Cita:
Originalmente publicado por Gescriva
La pregunta que me hago sobre el tema de compartir barco es una vez tomada la decisión de compartir con otra persona cómo articularlo legalmente para que nadie pueda estar expuesto y qué económicamente tenga sentido. Me refiero en concreto si habría que cambiar la propiedad para reflejar la entrada de un socio y por tanto tener que liquidar todos los impuestos asociados o ser más “relajado” o reflejarlo únicamente en un contrato privado entre las partes? Unas birras al que nos cuente la aplicación práctica del tema.   y perdón por salirme un poco de la pregunta del cofrade que intuyo estaba más interesado en los clubs de navegación que en la propiedad compartida de un barco.
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Si. Debes de hacer la venta del tanto porciento que vendas (sea 50%, 25%, etc) liquidar transmisiones patrimoniales, e inscribirlo en el registro
Es exactamente igual que si fuese la venta de una casa
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