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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Hacen falta más datos para centrar el caso, ya que la casuística es muy variada:
¿Eres tú el primer armador de ese barco? ¿Ha estado con anterioridad matriculado en España? ¿Está exento de ese impuesto por algún motivo (eslora, antigüeadad, étc.)?
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* Contra la aplicación de normas abusivas a las embarcaciones de recreo. * Por una legislación específica para la náutica deportiva diferenciada de la Marina Mercante. * No a las sanciones desmesuradas y desproporcionadas. http://paom.es/ Únete a nosotros. |
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#2
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Cita:
El kyo tiene 44 años, como yo. Tuvo unos cuatro armadores en pabellón Español y yo lo compré ya pasado a pabellón belga,. Pague el ITP y punto. Entiendo q el impuesto q me piden es por tocarme las boulins o me corresponde pagarlo? Saludos. |
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#3
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Cita:
Mira el post nº 3 en este mismo hilo. Ahí aparece tu caso explicado con la claridad y contundencia con que acostumbra el cofrade fuerza7. Saludos y ![]()
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Navigare necesse est. Vivere non est necesse. (Pompeyo) Si damos bordos de menos de 180º, llegaremos a algún sitio... (anónimo) |
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Pepitake (16-11-2019) | ||
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#4
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Pues lo que yo pensaba.
Ganas de tocar los hu******. Una ronda de zacapa XO para los de la barra y a esperar a que me llegue la carta. Saludos |
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#5
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Para estos casos, yo llevo una copia de la hoja de asiento del barco, en la que figuran la fecha de puesta en servicio (anterior a la entrada en vigor del IEDMT) y todos los armadores que ha tenido el barco hasta la baja de bandera española. Con esto (y con ciertas dosis de paciencia
) debería ser suficiente para convencer a la GC de que poner una denuncia no tiene sentido.Coincido contigo en que esto no es otra cosa que un intento (generalmente infructuoso) de DPS a los ciudadanos españoles con bandera extranjera. Y añado que en estos casos quien sanciona no es la Benemérita, sino la Capitanía Marítima. Saludos y ![]()
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#6
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Cita:
Gracias Apagapenol Editado por Pepitake en 16-11-2019 a las 19:58. |
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#7
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Cita:
Saludos y ![]()
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#8
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Cita:
Ahora que lo dices: yo guardo todos los papeles antiguos pero al cambiar a Belga también cambié el nombre del barco. Como sabes el cambio de nombre se hace al tramitar la solicitud de lettre de pavillon por lo cual no hay un documento de cambio de nombre. Así que supongo que será otro dolor de cabeza a la hora de justificar el pago de impuestos (el barco es de 1970)
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![]() En cada mariñeiro dorme un ser mitolóxico
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#9
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El barco seguramente tendrá una chapa de la Inspección de Buques, que tiene que figurar en la documentación original española, independientemente de cuántas veces se le haya cambiado el nombre. Con esto queda identificado. El número de serie del motor también podría servir, ya que un cambio de motor también queda documentado.
Lo que queda claro es que hay que tener toda la documentación que pruebe la historia del barco. Saludos y ![]()
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moryak (16-11-2019) | ||
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