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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Pues yo creo que hay navegando por el mundo bastantes personas con titulaciones españolas y no tienen ningún problema.Cita:
![]() Saludos Rafa
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![]() RAFNI KAI www.RAFNI.es "Sean felices, porque la vida es urgente. La vida es una y ahora, así que hay que vivirla a tope y con intensidad" |
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#2
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Yo no he dicho que tengas problemas para navegar por el mundo con una titulación española, he dicho que las titulaciones españolas solo sirven en territorio español.
Fuera de España no deberías tener problemas con o sin una titulación española, como ves son cosas distintas. Un barco español es territorio español en cualquier parte del mundo y por lo tanto un barco de la GC o de la armada puede inspeccionarlo en cualquier punto del mundo mientras no sean aguas territoriales de otro país soberano, puede parecerte mejor o peor, pero es lo que hay. Solo tienes que molestarte en consultarlo. Yo no opino, simplemente expongo.
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. Slava Ukrayini!.
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#3
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Gracias a todos. Creo que ha quedado suficientemente claro: Un buque español, navegando en aguas que no sean mar terriotorial de otros paises, puede ser inspeccionado por la Guardia Civil y/o cualquier autoridad. me viene a la cabeza las detenciones que se hacen en alta mar de veleros cargados con droga... por la policía aduanera.
Si tengo algún error, os gradecería que lo indiquéis. Gracias y saludos ![]() ![]() |
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#4
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Cita:
Saludos Rafa
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hma (28-07-2019) | ||
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#5
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Cita:
Yo no he dicho que no entiendas lo que lees, ni tengo ningún interés en tener razon, es más creo que he sido muy respetuoso, simplemente doy una información y te comento que puedes contratarla en otras fuentes.
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. Slava Ukrayini!.
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#6
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Un buque,barco, embarcación de recreo ctr, que navegue con Pabellón Español,tiene la consideración de territorio español,en alta mar un barco de la Armada, de Aduanas o de la "Benemérita" te puede parar y abordar, pues no dejas de ser español y el barco también, naturalmente será con una causa justificada, lo que pasa es que será difícil que cruzando el charco te encuentras a los "de verde"
, pero poder si que pueden.![]() |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a llanera | ||
ROyOR (29-07-2019) | ||
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#7
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Buenos dúas llanera, como bien dices "por una causa justificada", y pongo los ejemplos de los últimos años que solo han sido por narcotráfico y normalmente es aduanas quien realiza el seguimiento y las detenciones. Por supuesto que tanto Guardia Civil y Policia pueden salir de España para realizar detenciones, pero es siempre bajo ordenes de la autoridad local y aprobación del gobiernos de esos países.
Copio literalmente lo que pone en la web de la Guardía Civil, por si lo quieres leer lo tienes AQUI La Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en su articulo once. 2 .b, dice que la Guardia Civil ejercerá las funciones que, con carácter genérico se asignan a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, entre otros, en el mar territorial.Saludos y las Estrellas las pago yo. Rafa
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#8
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Bueno, pues parece que no se trataba de ser de Bilbao.
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. Slava Ukrayini!.
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igpuica (29-07-2019) | ||
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#9
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Koño, eso es lo que queria yo escuchar, y la cubierta de mi barco territorio belga, se encuentre este donde se encuentre ![]() Mas grande, mas alta, cada uno en el lugar que le corresponde ![]() |
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#10
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Sigo diciendo que si tu quieres "para ti la perra gorda"... parece mentira que sigas con el tema.... una verdad a medias es una mentira y, como no has borrado tu respuesta pone claramente
Cita:
Y si quieres, te invito también a Estrellas para que veas que no soy tan malo como parezco .Ahora si quieres sigues diciendo que tiene siempre razón, yo ya me he aburrido de intentar aclarar las cosas y... yo no tengo siempre la razón ![]() Saludos cordiales y respetuosos Rafa
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Mariate (02-08-2019) | ||
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#11
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Tengamos paz en cubierta, antes de que nos visite el contramaestre y nos recete dieta de agua turbia y galleta de la Guerra de Cuba ![]() Al lío: Desde la entrada en vigor del Real Decreto 246/1991, de 22 de febrero, que regula el Servicio Marítimo de la Guardia Civil, la GC puede actuar tanto dentro de la zona de mar territorial y contigua ( es decir, las famosas 12 millas) como - excepcionalmente y conforme a tratados- en alta mar y aguas de terceros estados. Otra cosa es que la GC apenas se persone en AM, con la excepción de operaciones contra el narcotráfico y la trata de personas, ya que hay litoral y problemas suficientes dentro del MT patrio como para darse paseos "porque sí" por esos mares de Dios ![]() Pedid lo que queráis que esta ronda la paga servidor ![]() ![]() ![]() Editado por Juan de Nova en 02-08-2019 a las 15:19. |
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