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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#11
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Buenas tardes a todos,
despues de leer detalladamente toda la informacion que se ha ido aportando respecto al abanderamiento en otros paises, me decidio a contactar a una gestoria que me tramite el tema y me envie resupuesto, documentacion que necesitarian etc................ Y me comentan lo siguiente: "- La Administración marítima española está buscando formas de frenar la salida de barcos del pabellón español. Una medida que se quiere imponer es que todos los barcos con armador español, independientemente de la bandera que tengan, cumplan con los mismos requisitos de seguridad. Esto implica que las autoridades marítimas pueden pedir los equipos de seguridad exigidos a un barco español, incluyendo la ITB. Se espera que esta norma se publique en diciembre de 2020." He leido tb lo que comentaba un compañero en algun post anterior respecto a que el buque es suelo del pais de abanderamiento y que no aplicarian dichas leyes etc.............todo informacion muy detallada y clara..... La cosa es que me siguen surgiendo dudas, ya que luego te para la GC en la mar y el papelito con la multa te lo llevas si o si y luego preocupate tu de recurrir................aunque te hayan sancionada incorrectamente............ Alguien tiene noticias de esta nueva norma? para ir preparandonos.............. por cierto una ronda de caldo caliente para todos que con el tiempo que hace .................... ![]() |
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