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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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| Avisos |
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#1
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Cita:
De todas formas, el peligro de navegar más allá de las 12 millas estando en zona 4 es el seguro y el AIS, ya que la autoridad (GC, Aduanas, ....) saben los que has hecho y por donde has navegado y si tienes un accidente, es como si no llevases seguro. Saludos Rafa
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![]() RAFNI KAI www.RAFNI.es "Sean felices, porque la vida es urgente. La vida es una y ahora, así que hay que vivirla a tope y con intensidad" |
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#2
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Si llevas pabellon no español el seguro te sigue cubriendo fuera del mar territorial y fuera de las 12 millas (no siempre coincide la zona de navegacion 4 y las aguas territoriales), y en ultimo caso hasta donde cubra la poliza contratada. Las titulaciones españolas solo sirven en españa.
El patron de un barco extranjero no necesita ninguna titulacion española fuera de aguas españolas aunque sea residente en españa. A un barco español le puede parar y registrar la GC en cualquier lugar del mundo.
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. Slava Ukrayini!.
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#3
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Pues yo creo que hay navegando por el mundo bastantes personas con titulaciones españolas y no tienen ningún problema.Cita:
![]() Saludos Rafa
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#4
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Yo no he dicho que tengas problemas para navegar por el mundo con una titulación española, he dicho que las titulaciones españolas solo sirven en territorio español.
Fuera de España no deberías tener problemas con o sin una titulación española, como ves son cosas distintas. Un barco español es territorio español en cualquier parte del mundo y por lo tanto un barco de la GC o de la armada puede inspeccionarlo en cualquier punto del mundo mientras no sean aguas territoriales de otro país soberano, puede parecerte mejor o peor, pero es lo que hay. Solo tienes que molestarte en consultarlo. Yo no opino, simplemente expongo.
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. Slava Ukrayini!.
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#5
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Gracias a todos. Creo que ha quedado suficientemente claro: Un buque español, navegando en aguas que no sean mar terriotorial de otros paises, puede ser inspeccionado por la Guardia Civil y/o cualquier autoridad. me viene a la cabeza las detenciones que se hacen en alta mar de veleros cargados con droga... por la policía aduanera.
Si tengo algún error, os gradecería que lo indiquéis. Gracias y saludos ![]() ![]() |
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#6
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Cita:
Saludos Rafa
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| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a ROyOR | ||
hma (28-07-2019) | ||
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#7
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Cita:
Yo no he dicho que no entiendas lo que lees, ni tengo ningún interés en tener razon, es más creo que he sido muy respetuoso, simplemente doy una información y te comento que puedes contratarla en otras fuentes.
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. Slava Ukrayini!.
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#8
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Un buque,barco, embarcación de recreo ctr, que navegue con Pabellón Español,tiene la consideración de territorio español,en alta mar un barco de la Armada, de Aduanas o de la "Benemérita" te puede parar y abordar, pues no dejas de ser español y el barco también, naturalmente será con una causa justificada, lo que pasa es que será difícil que cruzando el charco te encuentras a los "de verde"
, pero poder si que pueden.![]() |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a llanera | ||
ROyOR (29-07-2019) | ||
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#9
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Tengamos paz en cubierta, antes de que nos visite el contramaestre y nos recete dieta de agua turbia y galleta de la Guerra de Cuba ![]() Al lío: Desde la entrada en vigor del Real Decreto 246/1991, de 22 de febrero, que regula el Servicio Marítimo de la Guardia Civil, la GC puede actuar tanto dentro de la zona de mar territorial y contigua ( es decir, las famosas 12 millas) como - excepcionalmente y conforme a tratados- en alta mar y aguas de terceros estados. Otra cosa es que la GC apenas se persone en AM, con la excepción de operaciones contra el narcotráfico y la trata de personas, ya que hay litoral y problemas suficientes dentro del MT patrio como para darse paseos "porque sí" por esos mares de Dios ![]() Pedid lo que queráis que esta ronda la paga servidor ![]() ![]() ![]() Editado por Juan de Nova en 02-08-2019 a las 15:19. |
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| atribuciones, distancia costa, guardia civil, mar territorial, zona 4 navegación |
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