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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#7
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Cita:
¿Es obligatorio? Dependerá de cada país. Puede que algunos lo consideren un mero defecto administrativo; puede que otros se limiten a retenerlo; y puede que en algún otro acabes metido en una cárcel con 2.000 tíos esperando carne fresca. Podría devolverte la pregunta diciendo ¿es obligatorio el seguro? Y la respuesta es la misma, estrictamente no, pero si tienes un siniestro o alguna autoridad te lo solicita, ya sabes a lo que te expones, retención, embargo, cárcel,... Y ahora vamos al caso de España, en principio ningun puerto te dejaría atracar si no presentas un documento que que justifique el derecho de uso/propiedad y un seguro vigente. ¿Puede colar con la letre caducada? Pues quizás, si el administrativo no es concienzudo. ¿Y si lo estoy usando de apartamento? Pues también, nadie va a entrar en si tienes caducada la documentación en caso de que no navegues. ¿Y el seguro? Si no tienes la documentación en vigor, ninguna compañía seria te lo va que asegurar. Y si lo contrataste cuando la tenías en vigor, y sigues pagando la cuota, seguramente podrás usarlo en caso de un pequeño incidente, pero si la lías gordan, antes de pagar, lo van a mirar con lupa. Y por último, ten por cierto, y a dios pongo por testigos, que si la GC u otra Autoridad lo detecta, la sanción será sonada; y creo que no saldrá a cuenta correr el riesgo, a tenor de las cuantías que impone nuestra querida DGMM. Enviado desde mi SM-A705FN mediante Tapatalk
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"Si no sabes hacia donde se dirige tu barco, ningún viento te será favorable." |
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