratos con pasajeros que pagan por ese servicio
Gracias por la aclaración, creo que habrás adivinado el tono irónico de mi respuesta anterior...
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Bob (03-05-2019)
  #5  
Antiguo 04-05-2019, 11:29
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Predeterminado Respuesta: Aprobado habilitaciones anejas titulaciones

Pesca y excursiones a cinco millas de la costa


b) Realizar actividades de atraque, fondeo, remolque o desplazamiento de
embarcaciones de recreo dentro de las aguas correspondientes a puertos, puertos
deportivos, marinas o playas, así como su traslado a otro puerto o lugar siempre que la
navegación no tenga lugar a una distancia superior a CINCO MILLAS NAUTICAS DE LA COSTA
c) Realizar pruebas de mar de embarcaciones de recreo y motos náuticas.
d) Y el gobierno de embarcaciones destinadas al socorrismo en playas.
2. Los poseedores de los títulos de capitán de yate y patrón de yate podrán
igualmente patronear embarcaciones de recreo transportando hasta 6 pasajeros
para la realización de excursiones turísticas y la práctica de pesca de recreo, dentro
del mismo ámbito geográfico señalado en el PARRAFO ANTERIOR
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hma (04-05-2019)
  #6  
Antiguo 04-05-2019, 11:56
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Predeterminado Respuesta: Aprobado habilitaciones anejas titulaciones

pues los charters, por poner un ejemplo de ibiza a formentera , se van a poder hacer con el patrón de yate, un barco de hasta 24 metros con 6 pax y hasta 5 millas de la costa , cubre el 90% de la oferta de charter actual, es una gran noticia. solo hay que sacar la formación basica y a trabajar de patron de yate profesional.

La formación basica por apenas 500 pavos te la sacas y la rentabilizas con las propinas de 5-10 viajes, por ejemplo aquí

https://www.formacionalfer.com/forma...sica=seguridad

Editado por hma en 04-05-2019 a las 12:01.
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  #7  
Antiguo 04-05-2019, 12:16
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Predeterminado Re: Aprobado habilitaciones anejas titulaciones

Mmhh... Las excursiones turísticas parece que están restringidas a itinerarios fijos y venta de billetes... No son charter...

De la página de FOMENTO ...


El arrendamiento o chárter de embarcaciones de recreo se encuentra regulado básicamente en la Orden del Ministerio de Transporte, Turismo y Comunicaciones de 4 de diciembre de 1985 (BOE de 13 de diciembre de 1985, número 298), con excepción de las denominadas excursiones marítimas; es decir, aquellas travesías en las que se vende un pasaje turístico para mostrar fondos marinos, avistamiento de fauna marina, etc.

Claro que todo dependerá de lo fuerte que se quieran poner las inspecciones.. Yo creo que esto es en general positivo, pero desde luego malo para los patrones por cuenta ajena..
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  #8  
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Predeterminado Re: Respuesta: Aprobado habilitaciones anejas titulaciones

Cita:
Originalmente publicado por Pepota Ver mensaje
Pesca y excursiones a cinco millas de la costa


b) Realizar actividades de atraque, fondeo, remolque o desplazamiento de
embarcaciones de recreo dentro de las aguas correspondientes a puertos, puertos
deportivos, marinas o playas, así como su traslado a otro puerto o lugar siempre que la
navegación no tenga lugar a una distancia superior a CINCO MILLAS NAUTICAS DE LA COSTA
c) Realizar pruebas de mar de embarcaciones de recreo y motos náuticas.
d) Y el gobierno de embarcaciones destinadas al socorrismo en playas.
2. Los poseedores de los títulos de capitán de yate y patrón de yate podrán
igualmente patronear embarcaciones de recreo transportando hasta 6 pasajeros
para la realización de excursiones turísticas y la práctica de pesca de recreo, dentro
del mismo ámbito geográfico señalado en el PARRAFO ANTERIOR

Te has dejado el punto A), a proposito?
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  #9  
Antiguo 05-05-2019, 10:24
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Predeterminado Respuesta: Re: Respuesta: Aprobado habilitaciones anejas titulaciones

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Originalmente publicado por eduardo4 Ver mensaje
Te has dejado el punto A), a proposito?
Ya se que el castellano es dificil de leer y todavia mas de entender,pero el parrafo anterior es el parrafo anterior y es el b,el anterior al b es el a y por supuesto lo he dejado de mencionar a proposito.

No entiendo porque hay gente interesada en recortar las habilitaciones que su majestad la DGMM nos da.
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