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Antiguo 05-03-2020, 18:58
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Encontrado .... De 2009!!!

He intentado adjuntarlo, pero estoy trabajando con el móvil y no es tan fácil como con el ordenador... A ver si ha salido bien...

salud!
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Tipo de archivo: pdf 091214_Letter_ISAF to Anavre1.pdf (117.6 KB, 13 vistas)
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Hideki (06-03-2020)
  #2  
Antiguo 06-03-2020, 09:56
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Cita:
Originalmente publicado por Jadarvi Ver mensaje
Encontrado .... De 2009!!!

He intentado adjuntarlo, pero estoy trabajando con el móvil y no es tan fácil como con el ordenador... A ver si ha salido bien...

salud!
Muchas gracias, Jaime.

Si, te confirmo que a salido bien y a la vista del informe me ha queda claro que la formación recibida en los cursos de patrón y capitán de yate cumple con la regla 6.01 del ISAF y también parece claro que esta formación tiene una validez de cinco años, al cabo de los cuales debiera renovarse.

La duda que me queda es como se renovar esa formación. En los cursos profesionales de seguridad y supervivencia, que también tienen una validez de cinco años y una duración de 70 horas, estos se renuevan antes de que caduquen con un cursillo de 16 horas. Sea como fuere, en mi caso tendré que actualizar esas competencias, osea que si no se reconocen los cursos de actualización de 16 horas, habrá que realizar un curso de entrenamiento en la línea de la regla 6.01 del ISAF, para lo cual de nada sirve el título de CY.

Muchas gracias por la información y enhorabuena por tu nombramiento al cargo de ANAVRE. Espero que pronto me veais de asociado.
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