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Antiguo 06-07-2020, 11:31
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Predeterminado Re: ¿Policía Local del Mar?

Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas.

CAPÍTULO III

Competencias municipales

Artículo 115 Las competencias municipales, en los términos previstos por la legislación que dicten las Comunidades Autónomas, podrán abarcar los siguientes extremos:
a) Informar los deslindes del dominio público marítimo-terrestre.
b) Informar las solicitudes de reservas, adscripciones, autorizaciones y concesiones para la ocupación y aprovechamiento del dominio público marítimo-terrestre.
c) Explotar, en su caso, los servicios de temporada que puedan establecerse en las playas por cualquiera de las formas de gestión directa o indirecta previstas en la legislación de Régimen Local.
d) Mantener las playas y lugares públicos de baño en las debidas condiciones de limpieza, higiene y salubridad, así como vigilar la observancia de las normas e instrucciones dictadas por la Administración del Estado sobre salvamento y seguridad de las vidas humanas.
.


Yo creo que está claro que sí tienen competencia en la lámina de agua que corresponde a zona de baño. Lo que no se refiere exclusivamente a embarcaciones o motos naúticas; también podrían denunciar cualquier infracción cometida por bañistas, o usuarios de otros artefactos flotantes.


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LSV (06-07-2020)
  #2  
Antiguo 06-07-2020, 12:30
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Predeterminado Re: ¿Policía Local del Mar?

La confusión que hay, a veces es, que la anterior versión de la Ley de Costas atribuía todo eso, incluyendo las playas y la franja Litoral, al Estado y con ello a Guardia Civil, Aduanas y Marina Militar.
Pero luego se fué delegando a las Comunidades y estas querían el control, pero no querían o podían con los gastos derivados, así volvieron a delegar en los Ayuntamientos.

Y por eso vemos a Policías Municipales controlando (denunciando en su caso) todo lo que haga falta. Además de Guardia Civil, Mozos de Escuadra, Seguridad Privada subcontratada, etc.
Para bien o para mal.
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J.R. (06-07-2020)
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Antiguo 06-07-2020, 19:59
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Predeterminado Re: ¿Policía Local del Mar?

¿Y hasta qué distancia de la costa tienen competencias?

También leí hace algún tiempo que los Mossos tenían una unidad marítima y tuvieron que reconvertir la en unidad de submarinistas, porque una sentencia dijo que invadían competencias de la Guardia Civil...
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  #4  
Antiguo 06-07-2020, 22:11
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Predeterminado Re: ¿Policía Local del Mar?

Pues, solo suponiendo, debe llegar a todo lo que sea lindante a su municipio y hacia el mar probablemente a lo que llamamos aguas interiores que están dentro de la lineas base.
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  #5  
Antiguo 06-07-2020, 22:19
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Predeterminado Re: ¿Policía Local del Mar?

Cita:
Originalmente publicado por Mateando Ver mensaje
Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas.

CAPÍTULO III

Competencias municipales

Artículo 115 Las competencias municipales, en los términos previstos por la legislación que dicten las Comunidades Autónomas, podrán abarcar los siguientes extremos:
a) Informar los deslindes del dominio público marítimo-terrestre.
b) Informar las solicitudes de reservas, adscripciones, autorizaciones y concesiones para la ocupación y aprovechamiento del dominio público marítimo-terrestre.
c) Explotar, en su caso, los servicios de temporada que puedan establecerse en las playas por cualquiera de las formas de gestión directa o indirecta previstas en la legislación de Régimen Local.
d) Mantener las playas y lugares públicos de baño en las debidas condiciones de limpieza, higiene y salubridad, así como vigilar la observancia de las normas e instrucciones dictadas por la Administración del Estado sobre salvamento y seguridad de las vidas humanas.
.


Yo creo que está claro que sí tienen competencia en la lámina de agua que corresponde a zona de baño. Lo que no se refiere exclusivamente a embarcaciones o motos naúticas; también podrían denunciar cualquier infracción cometida por bañistas, o usuarios de otros artefactos flotantes.


... sobre salvamento y seguridad de la vida humana (socorrer).
No menciona nada de infracciones sobre navegación y documentación de buques y embarcaciones.

Las competencias sobre investigación de infracciones administrativas y penales en el mar territorial son competencia exclusiva de la Guardia Civil (artículo 11 de la L.O. 2/86 de fuerzas y cuerpos de seguridad).

Pero vamos, es solo mi interpretación ya que en España todo vale si lo hace cualquier administración pública y su personal... y luego vete a Europa a pedir justicia contra sus excesos y omertá.

Saludos.
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  #6  
Antiguo 07-07-2020, 09:57
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Predeterminado Re: ¿Policía Local del Mar?

Hombre cuando los organismos competentes lo autorizan, sera por algo, esos barcos son de lista 8º, Administraciones publicas,y es Capitanía quien lo autoriza, en cuanto a lo de pedir "los papeles"de un barco, pues como agentes de la autoridad están plenamente facultados, para pedir los documentos que acrediten la propiedad de algo, en este caso un barco, o la identidad de las personas que naveguen en el, lo mismo que si te paran en un vehículo, las playas son parte del estado español, y pertenecen a un municipio, si ese municipio tiene policía local, esta sera competente dentro de ese municipio,a no se claro esta, que si te metes 50 centímetros en el agua, ya no estés dentro de municipio ja,ja,ja,a mi la verdad que me la trae al pairo (con perdón), yo lo que quiero es estar tranquilo, si estoy en la playa, y me importa muy poco el color del uniforme, que me garantice esa seguridad,resumiendo, ya lo podían hacer todos los municipios costeros, para nuestra tranquilidad, y "desasosiego" de los infractores contumaces.....
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