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  #1  
Antiguo 02-05-2021, 11:43
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Predeterminado Re: Alcance licencia navegación

Y como abrigo no se considera la prenda de vestir. Como dice alguien, "Llevare un abrigo atado a un cabo por popa"
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  #2  
Antiguo 30-05-2021, 10:54
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Predeterminado Re: Alcance licencia navegación

Decidme si estoy en un error, pero después de leer todas las aportaciones entiendo que:
Estando un barco habilitado en su documentación para zona 5, si lleva el material de seguridad correspondiente a zona 4, podría navegar por zona 4.
La verdad es que si esto fuera así nos ahorraría mucho tiempo y dinero el no tener que tramitar el cambio de zona de navegación con Capitanía.
Yo tenía entendido que un barco solo puede navegar por la zona para la que se ha despachado el barco, independientemente de que lleve el material de seguridad necesario para navegar en una zona superior.
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  #3  
Antiguo 30-05-2021, 14:43
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Predeterminado Re: Alcance licencia navegación

según explico un cofrade, es una licencia, vamos, para darles vidilla a los de zona 5, me refiero para que un barco zona 5 pudiera navegar de abrigo en abrigo o puerto, en la travesia puedes estar mas lejos de las cinco millas, pero supongo que no muy lejos, pero es zona 4, estarías legal si tienes el equipamiento de zona4. Ahora como dices tu si lo pones zona 5 y te pillan a 10 millas del puerto o abrigo más cercano, pues ya podría ser sospechoso, dudo que lo dejaran pasar. Para explicarlo de una forma grafica (había una ilustraición por ahí) trazas con un compas de radio 5 millas y centro en el abrico o puerto. veras que entre abrigo y abrigo, estamos hablando de navegaión a lo largo de la costa, pues habrá una zona que no corresponda a esas cinco millas están fuera de los circulos, es zona 4 entonces, es por eso que se tendría que lleva equipo zona 4 si se da la circunstancias en la travesía planeada.

Editado por Bernardo II en 30-05-2021 a las 16:44.
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Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Bernardo II
JFR (30-05-2021)
  #4  
Antiguo 30-05-2021, 17:58
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Predeterminado Re: Alcance licencia navegación

Os dejo un comunicado de la DGMM a las capitanías marítimas donde lo explican muy bien.
Archivos adjuntos
Tipo de archivo: pdf DGMM1.pdf (77.0 KB, 187 vistas)
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  #5  
Antiguo 11-06-2021, 16:52
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Predeterminado Respuesta: Re: Alcance licencia navegación

Cita:
Originalmente publicado por Bernardo II Ver mensaje
según explico un cofrade, es una licencia, vamos, para darles vidilla a los de zona 5, me refiero para que un barco zona 5 pudiera navegar de abrigo en abrigo o puerto, en la travesia puedes estar mas lejos de las cinco millas, pero supongo que no muy lejos, pero es zona 4, estarías legal si tienes el equipamiento de zona4. Ahora como dices tu si lo pones zona 5 y te pillan a 10 millas del puerto o abrigo más cercano, pues ya podría ser sospechoso, dudo que lo dejaran pasar. Para explicarlo de una forma grafica (había una ilustraición por ahí) trazas con un compas de radio 5 millas y centro en el abrico o puerto. veras que entre abrigo y abrigo, estamos hablando de navegaión a lo largo de la costa, pues habrá una zona que no corresponda a esas cinco millas están fuera de los circulos, es zona 4 entonces, es por eso que se tendría que lleva equipo zona 4 si se da la circunstancias en la travesía planeada.
Bueno, pues todo lo dicho aquí es puro producto de la fantasía. En mi defensa dire que así lo explicaba un cofrade tan convincentemente que pensé que era así, cuando sabia los de las cinco millas. Pongo un enlace donde se discute, con un ejemplo de sanción muy clara
https://www.google.com/url?sa=t&rct=...FIE0r4npkDi6Sl
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  #6  
Antiguo 11-06-2021, 17:53
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Predeterminado Re: Alcance licencia navegación

Joder, no me acordaba yo de aquel hilo.

Si es que esta todo ya muy masticado en esta taberna, rebuscando entre los hilos hay mas informacion que en el CNI.
__________________
.

Slava Ukrayini!.
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  #7  
Antiguo 07-06-2021, 10:10
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Predeterminado Re: Alcance licencia navegación

Cita:
Originalmente publicado por JFR Ver mensaje
Yo tenía entendido que un barco solo puede navegar por la zona para la que se ha despachado el barco, independientemente de que lleve el material de seguridad necesario para navegar en una zona superior.
Exactamente, Puede navegar hasta la zona que marque su despacho.

Pero un barco despachado para zona 5 no puede navegar en zona 4 aunque lleve material para esa zona.
__________________
.

Slava Ukrayini!.

Editado por markuay en 07-06-2021 a las 10:14.
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  #8  
Antiguo 10-06-2021, 23:15
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Predeterminado Re: Alcance licencia navegación

Para la zona 6 lo que dice la ley es 2 millas de un puerto, lugar de abrigo o playa accesible.
No dice nada más, como playa accesible yo entiendo que son las playas que están balizadas con la boya roya y verde de lanzamiento y varada de embarcaciones, si la playa está balizada con boyas amarillas, está prohibida la navegación desde las boyas hasta la orilla.
Entonces entiendo que si hay dos millas entre los carriles de lanzamiento y varada entonces si se puede, es decir dos millas entre un carril y dos millas del otro.
A ver que dicen los compañeros..
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