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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#11
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Curioso el punto 6: "Todo Estado que tenga motivos fundados para estimar que
no se han ejercido la jurisdicción y el control apropiados en relación con un buque podrá comunicar los hechos al Estado del pabellón". No he visto nada en el resto del artículo de marras, que me lleve a pensar, en la posibilidad de un Estado, para legislar sobre buques con bandera de otro Estado, más allá de esta comunicación. Como diría Siniestro Total: "Menos mal que nos queda Portugal". ![]() Salud y ![]()
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![]() El cruce del Atlántico y posterior estancia en el Caribe de El Temido lll (2014/2016) http://foro.latabernadelpuerto.com/s...d.php?t=145184 Editado por El Temido II en 02-03-2021 a las 12:53. |
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