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#1
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Yo cada día lo tengo más claro cuanto más leo: salvo cambios de aquí a dos años pasaré de bandera belga a polaca.
Todo lo que he elido sobre bandera polaca se resume en esto: Para barcos de menos de 15m si no pasas ITB voluntariamente no hay exigencias de seguridad en absoluto. ![]() Licencia de Radio y MMSI como mucho. Lo que no quita para que llevemos aquello que sea necesario, según nuestro criterio o incluso todo aquello y más de lo que exige la normativa española, pero sin tener que pasar por las sobradamente conocidas arbitrariedades de nuestra legislación. ![]() Lo único que aún no veo claro de la legislación polaca es un párrafo que dice que la exención de ITB es válida durante los 10 años siguientes al marcado CE. Así que según eso a partir de los 10 años ¿habría que pasarla?. ![]() ![]() ![]()
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LSV - BARCO KAU-BÉ. "La información errónea es peor que la ignorancia pues se sigue ignorante y además engañado" (LSV). MMSI: 261000743 VER Mi canal en YOUTUBE VER TODOS MIS DISEÑOS 3D |
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#2
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esas son las dudas que me parece se han trasladado a Polonia.
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#3
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Cita:
Por lo que yo he entendido, el tema de los 10 años aplicaría a los barcos de más de 15 metros que si tengan que pasarla. Es en plan "oye, que aunque estés obligado a pasarla, los primeros 10 años después del marcado CE no hace falta" Pero si una fuente oficial nos confirma esto... nos quedaremos todos más tranquilos. |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a OliverdelaRosa | ||
LSV (19-09-2019) | ||
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#4
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Buenas noches, cofrades:
Aquí os dejo información sobre la documentación que hay que presentar para registrar un barco en Polonia: - Certificado de baja del abanderamiento anterior (*). - Copia del DNI. - Factura o contrato de venta (*). - Documento que certifique dimensiones del barco y, en el caso de los veleros, superficie vélica (ver más abajo). - Formularios de inscripción y de aprobación de nombre, rellenos y firmados. De los documentos marcados con (*) hay que enviar una traducción jurada al polaco o inglés. Toda la documentación hay que enviarla en papel, preferiblemente por correo certificado, a la dirección siguiente: Polski Związek Żeglarski al. ks. J. Poniatowskiego 1 03-901 Warszawa Poland PGE Narodowy También hay que pagar las tasas por transferencia a la cuenta PL19 1240 6218 1111 0000 4620 9146 de la PZZ, en función de la eslora del barco, como se indica en la tabla que sigue: Hasta 5,75 m: 60 PLN (~ 14 €) Hasta 7 m: 75 PLN (~ 18 €) Hasta 9 m: 90 PLN (~ 21 €) Hasta 12 m: 120 PLN (~ 28 €) Hasta 16 m: 150 PLN (~ 35 €) Hasta 20 m: 225 PLN (~ 52 €) Hasta 24 m: 375 PLN (~ 87 €) En el asunto de la transferencia hay que poner "Maritime yacht registration". En cuanto al documento que certifique las dimensiones y superficie vélica del barco, pensé que podría ser complicado obtenerlo, ya que los certificados de arqueo ("tonnage survey") no suelen incluir la medición de las velas, hay que buscar quien nos lo haga y además cuestan un dineral. Así que se me ocurrió preguntar si consideraban válido un certificado de medición ORC, como éste: ![]() Y, efectivamente, ¡¡me confirmaron que les vale!!, con lo que, al menos para los veleros, tenemos todo en un único documento, y por una fracción del coste de un "tonnage survey". ![]() ![]() Finalmente, me confirmaron que reconocen los títulos de patrón españoles. Esto es todo lo que tengo por el momento. Todavía no me han dicho nada de la licencia radio. ![]() Saludos y ![]()
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Navigare necesse est. Vivere non est necesse. (Pompeyo) Si damos bordos de menos de 180º, llegaremos a algún sitio... (anónimo) Editado por Apagapenol en 13-07-2020 a las 23:11. Razón: Corrección de erratas |
| 45 Cofrades agradecieron a Apagapenol este mensaje: | ||
ARIELON (25-09-2019), arnaloma (25-09-2019), atria (25-09-2019), barbarella (09-10-2019), beta4 (22-08-2020), Blackstar (24-09-2019), Boston (25-09-2019), Capsael (01-12-2019), ddelgrac (07-11-2020), eborges_tfe (27-09-2019), enricp1970 (14-02-2024), Fuerza 7 (28-10-2019), Heberman (03-11-2020), Hthor (08-08-2023), jans (02-08-2020), Juan St780 (27-09-2019), kakyka (15-04-2020), karburo (25-09-2019), lamar14 (05-12-2019), LSV (26-09-2019), magallanesXIX (25-09-2019), marcmaresme (26-04-2020), marcosbmb (04-10-2022), MINIMUI (25-09-2019), moryak (25-09-2019), nikatoli (25-09-2019), nirvana (01-12-2020), peavon (27-09-2019), Pirata de Cuba (30-05-2020), ponzoa (25-09-2019), pope76 (02-10-2020), port bo (25-09-2019), Rebalaje (01-02-2020), Sargantana NL (18-04-2020), Savage (09-10-2021), schtok (28-03-2020), selu (24-09-2019), silbodejarcia (09-10-2019), skipper82 (25-10-2019), Solosailor (05-04-2020), Tabeirón Coruña (29-11-2022), Victor85 (25-09-2019), wizz (20-12-2020), Yakosub (26-09-2019), yoyete (25-09-2019) | ||
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#5
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Esta claro que en cuanto se complique la bandera Belga, Polonia podría ser una alternativa. Y saldrán otras seguro
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AENAVE ,,,,, Y A SEGUIR NAVEGANDO !!! |
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#6
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Saludos a Tod@s
Soy nuevo en el ambiente tabernero portuario y aunque para mi es pronto, sigo algunos hilos con interés. Este es uno de ellos Por si alguien conoce el caso, o puede informarse con facilidad, os traigo este anuncio Dice ser un Dufur Arpege 31 del año 72, abanderado en Polonia, que venden en Barcelona |
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#7
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¡Estupendo! He estado todos los días mirando este hilo, gracias por seguir compartiendo información sobre el pabellón de Polonia.
Cuando comentas que "Finalmente, me confirmaron que reconocen los títulos de patrón españoles." Creo que sería interesante preguntar por las limitaciones de cara a navegar con ellos. ¿Es en plan, "reconozco el PER español, y por tanto solamente te dejo navegar hasta las 12 millas" o "te dejo navegar con el PER español, pero en Polonia no tenemos restricciones respecto a las millas que puedas navegar"? Con el pabellón de Holanda, por ejemplo, esto es una cosa que quedaba resuelta (salvo aguas españolas, por lo que se ha comentado), y se podía navegar prácticamente por todo el mundo. ¡Gracias! |
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#8
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![]() ¿y del marcado CE? ¿al final no es necesario? ![]() Saludos y gracias.
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#9
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Cita:
Marinero de yate a vela (żeglarz jachtowy): embarcaciones de vela en aguas interiores y en la mar hasta 2 millas, de día. Patrón de yate (jachtowy sternik morski): embarcaciones a vela en aguas interiores sin limitaciones; hasta 18 m de eslora en la mar. Capitán de yate: (kapitan jachtowy): embaraciones a vela sin limitaciones. También tienen tres títulos a motor: Patrón de lancha a motor (sternik motorowodny): embarcaciones a motor en aguas interiores y en la mar hasta 2 millas, de día. Los mayores de 16 años, hasta potencia de 60 kW. Patrón de yate a motor (motorowodny sternik morski): embarcaciones a motor en aguas interiores sin limitaciones; hasta 18 m de eslora en la mar. Capitán de yate a motor (kapitan motorowodny): embarcaciones a motor sin limitaciones. De todos modos, una vez fuera de las 12 millas españolas, es muy raro que te pidan titulación... Yo me limitaría a preguntar en la compañía aseguradora. Saludos y ![]()
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Navigare necesse est. Vivere non est necesse. (Pompeyo) Si damos bordos de menos de 180º, llegaremos a algún sitio... (anónimo) Editado por Apagapenol en 25-09-2019 a las 18:58. Razón: corrección de errores |
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#10
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#11
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#12
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Navigare necesse est. Vivere non est necesse. (Pompeyo) Si damos bordos de menos de 180º, llegaremos a algún sitio... (anónimo) |
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#13
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este si , gracias |
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#14
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Hola ¡¡¡¡unas ronditas para todo!!!!!, Podrías indicar el enlace del sitio para hacer el trámite?? Editado por Chusepon en 23-03-2022 a las 10:01. Razón: olvido |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Chusepon | ||
haddoch (23-03-2022) | ||
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#15
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Cita:
En junio de 2020, Polonia cambió el sistema de abanderamiento. Ahora es posible abanderar en la página web de la Administración náutica polaca sólo si tienes el DNI polaco (PESEL) o una tarjeta de firma electrónica que, de nuevo, sólo se puede conseguir presencialmente en Polonia. Los extranjeros sólo pueden optar por tres alternativas: - tener un amigo que viva en Polonia y pueda hacer los trámites en nuestro nombre. - viaje relámpago a Polonia y gestiones presenciales. - a través de gestoría. No conozco a nadie que haya hecho el abanderamiento con los dos primeros sistemas, aunque alguno debe de haber. En cuanto al tercero, en La Taberna hay un grupo de compra para el abanderamiento en Polonia que ha conseguido una gestoría con precios muy ventajosos: https://foro.latabernadelpuerto.com/...&postcount=111 Todo lo que tienes que hacer es apuntarte en la hoja de cálculo y entrar en contacto con la gestoría; ellos ya te dirán lo que necesitan. La licencia de estación radio sí la puedes gestionar tú mismo, porque toda la documentación va en papel. Aquí tienes mi guía para la solicitud de la licencia radio: https://www.dropbox.com/s/m6tp0kgsd4...olaca.zip?dl=0 Saludos y ![]()
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Navigare necesse est. Vivere non est necesse. (Pompeyo) Si damos bordos de menos de 180º, llegaremos a algún sitio... (anónimo) Editado por Apagapenol en 27-04-2022 a las 19:48. Razón: Ampliar información |
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#16
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El amigo polaco tiene que vivir en Polonia o puede ser un polaco residente en España con DNI polaco? Aunque no sea muy muy amigo...
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Mario. |
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#17
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Cita:
![]() Saludos y ![]()
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Navigare necesse est. Vivere non est necesse. (Pompeyo) Si damos bordos de menos de 180º, llegaremos a algún sitio... (anónimo) |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Apagapenol | ||
mario147 (24-03-2022) | ||
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#18
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Cita:
yo estoy haciendo el abanderamiento "por libre" en Polonia de un velero con bandera Belga, y puedo asegurarte, ya que lo he hecho esta misma semana, que el tràmite se puede hacer por un polaco que resida en España, a traves de internet. Eso si, ha de tener un "dni digital" (lo que vendria a ser un metodo de autentificacion), que no todos los polacos que viven aqui lo tienen, o algun otro mètodo alternativo de verificacion de identidad (ser cliente de algunos bancos polacos, por ejemplo, creo que tambien sirve para autorizar la identidad). Y por otra parte, ha de tener una autorizacion (esto viene a ser como un poder que da el propietario del barco para que una tercera persona, el/la polaco/a en este caso, haga el tramite de registro en la PZZ en nuestro nombre), que es un formulario que se descarga en la misma web del pzz y tiene un coste de 17 pln. Adjunto link a la pagina (aunque seguro la conoceras): https://pya.org.pl/polski-zwiazek-ze...-srodladowych/ Todo el tràmite se hace online... aunque todo esto lo digo desde la "teoria", ya que a pesar de heber iniciado ya el tramite (he enviado la solicitud via web a Polonia), aun no lo he acabado, es decir, ni tengo ni se cuando tendre el velero regitrado en Polonia... cosas de ir por libre! Pero vamos, que respondiendo a tu pregunta: si, un polaco que resida fuera de Polonia puede hacer el tramite, si dispone de un perfil verificado (sistema de autentificacion de identidad valido) y tu autorizacion para hacerlo. Ya os contaré a ver como va la aventura por libre... a priori, tiene pinta de mas barato (mcuho mas), pero más complicado (mucho mas) :-) Salut i vent! Editado por kalim en 25-03-2022 a las 19:05. |
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