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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Dependerá donde tengas la residencia, igual que con el título náutico.
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#2
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Es hablar por hablar (o sea, hablar al cuadrado
), pero si no se levantala prohibición a la náutica de recreo, se entiende que lo prohibido es navegar en aguas territoriales españolas. Y la prohibición será sobre toda embarcación, tenga la bandera que tenga. Por contra, hablando sobre tu ejemplo, un español, con bandera española, si que podrá navegar en aguas belgas. Pero, evidentemente, no dejan de ser conjeturas. Habrá que esperar a ver que decisiones se toman y que nos las expliquen bien claritas, que aquí nos juntamos muchos torpes. ![]() Salud y ![]()
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![]() El cruce del Atlántico y posterior estancia en el Caribe de El Temido lll (2014/2016) http://foro.latabernadelpuerto.com/s...d.php?t=145184 |
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#3
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por mucha bandera de colores que lleves, dentro de las 12 Nm se te aplica lo mismo que a pabellón español, si se puede podrás si no está permitido no podrás.
el cierre de fronteras es general, excepto a nacionales o trabajadores transfronterizos, por lo que no te otorga privilegio pabellón diferente. se ha escrito sobre casos de navegantes que no han podido recalar en países por la prohibición, pues lo mismo pasa aquí que allí, cuando levanten el confinamiento se podrá navegar, pero quizá se prohíba la entrada de embarcaciones de no residentes, como puede ser que se prohíba por vía aérea o por carretera, quién sabe como se gestionará ese retorno |
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#4
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Los Apatridos seremos los últimos en salir a navegar por insolidarios y no pagar la ITB. Me lo han dicho en YouTube.
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| 2 Cofrades agradecieron a Pepitake este mensaje: | ||
Karonte1888 (21-04-2020), Kili (20-04-2020) | ||
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