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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Gracias por vuestras respuestas. Lo que me preocupa de la bandera andorrana es que pueda no estar reconocida en algún sitio o que podamos tener otros problemas. Pero bueno, preguntaré por aquí a la administración andorrana a ver qué me dicen.
En cuanto al IEDMT, en el supuesto que tenga que pagarlo en un futuro, tengo entendido que se cuenta el valor de las tablas de Hacienda, verdad? ![]() |
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#2
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Interesante cuestión que me han planteado hoy: que pasa con el Brexit? Si UK sale de la unión europea, quiere decir que el IVA pagado del barco ya no es reconocido en Europa y por lo tanto se aplicaría la norma de no permanecer en aguas comunitarias más de 18 meses?
Y si eso es así, entiendo que habría que pager el IVA otra vez, en España, para poder navegar indefinidamente? Que calvario toda la burocracia ![]() ![]() Unas ![]() ![]() |
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#3
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Buenos días, cofrade:
Hay un documento de la Agencia Tributaria sobre el asunto: https://www.agenciatributaria.es/sta...a_%20yates.pdf Después de leérmelo varias veces y de vaciar dos cajas de aspirinas, no me he enterado de nada... ![]() ¡Ojalá tengas tú mas suerte!Saludos y ![]()
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Navigare necesse est. Vivere non est necesse. (Pompeyo) Si damos bordos de menos de 180º, llegaremos a algún sitio... (anónimo) |
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#4
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Cita:
Lo de los 18 meses es para residentes en España, mientras no vuelvas a residir en España no tienes problemas por eso. La bandera de Andorra es reconocida en todo el mundo, como la Suiza, Austriaca... Hay muchos países sin mar pero con barcos. |
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