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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#11
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Cita:
El llamado "registro" holandés no es tal; lo que da la Administración holandesa a través de una asociación de vela es el ICP, que no es un Certificado de Registro, sino poco más que un título no oficial de propiedad. Por esta razón no hacía falta aportar un Certificado de Baja para que nos dieran el ICP. Y por esta misma razón, hay Administraciones que, a efectos de registro, consideran que los barcos de recreo con ICP holandés no han estado registrados. Es más, si tu barco ha tenido antes bandera británica deberías comprobar si ha estado registrado en el Part I del British Register o inscrito - que no registrado - en el Part III (SSR). En este último caso, tampoco ha estado registrado, porque el SSR tampoco es un verdadero Registro. Si tu barco estuvo en el Part I, entonces sí estuvo registrado, y tendrás que tener un Certificado de Baja, y es éste el que tendrás que aportar a la Administración polaca. Te aconsejo que te pongas en contacto con la PZZ polaca para comprobar estos aspectos. Saludos y ![]()
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Navigare necesse est. Vivere non est necesse. (Pompeyo) Si damos bordos de menos de 180º, llegaremos a algún sitio... (anónimo) |
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Sargantana NL (21-04-2020), Sedubay (18-12-2019) | ||
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