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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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#2
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Que no es por echar agua fría ni quitar s ilusión a nadie, pero no será que el barco que se cita ha pasado a ser de un Cántabro, que los polacos es posible que nos copiaran la bandera?
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#3
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Uno que conozco sí es cántabro (y su mujer polaca). Por cierto que tuvieron un problema al no poder registrar el barco con el nombre que querían por no existir vocales acentuadas en polaco, así que tuvieron que hacer un apaño que al final quedó bastante gracioso.
Pero en cuanto al origen de la bandera creo que la polaca es anterior a la cántabra... ![]() de todas formas la naval es algo diferente: polska-flaga.png
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incerti quo fata ferant, ubi sistere detur ...sin saber a dónde nos llevarán los hados, dónde nos será dado establecernos. |
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#4
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Ya se sabe lo peligrosas que resultan, a veces, las cuestiones banderiles, con grave riesgo de aparicion de taburetes voladores, pero me voy a permitir añadir que la bandera de la Comunidad Autónoma de Cantabria, en lo esencial colores blanco y rojo , trae causa de la correspondiente a la Provincia Marítima de Santander que -no sin controversia entre historiadores- se habría documentado su utilización por naves y tropas cántabras con anterioridad al siglo XVIII. La actual bandera de Polonia se habría adoptado en el segundo decenio del Siglo pasado (wikipedia dixit)
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| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a KCODDAH | ||
BuceadorDCombate (13-03-2020) | ||
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#5
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Hola cofrades.
He encontrado esta página oficial para registro en polonia de embarcaciones recreativas hasta 24 m https://interesant.reja24.gov.pl/login Parece que solo admiten online. Usan esta plataforma administrativa del gobierno de Polonia: REJA 24. No consigo poder registrarme. Incompatibilidad con móvil o java. Sigo investigando. |
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#6
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Saludos y ![]()
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Navigare necesse est. Vivere non est necesse. (Pompeyo) Si damos bordos de menos de 180º, llegaremos a algún sitio... (anónimo) |
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#7
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Enviado desde mi SM-A705FN mediante Tapatalk
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"Si no sabes hacia donde se dirige tu barco, ningún viento te será favorable." |
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#8
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Buenas tardes a todos,
despues de leer detalladamente toda la informacion que se ha ido aportando respecto al abanderamiento en otros paises, me decidio a contactar a una gestoria que me tramite el tema y me envie resupuesto, documentacion que necesitarian etc................ Y me comentan lo siguiente: "- La Administración marítima española está buscando formas de frenar la salida de barcos del pabellón español. Una medida que se quiere imponer es que todos los barcos con armador español, independientemente de la bandera que tengan, cumplan con los mismos requisitos de seguridad. Esto implica que las autoridades marítimas pueden pedir los equipos de seguridad exigidos a un barco español, incluyendo la ITB. Se espera que esta norma se publique en diciembre de 2020." He leido tb lo que comentaba un compañero en algun post anterior respecto a que el buque es suelo del pais de abanderamiento y que no aplicarian dichas leyes etc.............todo informacion muy detallada y clara..... La cosa es que me siguen surgiendo dudas, ya que luego te para la GC en la mar y el papelito con la multa te lo llevas si o si y luego preocupate tu de recurrir................aunque te hayan sancionada incorrectamente............ Alguien tiene noticias de esta nueva norma? para ir preparandonos.............. por cierto una ronda de caldo caliente para todos que con el tiempo que hace .................... ![]() |
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#9
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Hola a todos!
¿Alguien sabe cómo hacer el abanderamiento sin necesidad de hacerlo a través de una gestoría y sin tener el PESSEL, es decir, el empadronamiento en Polonia? Gracias de antemano y ahí van las rondas que el cuerpo aguante. Buena Proa a todos! |
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#10
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Sí, por supuesto. Hay dos maneras:
Una es ir a Polonia, hacer los trámites personalmente y volver en el día. No sé si hay que hacer cuarentena para entrar en Polonia, pero esa duda se resuelve rápido. Por cierto, hay que volver otra vez para recoger en persona la tarjeta de registro. La otra es esperar a que los polacos permitan, como está previsto en la aplicación informática, el uso de los DNI electrónicos extranjeros para hacer los trámites telemáticos. Esto puede tardar semanas, meses o años… Mientras tanto, la única opción viable es la gestoría. Saludos y ![]()
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Navigare necesse est. Vivere non est necesse. (Pompeyo) Si damos bordos de menos de 180º, llegaremos a algún sitio... (anónimo) |
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#11
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Hoy,
al cabo de 2 meses de tramitar la licencia de radio, ha llegado el cartero con un certificado de Polonia. Todo perfecto hasta el 2031. mmsi y callsign. El coste 18 euros de tasa, 4 euros de certificado a Polonia, los formularios y fotocopias de los cetificados CE de los cacharros con el certificado de instalacion hechos por mi mismo. ![]() ![]() Muchisimas gracias Apagapenol por tu guia ![]() ![]() ![]() ![]() ![]() ![]() pa la chatarrera. |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a sonat | ||
Apagapenol (08-11-2021) | ||
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#12
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Buenas tardes y ron que no falte, invita el menda lerenda a toda la taberna.
Pregunta, cual es la gestoría para abanderar en Polonia. Y con la nueva normativa solo tendría que cumplir con las medidas de seguridad y de radio, eso entiendo. No se tiene que pasar ITB si es bandera extranjera. Correcto o me equivoco. Gracias y buen oleaje |
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#13
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Descarga el Excel del enlace que te adjunto y llama a Stephane cuyos datos están en la cabecera. El te resolverá todas las dudas. Slds y ![]() ![]()
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"El mar dará a cada hombre una nueva esperanza, como el dormir le da sueños" Cristóbal Colón
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#14
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. Slava Ukrayini!.
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#15
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Y si llevas material de seguridad en exceso del de Zona 4, tampoco te lo pueden exigir ni inspeccionar.
¿La DGMC ha dicho que los barcos de bandera extranjera tienen que cumplir los requisitos de Zona 4? ¡Pues toma Zona 4! Y nada más. Saludos y ![]()
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#16
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* Contra la aplicación de normas abusivas a las embarcaciones de recreo. * Por una legislación específica para la náutica deportiva diferenciada de la Marina Mercante. * No a las sanciones desmesuradas y desproporcionadas. http://paom.es/ Únete a nosotros. |
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#17
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La bandera de Cantabria era la contraseña marítima de Santander. Como la de Bilbao era la contraseña marítima del Consulado de Bilbao.
Ambas blancas y rojas, cómo otras tantas... Pero lo interesante e importante es de l tema de Polonia. Me siento a escuchar las averiguaciones
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#18
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Quien reparte por aquí certificados de importancia y de interés para las distintas intervenciones, y así en lo sucesivo lo tendré en cuenta? O no. Una ronda de vermús |
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#19
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#20
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Copio y pego algo leído por la red, no sé si estará en vigor todavía.
Os cuento, esto está traducido (googelazo) de una revista polaca y se refiere a los trámites para abanderar allí: ÚNETE A LA MARINA DEL BARCO BASE LEGAL: Artículo 23 § 3 de la Ley de 18 de septiembre de 2001, el Código Marítimo ( Gaceta Oficial de 2001 N º 138 , artículo. 1545 , según enmendada. D. ), Ministro de Infraestructura de 23 de diciembre de 2004, sobre el Registro polaco yates ( Gaceta Oficial de 2005 , N º 6 pos. 43 ) . DOCUMENTOS REQUERIDOS: un formulario de solicitud de registro de la marina de yates, formulario completo a la aprobación del nombre del mar yate, donde el nombre aún no ha sido aprobado, documentos que confirmen los nombres anteriores de yates - si es que se les dio ( copias de las decisiones , certificados de registro , etc ) copia de un documento que confirme la asignación de distintivos de llamada - si se ha asignado , emitido por la prueba pericial del tamaño de la embarcación , que contiene , al menos, la longitud y el ancho del barco, así como para la navegación área de la vela yates o certificado de medición , si el barco se ha medido , o la declaración de conformidad , original o una copia certificada de un documento que acredite la adquisición notarial de la propiedad o copropiedad de la embarcación ( para inspección ) , que puede ser : factura con IVA contrato de compraventa , intercambiar acuerdo, contrato de donación ( la confirmación acuerdo está obligado a pagar impuestos sobre las transacciones de derecho civil en la Delegación de Hacienda correspondiente o la celebración de un acuerdo en la forma de un acta notarial ) decisiva decisión judicial definitiva sobre la propiedad, un barco construido en el sistema económico - un constructor declaración por escrito y , en el caso de la adquisición de los elementos básicos, como el casco, velas , mástil, motor, prueba de la compra de estos artículos , una copia del documento que acredite la adquisición del motor si el propietario de la embarcación es una persona física - un documento de identidad : DNI u otro documento que acredite la identidad del número de Seguro Social (para obtener información o una fotocopia ), donde un documento de título es expedido a una empresa también fotocopias de entrada en el registro de empresas y certificados que asignan números de IVA y impuestos, si el propietario de la embarcación es una entidad legal - una fotocopia del extracto pertinente del expediente judicial , indicando los nombres de las personas autorizadas para actuar en nombre de la persona jurídica (por ejemplo, una copia del Registro Judicial Nacional ) y las fotocopias de los certificados que justifiquen la asignación de números de impuesto y el IVA , las copias de la identidad de las personas que efectúen entrada si el propietario no es el dueño del barco - el original o una copia certificada del documento que autoriza a la empresa a utilizar el barco (por inspección ) , barco de muestra se acuñó a partir del registro - si el barco fue inscrita en el registro de buques , registrarse o extranjero registrado en el mar, la oficina de la navegación interior , la oficina del distrito, conexión barrio de la vela polaco o el canotaje y esquí acuático, El certificado original de la bandera - si se divulga , si el barco fue traído de un Estado miembro de la Unión Europea - un certificado expedido por la autoridad competente pruebe el pago de los impuestos sobre bienes y servicios , o la falta de este requisito , si el barco ha sido importado de fuera de la Unión Europea - una declaración documento copia de la matrícula de acuerdo con la siguiente tabla. Los documentos redactados en lengua extranjera deberá ir acompañada de la ficha de inscripción , junto con su traducción al polaco por un traductor jurado . Materia de registro puede arreglar dueño del yate , dueño del yate o un representante autorizado . HONORARIOS: Una entrada en el barco de registro dependiendo de la longitud de la embarcación : a 5,75 m - 60 EUR desde 5,76 m hasta 7,00 m - 75 EUR desde 7,01 m hasta 9,00 m - 90 EUR desde 9,01 m hasta 12,00 m - 120 PLN desde 12,01 m hasta 16,00 m - 150 PLN de 16.01 m 20.00 m - 225 PLN de 20,01 metros a 24,00 m - 375 PLN La cuota se puede hacer directamente en la Asociación Vela polaco o en la cuenta bancaria : El banco , número de cuenta : 19 1240 6218 1111 0000 4620 9146 con una nota MARINO BARCO DE REGISTRO . Fecha límite: Las disposiciones del Código Administrativo. Documentos relacionados: SOLICITUD DE HOMOLOGACIÓN DE LOS NOMBRES DE LA MARINA DEL BARCO ( . Doc ) SOLICITUD DE BARCO YATE MARINA PULIDO DE REGISTRO ( . Doc ) |
| 2 Cofrades agradecieron a shamrock este mensaje: | ||
Sargantana NL (18-04-2020), wizz (16-12-2020) | ||
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#21
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Buena aportación, muchas gracias cofrade!!
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#22
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Buenos dias, parece que guguel traduce los zloties a euros en algunas partes del texto ![]() Cita:
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