La Taberna del Puerto Sergio Ponce
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  #1  
Antiguo 08-11-2019, 23:24
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Predeterminado Re: Atribuciones capitán de yate

1.- No. El título de Capitán de Yate es recreativo y sólo puede ser certificado como profesional mediante la obtención del PPER o la habilitación mediante STCW que únicamente permite navegar a 5 mn de la costa y con un máximo de 6 pasajeros. Con el PPER la limitación se extiende hasta 60 mn /150 mn a partir del segundo año con el Operador General y 12 pasajeros. Sin STCW, además no podría trabajar en ningún caso a bordo, ni como cocinero ni guitarrista ni nada.

2.- Si el pabellón es de otro país el título de ese capitán sigue siendo recreativo y dudo que haya ninguna equivalencia profesional. En un ámbito estrictamente deportivo no hay problema en que ese capitán lleve un barco con pabellón de otro país, dentro de sus atribuciones y siempre que el título español sea reconocido por el país que abandera ese barco.

3.- Si el Capitán está habilitado y dispone de la habilitación profesional por haber cursado el STCW de Formación Básica, siempre que el barco sea Español y navegue por aguas españolas (a no ser que haya alguna equivalencia/compatibilidad que se me escape) podrá ejercer profesionalmente respetando la distancia de 5mn y los 6 pasajeros como máximo.
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  #2  
Antiguo 08-11-2019, 23:51
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Predeterminado Re: Atribuciones capitán de yate

Y no es más fácil ser "Amigo" del armador?.


Si esque casi nos obligan a ser asi.
Saludos
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  #3  
Antiguo 09-11-2019, 21:09
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Predeterminado Re: Atribuciones capitán de yate

Pues eso: más fácil es sin factura, sin IVA, sin declaración de impuestos... sin cobertura del seguro de pasajeros, sin verguenza por quitar la faena a los que han pagado y estudiado, etc...

__________________
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  #4  
Antiguo 10-11-2019, 19:01
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Predeterminado Re: Atribuciones capitán de yate

Si se me permite, hago una pregunta.
¿Los certificados que se comenta de STCW son los mismos que se hace para mercantes?
A ver, lo pregunto por que por ejemplo, lo que es el Básico(antíguo 1er nivel de supervivencia y contraincendios), botes rescate no rápidos, avanzado CI, botes rescate rápidos, ARPA, GMDSS, Formación Sanitaria Específica Avanzada,... y demás, están todos orientados a barcos barcos, no veleritos y barquitos que no tienen ni medidas contraincendios(un extintor), ni sistemas de abandono(salvo balsa) y un sinfín de cosas que no están orientadas a este tipo de embarcaciones recreativas.
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  #5  
Antiguo 10-11-2019, 20:18
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Predeterminado Re: Atribuciones capitán de yate

Cita:
Originalmente publicado por Zancarru Ver mensaje
Si se me permite, hago una pregunta.
¿Los certificados que se comenta de STCW son los mismos que se hace para mercantes?
A ver, lo pregunto por que por ejemplo, lo que es el Básico(antíguo 1er nivel de supervivencia y contraincendios), botes rescate no rápidos, avanzado CI, botes rescate rápidos, ARPA, GMDSS, Formación Sanitaria Específica Avanzada,... y demás, están todos orientados a barcos barcos, no veleritos y barquitos que no tienen ni medidas contraincendios(un extintor), ni sistemas de abandono(salvo balsa) y un sinfín de cosas que no están orientadas a este tipo de embarcaciones recreativas.
Si ; son los mismos cursos . De hecho , los que se realizan a través del ISM, tienen prioridad para hacerlos , los profesionales de la mar. Ya que son convocados para pocos participantes.
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  #6  
Antiguo 10-11-2019, 20:07
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Predeterminado Re: Atribuciones capitán de yate

Cita:
Originalmente publicado por LSV Ver mensaje
Pues eso: más fácil es sin factura, sin IVA, sin declaración de impuestos... sin cobertura del seguro de pasajeros, sin verguenza por quitar la faena a los que han pagado y estudiado, etc...

Hombre el seguro si que lo cubre, el titular es el armador y lo asegurado el barco, si lo patronea un "amigo" es perfectamente legal, y si el barco esta para zona 1 y el patrón tiene el CY, podría dar la vuelta al mundo, con el barco de su "amigo" , una cosa son "pasajeros" como en un barco de pasaje y otra los que te acompañen, nunca mas de 12, en un barco de recreo, por ejemplo un señor que no quera, no sepa o no tenga titulación y le diga a un "amigo" que lleve su barco, naturalmente sin una nomina de por medio.
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