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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#16
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Curiosa pregunta OdinElgrande. Anteriormente, en 2006, no figuraba tal y como lo hace hoy en dí en la atribuciones de los títulos náuticos. Ahora mismo lo acabo de mirar en la web de Fomento y dice de forma clara para PER, PY y CY:
"Gobierno de embarcaciones de recreo a motor de hasta ... metros de eslora ..."Después de esto me he ido a la RAE y he visto lo que significa "gobernar" gobernar. Del lat. gubernāre, y este del gr. κυβερνᾶν kybernân; propiamente 'pilotar una nave'.Después de esto y leyendo la 3ª he pensado que el patron/capitán dará las óredenes necesarias para que alguien pueda llevar el barco a buen puerto, tenga titulación o no la tenga. Ahora lo del seguro habría que cogersela con papel de fumar y ya sabeis que los seguros siempre tienen razón y si no la tiene se aplica la regla primera, que dice que los seguros siempre tendrán la razón. Saludos Rafa
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moryak (23-08-2019) | ||
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