Cita:
Originalmente publicado por port bo
Estos de la heineken no tienen competencias para hacer un registro fuera de los tres supuestos : trafico de personas, drogas y contaminacion. Por lo demas pueden pedirte seguro, titulo , Marpol y comprobantes de haber pagado los impuestos correspondientes. 
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Ley de Navegación Marítima del 2014
Artículo 12. Jurisdicción sobre buques extranjeros.
1. Salvo lo previsto para los buques de Estado, la jurisdicción civil y penal de los tribunales españoles se extenderá a todos los buques extranjeros mientras permanezcan en los puertos nacionales o demás aguas interiores marítimas.
2. A tal efecto, la autoridad judicial podrá ordenar la práctica a bordo de las diligencias que sean procedentes así como la entrada y registro en el buque, incluidos sus camarotes, sin más requisito que la comunicación al cónsul del Estado del pabellón a la mayor brevedad posible.
3. La jurisdicción de los tribunales españoles existirá incluso después de que los buques extranjeros hayan abandonado las aguas interiores marítimas y se encuentren navegando por el mar territorial, así como cuando sean detenidos fuera de éste en el ejercicio del derecho de persecución.
Es en las aguas de zona contigua y zona económica exclusiva donde por las razones expuestas donde pueden inspeccionar por tráfico de personas, armas, drogas etc
Resumen : en puerto , aguas interiores Marítimas y Mar Territorial, si te inspeccionan y no están los certificados al día, te “empuran “