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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Hola a tod@s!
Me estoy separando y el único sitio que tengo posible para dormir con los ingresos € que tengo ahora mismo es mi velero, (a nombre de mi pareja, porque cuando lo compré todavía tenía la condición de extranjera) La cuestión es que me estoy volviendo loca para ver como puedo justificar la residencia en el velero, con un ayuntamiento que ya me ha dicho tajantemente que no permite el empadronamiento, ni en veleros, ni en caravanas. (Alboraya, Valencia) Ahora en fase 1, entiendo que este permitido pernoctar en las embarcaciones. El problema es que también trabajo a 25km del barco y me desplazo en bicicleta y actualmente en un tramo de 5km me paran sin excepción 1 y 2 veces al día. (bueno ahora no tanto porque ya me conocen) Pues no me quiero imaginar cuando tenga que hacer 50 al día... y atravesar 8 municipios la cantidad de estos amigos (algunos muy poco amigables) que voy a tener el privilegio y la desgracia de conocer. Entonces quería tener esto lo más cerrado posible, para evitarme cualquier problema (con el drenaje emocional que esto ya me produce diariamente, porque algunos vienen con muy malas formas, asumiendo que me estoy saltando el confinamiento. La ansiedad que me da, saber que la documentación que tengo ahora mismo no es tan disuasoria) Alguna recomendación para esta estrambótica situación? Gracias! |
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#2
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Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local.
Ley 4/96, de 10 de enero, por la que se modifica la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local en relación al Padrón Municipal en su última redacción. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Real Decreto 2612/1996, de 20 de diciembre, por el que se modifica el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales aprobado por el Real Decreto 1690/1986 del 11 de julio. Resolución de 16 de marzo de 2015, de la Subsecretaría, por la que se publica la Resolución de 30 de enero de 2015, de la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística y de la Dirección General de Coordinación de Competencias con las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales, sobre instrucciones técnicas en los Ayuntamientos sobre gestión del padrón municipal. Resolución de 30 de enero de 2015, del Presidente del Instituto Nacional de Estadística y del Director General de Coordinación de Competencias con las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales, por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la gestión del padrón municipal. Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal. Y la mas importante: Resolución de 29 de abril de 2020, de la Subsecretaría, por la que se publica la Resolución de 17 de febrero de 2020, de la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística y de la Dirección General de Cooperación Autonómica y Local, por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la gestión del Padrón municipal. Con lo que te aporto tienes motivos mas que justificados para enervar un escrito al ayuntamiento donde se encuentre la embarcación y solicitar formalmente tu empadronamiento, en el escrito puedes decir que el funcionario X del padrón te ha denegado incluso la solicitud. Haz la petición por escrito por registro y con cuño y fecha de entrada. Te recomiendo que trates de hablar con el personal administrativo del padrón municipal que esta en planta con algún responsable, no con el tipico administrativo general que no se enteran mucho. Pide en el ayuntamiento un documento tipo para realizar la solicitud y envíalo al departamento que se ocupe en ese consistorio del empadronamiento pregunta como se llama ese departamento para que no haya dudas. En tu escrito pon como legislacion aplicable toda la que te acabo de mandar en el mismo orden. El ayuntamiento no te puede negar en empadronamiento en el barco ya que puede ser considerado analógicamente como segunda residencia o en el peor de los casos equivalente a una infravivienda, autocaravana o banco del parque. Si te contestan negativamente dímelo. ![]()
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Se alzarán nuevos vientos, hincharán tus velas, y yo, dejaré el ánimo resuelto para abrazar a tu lado Horizontes... Editado por Fuerza 7 en 18-05-2020 a las 14:19. |
| 12 Cofrades agradecieron a Fuerza 7 este mensaje: | ||
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#3
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Hola,
Emma, Fuerza7 te lo ha dejado mascaíto , échale cuenta que como abogado que és de eso sabe y además te estas ahorrando la consulta a un profesional, algo más que tienes que agradecer al cofrade.Otra cosa, si dices que te estás separando supongo que el de la foto de tu avatar no será tu ex-chico, disculpa la pregunta pero es que soy un cotilla ![]() Salu2 ![]()
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"Crecí en el mar y la pobreza me fue fastuosa, luego perdí la mar y entonces todos los lujos me parecieron grises, la miseria intolerable.” |
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#4
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Wow, no me esperaba una respuesta de este calibre. muchísimas gracias
Llamaré al ayuntamiento a ver si puedo presentar esto de manera electrónica. Allí de las tres personas con las que hablé ninguna tenía ni idea. Osea, es el típico no se puede, para no complicarse. Gracias! |
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#5
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Hola Pirata.
Sí, es mi ex-chica. estoy acostumbrada a usar fotos de perfil en pareja, no tiene mucho sentido ahora. Gracias Editado por EmmaG en 18-05-2020 a las 16:17. |
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#6
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Cita:
Te lo digo porque para unas prisas el Ayuntamiento puede ser más lento, luego hablas con la GC o policía para estar todos de acuerdo y a pedalear. ![]()
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Courage mieux que l'argent IG @asailorsoul |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a humpback | ||
EmmaG (20-05-2020) | ||
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#7
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A todo esto.... confirmáis que en fase 1 se pueda pernoctar en la embarcación siempre que estemos dentro de la misma region sanitaria?
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#8
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Afirmativo, se puede.
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Courage mieux que l'argent IG @asailorsoul |
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#9
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Cita:
Buena idea. Creo que en el puerto no tendrán problema. Gracias! |
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| confinamiento, empadronamiento |
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